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Si el barrido lo hace la administracion (Eso es lo que comentas con el IBI), mucho me temo que va a dar igual el tema del SMI y de la posterior reclamación que hagas.
Dinero que entra en caja de la administración, necesita de un milagro para que vuelva a salir.
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RCB intentaría un recurso puesto que la misma ley de tributos que he puesto anteriormente lo deja claro también a las limitaciones del art607 LEC.
Dos dudas
1)La administración hace barrido o traba a futuro?a mí no fue a por las cuentas,directamente pusieron anotación d embargo a piso que fue subastado y quedado por el banco
2)En una cuenta como autorizado me entra la nomina?
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Anonimus
RCB intentaría un recurso puesto que la misma ley de tributos que he puesto anteriormente lo deja claro también a las limitaciones del art607 LEC.
Dos dudas
1)La administración hace barrido o traba a futuro?a mí no fue a por las cuentas,directamente pusieron anotación d embargo a piso que fue subastado y quedado por el banco.
La administración no puede hacer embargo a futuro, es una figura exclusivamente jurídica y aún así es raro que se ordene por un juez. La administración ni siquiera hace barrido, envían un requerimiento de bloqueo de saldo por la totalidad de la deuda, pero la entidad solamente puede bloquear el saldo positivo que haya en la cuenta en el momento de recibir el requerimiento. Ese dinero permanece bloqueado en la cuenta durante 20 días, plazo en el que se puede liquidar la deuda en la propia administración o bien llegar a un acuerdo de pago con la misma. Pasado ese plazo, el banco tiene la obligación de traspasar ese dinero del saldo a la cuenta facilitada por la administración correspondiente.
2)En una cuenta como autorizado me entra la nomina?
Yo la llevo cobrando seis años como autorizado y hasta ahora sin problema.
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Muchas gracias también por tu ayuda RCB,en cuanto dices "envían un requerimiento de bloqueo de saldo por la totalidad de la deuda, pero la entidad solamente puede bloquear el saldo positivo que haya en la cuenta en el momento de recibir el requerimiento. Ese dinero permanece bloqueado en la cuenta durante 20 días".Entiendo que lo que entre posteriormente a ese momento estará disponible para poder sacarlo?
Le repercute en algo al titular,que yo cobre la nómina ahi?respecto a Hacienda quiero decir.
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Si tu en el momento de que ellos aplican un requerimiento por ejemplo de 1.000 euros y sólo tienes en cuenta 200 euros, está claro que sólo bloquean esos 200 euros, pero tambien los restantes 800 euros, para los cuales no tienes saldo, pero si antes de los 20 días, entra más saldo en esa cuenta, también se bloquea hasta alcanzar los 1.000 euros del requerimiento.
Esto es muy fácil de comprobar, simplemente entrando en tu cuenta en la web, verías que tu saldo disponible durante ese periodo de 20 días, es este supuesto que estamos hablando, sería de -800 euros, es decir tus 200 euros que tienes en cuenta en positivo más los 800 que restan hasta los 1.000 euros del requerimiento.
Esto no tiene efectos de saldo negativo en tu cuenta, puesto que el solo es un bloqueo, contablemente no afecta.
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Entendido,pero y si en el momento del requerimiento la cuenta está a cero?que sucede?
esto es aplicable también a un barrido del juzgado?tambien dura todos esos días?crei que el judicial era lo que se pille en ese momento e incluso he llegado a leer quien le han hecho un barrido el juzgado y después le han ingresado y ha podido sacarlo.
Última edición por Anonimus; 24/10/2017 a las 23:08
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Anonimus
Entendido,pero y si en el momento del requerimiento la cuenta está a cero?que sucede?
Pues sucede.........NADA, si no hay pues no hay, se hace el bloqueo por la cantidad requerida y si no se ingresa nada, pues nada pueden coger.
esto es aplicable también a un barrido del juzgado?tambien dura todos esos días?crei que el judicial era lo que se pille en ese momento e incluso he llegado a leer quien le han hecho un barrido el juzgado y después le han ingresado y ha podido sacarlo.
No, los barridos del juzgado funcionan de otra manera, ahí no hay bloqueo, hay embargo instantáneo y cogen lo que haya en ese momento en saldo positivo. Si una vez hecho el embargo, entra más dinero en la cuenta, este ya no se ve afectado por el embargo.
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Te reitero aún a riesgo de ser pesado mi gratitud por todo tu tiempo y ayuda RCB,eres lo que conocemos por "una máquina ".