-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1537
Que crack Rcb, les dije a los que iban a la asamblea que te diesen un abrazo, como iban tan emocionados seguro que se olvidaron, asique te le mando por aquí
Enviado desde mi Orange Rono mediante Tapatalk
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
señor tengo una duda acerca de lo que ha comentado al forero joe mire:
El juzgado queda a la espera de una nueva solicitud del demandante para proceder a tramitar una nueva orden de embargo, está nueva orden de embargo SOLO se ejecuta si el acreedor aporta nuevos indicios de un nuevo lugar de trabajo asalariado.
.
¿es el demandante el que debe aportar ,los indicios del nuevo lugar se trabajo? o ¿es el demandante el que instaria de nuevo al jugao a acer la averiguacion pertinente, atraves del punto neutro judicial, del nuevo lugar de trabajo (si lo hay) o de los bienes, devolusiones de hasienda, etc etc ?
obiamente antes de vender la deuda, siendo el legitimo acreedor
El Punto Neutro Judicial es una red de servicios que ofrece a los órganos judiciales los datos necesarios en la tramitación judicial mediante accesos directos a aplicaciones y bases de datos del propio Consejo, de organismos de la Administración General del Estado y de otras instituciones con objeto de facilitar y reducir los tiempos de tramitación, de aumentar la seguridad, y de mejorar la satisfacción de los usuarios.
En este sentido, se ofrece la posibilidad de consultar e interconectar a los Órganos Judiciales con terceras entidades, (AA.PP. , Colegios Profesionales, Entidades Financieras, Registros etc…) al objeto de mejorar los tiempos de tramitación de los asuntos con el fin de ofrecer herramientas y servicios a los colectivos que conforman la justicia , para que puedan ser mas eficiente y eficaces en la tramitación de los asuntos judiciales y de esa forma poder ayudar a los ciudadanos para que se les garantice la inmediatez y el derecho a obtener la tutela efectiva de sus derechos ante los tribunales .
Última edición por Pachuli; 23/10/2017 a las 23:27
-
Estado
- Desconectado
Iniciado por
Pachuli
señor tengo una duda acerca de lo que ha comentado al forero joe mire:
El juzgado queda a la espera de una nueva solicitud del demandante para proceder a tramitar una nueva orden de embargo, está nueva orden de embargo SOLO se ejecuta si el acreedor aporta nuevos indicios de un nuevo lugar de trabajo asalariado.
.
¿es el demandante el que debe aportar ,los indicios del nuevo lugar se trabajo? o ¿es el demandante el que instaria de nuevo al jugao a acer la averiguacion pertinente, atraves del punto neutro judicial, del nuevo lugar de trabajo (si lo hay) o de los bienes, devolusiones de hasienda, etc etc ?
obiamente antes de vender la deuda, siendo el legitimo acreedor
El Punto Neutro Judicial es una red de servicios que ofrece a los órganos judiciales los datos necesarios en la tramitación judicial mediante accesos directos a aplicaciones y bases de datos del propio Consejo, de organismos de la Administración General del Estado y de otras instituciones con objeto de facilitar y reducir los tiempos de tramitación, de aumentar la seguridad, y de mejorar la satisfacción de los usuarios.
En este sentido, se ofrece la posibilidad de consultar e interconectar a los Órganos Judiciales con terceras entidades, (AA.PP. , Colegios Profesionales, Entidades Financieras, Registros etc…) al objeto de mejorar los tiempos de tramitación de los asuntos con el fin de ofrecer herramientas y servicios a los colectivos que conforman la justicia , para que puedan ser mas eficiente y eficaces en la tramitación de los asuntos judiciales y de esa forma poder ayudar a los ciudadanos para que se les garantice la inmediatez y el derecho a obtener la tutela efectiva de sus derechos ante los tribunales .
Todo eso está muy bien, pero si el demandante no solicita la intervención de ese punto neutro, el juzgado por si mismo no interviene.
Es el demandante el que debe averiguar los bienes y comunicarlo al juzgado o bien solicitar expresamente la participación del punto neutro para esas averiguaciones, pero el juzgado de motu propio no interviene, porqué ni es su función ni es el interesado.
