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Ni modo, hay que solucionar, por favor si me podéis decir, los pasos que debemos dar, muchas gracias
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Si no te vas a oponer a eso (que parece que no hay motivo para hacerlo) el demandante se quedará con los denominados títulos judiciales. Una vez con esos títulos en su poder tiene que pedir lo que se denomina una demanda de ejecución para embargar aquellos bienes que tenga el deudor. Suele centrarse en obtener dinero líquido. Lo normal es que solicite embargo de: devoluciones de la agencia tributaria, saldo en cuentas bancarias y salarios (normalmente en ese orden). Si tenéis saldo en cuentas bancarias lo mejor es que, o bien saqueis todo en cuanto se ingrese la nomina, paro, pension, etc. o que trabajeis con una cuenta de un familiar o conocido en la que figuréis como autorizados. Los barridos de cuentas son puntuales y pueden llegar en cualquier momento. Y todo lo que hay en la cuenta se considera ahorro y arramplan con todo. En cuanto al salario, hay unos porcentajes establecidos por ley que no pueden superarse. Va por tramos de SMI. Imagina que cobras tres veces el SMI (unos 2200 euros). El primer tramo es inembargable (736 euros). De los siguientes 736 euros te pueden embargar sólo el 30% (unos 220 euros), del tercer tramo del SMI pueden embargar el 50% (unos 368 euros), etc. Esta es la única forma de pagar "a plazos". Si los ingresos del deudor son iguales o inferiores al SMI nada embargarán (salvo el tema del saldo en cuenta bancaria).
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Entendido, muchas gracias. perdona que insista qué debemos hacer entonces? debemos presentarnos en el juzgado? entregar algún documento? no hacemos nada? cuál es el siguiente paso? y en el caso de mi marido que no tiene nómina formal donde le hagan los pagos, cómo se hace en ese caso para lo que mencionas de embargo de dinero y barridos. Perdona tantas preguntas es que no tenemos ningún conocimiento legal, ni experiencia, es primera vez que nos pasa algo así. De antemano muchas gracias por la ayuda
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Documento recibido del Juzgado Primera Instancia N 6 de Vigo
Si no podeis pagar... Nada.. No hagais nada.
Ya ellos si quieren que pidan ejecucion.... Cuando lo hagan os notificaran.
De embargo de nomina lo haran si pueden o si el salario da para eso.. Si no da, tendran que esperar a que de los años que hagan falta. Vosotros seguid adelante y vivid tranquilos.. A quien no tiene nada, nada pueden quitar.
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Vale muchas gracias. Cuánto tiempo tarda el que ejecuten y nos notifiquen? y en mi caso también debo retirar la ayuda de mi cuenta cuando la depositen? La verdad que no hacer nada no nos tranquiliza...estaremos con temor que cada duro que entre en la cuenta lo van a agarrar... qué tristeza
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- Número de socio: 1438
Documento recibido del Juzgado Primera Instancia N 6 de Vigo
Eso depende de cuando a ellos les parezca.. 3 meses.. 1 año... Cuando ellos decidan
Si la demanda no esta a nombre tuyo y tu marido no es titular de tu cuenta.. No creo que toquen la tuya
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Muchas gracias por el tiempo que habéis tomado para responder todas mis dudas, sois muy amables. Cualquier cambio estaré avisando. Os agradezco enormemente! que tengáis feliz tarde!
Última edición por Mercedes13; 21/05/2018 a las 16:59
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Esto le acaba de llegar a mi marido al correo??? No entendemos nada y va firmado por un abogado distinto al del documento que nos entregaron hoy y aún tiene el monto original sin el dinero descontado por el juez.
Ref Gapapocho
Madrid, Lunes, 21 de mayo de 2018
Muy Sr. /Sra. nuestro/a:
Mi cliente , me ha encargado la reclamación de la cantidad por Ud. adeudada, que asciende a la cantidad de 1502.40 Euros a fecha de hoy y que corresponde a una operación que ha resultado impagada.
Después de los requerimientos y notificaciones efectuados, le informo que si no procede al pago total de la deuda, siguiendo instrucciones de mi cliente , se procederá a presentar ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente demanda de juicio monitorio, adjuntando a esta carta los hechos y fundamentos de derecho que contendrá dicha reclamación judicial (Anexo 1).
