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Tema: Duda sobre Prescipción de Deuda con monitorios de por medio

  1. #1
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    Avatar de josegate
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    Duda sobre Prescipción de Deuda con monitorios de por medio

    Muy buenas, escribo para ver si me podeis solventar unas dudas que tengo.
    Mi padre tiene una supuesta deuda con Cofidis, (digo supuesta, porque la cantidad que dicen que se debe no es tal, sino mucho mas inferior).
    La supuesta deuda es de fecha diciembre del 2015. Cofidis en el 2017, le puso un monitorio, dicho monitorio fue de 1843.95, antes de que acabase el plazo de los 20 días habiles, cofidis presenta desestimiento (el abogado que nos lo iba llevar, dijo que se dejara pasar); en el 2018 cofidis vuelve a la carga con otro monitorio, este de menor cuantía 1639.58, pero el juez vio cosas abusivas como el seguro, comisión por devolucion, etc y lo dejo en 1299.39; y otra vez, como en la anterior vez, Cofidis antes de los 20 días presenta desestimiento (esta vez con otro abogado, nos dice lo mismo, que lo dejemos pasar). (tanto la primera vez como la segunda, el desestimiento fue mas o menos a los 7 - 8 días de recibir el monitorio).

    Pues bien, en enero de este año, cofidis vuelve a la carga, con otro monitorio, esta vez, el juez no lo admite a tramite de momento, porque ve cosas abusivas, y hace referencia al seguro, comisión por devolución, impago y también señala los intereses como abusivos y daba cinco dias para presentar alegaciones, (esta vez con otro abogado distinto) se presentan alegaciones, y la última carta del juzgado llegada ayer, el juez presenta resolución, diciendo que se seguira el proceso pertinente pero quitando la parte demandante todo aquello que se haya visto como abusivo. Vamos casi todo.

    Ahora a la espera del monitorio en firme (supongo) porque ahi el abogado que se lo lleva a mi padre, dice que a esperar, porque igual no es fijo que cofidis quiera seguir adelante.

    Ahora, os pregunto mis dudas, (os las pregunto, porque me fio mas de vuestra palabra, ya me ayudasteis con un asunto de vivus y me fio mas de vosotros).

    Referente a la prescipción de la deuda.
    Con tantos monitorios y posterior desestimiento de cofidis. ¿El tiempo para la prescripción que vuelve a cero o ese tiempo que estuvo en el juzgado no se tiene en cuenta?

    Y referente a las dos veces que cofidis presento desestimiento.
    ¿No hubiese sido mejor, que el abogado hubiese presentado escrito al juzgado para que se siguiese el procedimiento y no estar en un bucle como se esta?

    Gracias.

  2. #2
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    Cada vez que demandan el contador vuelve a cero. En cuanto a tu segunda pregunta, el abogado puede oponerse al desistimiento pero eso debe aceptarlo el juez, que es el único que tiene potestad para decir que continue el procedimiento. Y si el demandante desiste sin que hubiese habido oposición al monitorio, solicitud de vista (o sentencia directa), etc. el juez no suele admitir esa oposición al desistimiento. Es que es un derecho que tiene el demandante.
    Última edición por efcarrasco; 05/02/2019 a las 16:43

  3. #3
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    Eso me parecia, muchas gracias.

  4. #4
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    Duda sobre Prescipción de Deuda con monitorios de por medio

    Cita Iniciado por josegate Ver mensaje
    Muy buenas, escribo para ver si me podeis solventar unas dudas que tengo.
    Mi padre tiene una supuesta deuda con Cofidis, (digo supuesta, porque la cantidad que dicen que se debe no es tal, sino mucho mas inferior).
    La supuesta deuda es de fecha diciembre del 2015. Cofidis en el 2017, le puso un monitorio, dicho monitorio fue de 1843.95, antes de que acabase el plazo de los 20 días habiles, cofidis presenta desestimiento (el abogado que nos lo iba llevar, dijo que se dejara pasar); en el 2018 cofidis vuelve a la carga con otro monitorio, este de menor cuantía 1639.58, pero el juez vio cosas abusivas como el seguro, comisión por devolucion, etc y lo dejo en 1299.39; y otra vez, como en la anterior vez, Cofidis antes de los 20 días presenta desestimiento (esta vez con otro abogado, nos dice lo mismo, que lo dejemos pasar). (tanto la primera vez como la segunda, el desestimiento fue mas o menos a los 7 - 8 días de recibir el monitorio).

    Pues bien, en enero de este año, cofidis vuelve a la carga, con otro monitorio, esta vez, el juez no lo admite a tramite de momento, porque ve cosas abusivas, y hace referencia al seguro, comisión por devolución, impago y también señala los intereses como abusivos y daba cinco dias para presentar alegaciones, (esta vez con otro abogado distinto) se presentan alegaciones, y la última carta del juzgado llegada ayer, el juez presenta resolución, diciendo que se seguira el proceso pertinente pero quitando la parte demandante todo aquello que se haya visto como abusivo. Vamos casi todo.