-
Agradecimientos - 2 Me gusta
Pachuli,
D4N indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
osease que la herramienta del punto neutro judisial la tiene el jugao pero no la aplica si no se la solicitan, suena un tanto raro que el acreedor tenga que hacer las averiguaciones pertinentes sobre el ejecutado cual detective , (se que esto nos beneficia a los pobres pero me llamo la atencion el detalle)
un ejemplo para hacerlo entender :
a mi me debe un gitano 5 duro, voy le pongo un monitorio y lo gano, ahora insto la demanda de ejecucion , ¿ y soy yo mismo el que le tengo que desir al jugao que el gitano tiene 3 chabola un carro y dos borricos? si no le pusiera en la demanda de ejecucion que miren ellos mismos en el punto neutro judicial
muchas gracias por la aclarasion señor , simepre a sus ordenes
Última edición por Pachuli; 24/10/2017 a las 10:57
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1438
Se vende ,deuda,con embargo.
Iniciado por
Pachuli
osease que la herramienta del punto neutro judisial la tiene el jugao pero no la aplica si no se la solicitan, suena un tanto raro que el acreedor tenga que hacer las averiguaciones pertinentes sobre el ejecutado cual detective , (se que esto nos beneficia a los pobres pero me llamo la atencion el detalle)
un ejemplo para hacerlo entender :
a mi me debe un gitano 5 duro, voy le pongo un monitorio y lo gano, ahora insto la demanda de ejecucion , ¿ y soy yo mismo el que le tengo que desir al jugao que el gitano tiene 3 chabola un carro y dos borricos? si no le pusiera en la demanda de ejecucion que miren ellos mismos en el punto neutro judicial
muchas gracias por la aclarasion señor , simepre a sus ordenes
Jajajajajajajjajaajajjasjja
MARIBELICA
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
Iniciado por
RCB
En mi modesta opinion, al ponerte en contacto con el nuevo acreedor y contarle lo de la deuda judicializada y la demanda de ejecucion, has hecho un pan como unas ostias.......
El primer acreedor solicitó ejecución de sentencia y el juzgado ordenó a tu antigua empresa el embargo de tu nómina. Tu empresa respondió al juzgado que ya no trabajabas allí, y el juzgado transmitió a tu antiguo acreedor esta incidencia.
El juzgado queda a la espera de una nueva solicitud del demandante para proceder a tramitar una nueva orden de embargo, está nueva orden de embargo SOLO se ejecuta si el acreedor aporta nuevos indicios de un nuevo lugar de trabajo asalariado.
Está claro que tu antiguo acreedor, en lugar de iniciar de nuevo los trámites, prefirió vender esa deuda judicializada a un tercero y recuperar liquidez.
Pero ocurre como ocurre en la mayoría de los casos, que tu deuda ha ido en un paquete más o menos importante y al comprador no le han indicado que esa deuda en concreto está judicializada y sentenciada, por lo tanto tampoco han aportado los títulos judiciales que les permitiría presentarse ante el juzgado como legítimos propietarios de esa deuda sentenciada.
Lo que has hecho al contarles todo, es ayudarles a ver de que manera te pueden meter mano.
Ahora la situacion es la siguiente:
-Tienes un nuevo acreedor que quiere cobrar pero no puede porque carece de legitimación para personarse como parte en ese proceso.
-Hay una sentencia y unos títulos judiciales que ya no valen porque el antiguo acreedor no los puede hacer valer, al haber vendido la deuda.
-Hay un nuevo acreedor que evidentemente tratará de negociar aunque sea muy a la baja, porqué es la única forma que tiene de poder cobrar algo.
Tienen una opción, y es intentar conseguir esos títulos judiciales evidentemente tratando con tu antiguo acreedor, pero este hecho no es fácil, date cuenta que tu prestamo ha sido vendido entre otros 50.000.
Ponte tu ahora a buscar esos títulos judiciales........
Mi opinion:
Yo me estaría quietecito, la pelota está en su tejado. Si quieren algo, que vayan al juzgado y se personen como parte en el procedimiento.
Y desde luego, no sigas dándoles pistas y ayudándoles, sólo te falta contarles lo que ganas......
de verdad,que desastre y que complicado es todo.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1438
Se vende ,deuda,con embargo.
Iniciado por
joe
de verdad,que desastre y que complicado es todo.
Haz caso a RCB... Haznos caso a tod@s...
Nunca mas te relaciones con esta gente para nada... Olvida y vive....
Si alguna vez te llega algo del juzgado.... Lo atiendes... A nadie mas atiendas, solo al juzgado.
MARIBELICA
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.