Por ejemplo, obliga a las entidades a ser extremadamente rigurosas con las explicaciones a los clientes antes de que estos firmen cualquier contrato.
Cuando se trate de préstamos o hipotecas, se deberán incluir en las explicaciones datos suficientes para que el cliente pueda calcular su propia capacidad para hacer frente a las obligaciones de pago en el futuro.
Y si el préstamo incluye la garantía de terceras personas (avalistas), éstos deberán ser informados detalladamente de las responsabilidades que asumen.
La nueva circular propone también que se resalten los conceptos claves del contrato, con negritas o mayúsculas, y se recoja en la cabecera de los documentos previos al contrato un mensaje de advertencia al cliente de que las informaciones resaltadas son "especialmente relevantes".
La propuesta del Banco de España establece también que la letra a utilizar en los documentos de información tenga un tamaño adecuado (más de dos milímetros) para que sea fácil de leer para así acabar con la famosa letra pequeña de los contratos.
Otra de las singularidades de la propuesta de nueva circular es la obligación a las entidades de
comunicar de forma más clara los tipos de interés y las comisiones que aplican habitualmente a los servicios que prestan con mayor frecuencia.