    Ahora a la espera del monitorio en firme (supongo) porque ahi el abogado que se lo lleva a mi padre, dice que a esperar, porque igual no es fijo que cofidis quiera seguir adelante.

    Ahora, os pregunto mis dudas, (os las pregunto, porque me fio mas de vuestra palabra, ya me ayudasteis con un asunto de vivus y me fio mas de vosotros).

    Referente a la prescipción de la deuda.
    Con tantos monitorios y posterior desestimiento de cofidis. ¿El tiempo para la prescripción que vuelve a cero o ese tiempo que estuvo en el juzgado no se tiene en cuenta?

    Y referente a las dos veces que cofidis presento desestimiento.
    ¿No hubiese sido mejor, que el abogado hubiese presentado escrito al juzgado para que se siguiese el procedimiento y no estar en un bucle como se esta?

    Gracias.
    Tienen derecho a desistir de la demanda.. Eso no tiene mas historia..

    Nada tiene que ver la prescripcion de la deuda con que demanden y desistan...

    Las deudas anteriores a la reforma de la LEC, prescribe todas en 2020 el derecho a reclamar judicialmente... Las posteriores a la reforma de la LEC. prescribe el derecho a demandarlas judicialmente a los 5 años.

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  5. #5
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    Duda sobre Prescipción de Deuda con monitorios de por medio

    Por esa razón se aconseja, que en el caso de no comparecencia se proceda al juicio aún faltando la parte demandante

    Enviado desde mi SM-N9005 mediante Tapatalk
    caer esta permitido, levantarse es obligatorio

  6. #6
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    Duda sobre Prescipción de Deuda con monitorios de por medio

    Cita Iniciado por josegate Ver mensaje
    Muy buenas, escribo para ver si me podeis solventar unas dudas que tengo.
    Mi padre tiene una supuesta deuda con Cofidis, (digo supuesta, porque la cantidad que dicen que se debe no es tal, sino mucho mas inferior).
    La supuesta deuda es de fecha diciembre del 2015. Cofidis en el 2017, le puso un monitorio, dicho monitorio fue de 1843.95, antes de que acabase el plazo de los 20 días habiles, cofidis presenta desestimiento (el abogado que nos lo iba llevar, dijo que se dejara pasar); en el 2018 cofidis vuelve a la carga con otro monitorio, este de menor cuantía 1639.58, pero el juez vio cosas abusivas como el seguro, comisión por devolucion, etc y lo dejo en 1299.39; y otra vez, como en la anterior vez, Cofidis antes de los 20 días presenta desestimiento (esta vez con otro abogado, nos dice lo mismo, que lo dejemos pasar). (tanto la primera vez como la segunda, el desestimiento fue mas o menos a los 7 - 8 días de recibir el monitorio).

    Pues bien, en enero de este año, cofidis vuelve a la carga, con otro monitorio, esta vez, el juez no lo admite a tramite de momento, porque ve cosas abusivas, y hace referencia al seguro, comisión por devolución, impago y también señala los intereses como abusivos y daba cinco dias para presentar alegaciones, (esta vez con otro abogado distinto) se presentan alegaciones, y la última carta del juzgado llegada ayer, el juez presenta resolución, diciendo que se seguira el proceso pertinente pero quitando la parte demandante todo aquello que se haya visto como abusivo. Vamos casi todo.

    Ahora a la espera del monitorio en firme (supongo) porque ahi el abogado que se lo lleva a mi padre, dice que a esperar, porque igual no es fijo que cofidis quiera seguir adelante.

    Ahora, os pregunto mis dudas, (os las pregunto, porque me fio mas de vuestra palabra, ya me ayudasteis con un asunto de vivus y me fio mas de vosotros).

    Referente a la prescipción de la deuda.
    Con tantos monitorios y posterior desestimiento de cofidis. ¿El tiempo para la prescripción que vuelve a cero o ese tiempo que estuvo en el juzgado no se tiene en cuenta?

    Y referente a las dos veces que cofidis presento desestimiento.
    ¿No hubiese sido mejor, que el abogado hubiese presentado escrito al juzgado para que se siguiese el procedimiento y no estar en un bucle como se esta?

    Gracias.
    A lo primero, Cuando te reclaman la Deuda vía Juzgado, ese Contador vuelve a cero.

    Y en cuanto al desestimiento, te hubieses podido Oponer perfectamente, el Demandante está en su derecho de desistir del Procedimiento, así como el demandado de oponerse.

    Si el Demandante pide el desestimiento, y el Demandado No se Opone, el Juez se lo acepta perfectamente.

    Ahora, si el demandado pide el desestimiento, y el Demandante se Opone, es el Juez quien Decide, si sigue o no, el Procedimiento.

    Poder , pues claro que hubieses podido, es más , te lo hubieses quitado de en medio de una vez. Un saludo!!!!!
    Última edición por Gofi; 05/02/2019 a las 18:28
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

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