La única posibilidad de paralizar su presentación en el Juzgado correspondiente, es saldar inmediatamente esta deuda mediante las formas que a continuación le detallo:
- TRANSFERENCIA BANCARIA Oficina de la luna Calle Mangalas, 666 28014 MADRID: Beneficiario:
ERROR Concepto: Nº Gapapocho/ DNI
- PAGO DIRECTO CON TARJETA, Referencia Gapapocho/ DNI DEL TITULAR, dos opciones:
•LLamando al teléfono 91xxxxxxxx en horario de L - V de 09:00H a 17:00H.
•Accediendo a nuestro servicio de pago online a través del siguiente enlace: http://spainisdiferent.wcgapapocho.eu/pagalo
Una vez realizada la transferencia precisamos que, o bien me remita el justificante del ingreso indicando su nombre y documento nacional de identidad a la dirección de correo losmangalos.lincenciatos.son o bien contacte en el siguiente teléfono 91xxcxxx, de LUNES a VIERNES de 9H a 17H.
En caso de no verificar el pago en el plazo concedido, no recibirá otra comunicación de mi parte sino la propia notificación judicial del procedimiento, en la que reclamaré la totalidad de la deuda junto a las costas que correspondan y el interés establecido.
Para cualquier aclaración al respecto puede ponerse en contacto con mi equipo en el número de teléfono 91xxxxxxxxx.
Atentamente,
El mago de goz
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Anexo 1
HECHOS
Primero.- La parte demandada, instrumentó con mi mandante, un contrato de PRÉSTAMO, por el importe total que se recoge en el original de la póliza/contrato de referencia que se acompaña como documento nº 2.
Segundo.- A fecha de hoy no se ha satisfecho en su totalidad ni la amortización pactada ni los gastos devengados, por lo que mi mandante se ha visto en la necesidad de cursar la presente reclamación, por cuantía de 1502.40 Euros. A dicha cantidad habrá que sumar los intereses moratorios pactados que se vayan devengando desde la fecha de cierre cuenta hasta la completa satisfacción de lo reclamado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
I.- Competencia objetiva y territorial: Tiene la competencia objetiva para conocer de este Proceso el Juzgado al que tengo el honor de dirigirme. Es competente territorialmente este Juzgado por ser el domicilio actual de la parte demandada, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 813 de la L.E.C.
II.- Procedimiento: Es procedente el proceso monitorio de conformidad con los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
III.- Legitimación activa: Se encuentra legitimado activamente mi demandante como acreedor del demandado por la suma reclamada.
IV.- Legitimación pasiva: Se encuentra legitimado pasivamente la parte demandada, al no haber abonado el importe de la suma adeudada.
V.- Fondo del asunto: Resultan de aplicación los siguientes preceptos:
Sobre reglas generales de las obligaciones: Invoco los artículos 1.088, 1.089, 1.091, 1.100, 1.101, 1.102, 1.104, 1.106, 1.108, y concordantes del Código Civil.
VI.- Intereses: Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 816 de la LEC, en cuanto que la deuda reclamada devengará interés desde la fecha en que se dicte auto despachando ejecución.
Por lo expuesto:
SUPLICO AL JUZGADO que presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan se sirva admitirlo y tenerme por parte en la representación que ostento, y por formulada petición inicial de proceso Monitorio y que emplace a la parte demandada en el domicilio que consta en el encabezamiento de este escrito, en reclamación de 1502.40 Euros de principal, y requiriendo a la demandada en su domicilio para que, en el plazo de diez días, pague a mi principal con apercibimiento de que, de no pagar ni comparecer efectuando las anteriores alegaciones, se dicte Auto Despachando Ejecución, por la cantidad adeudada y proceda al embargo de bienes.
Es Justicia que pido en no se ande, a Lunes, 21 de mayo de 2018.
Última edición por Melocoton en Almibar; 21/05/2018 a las 19:50
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Y ahora este otro...donde incluyen que lo van a demandar por delito de estafa!!!
Estimado/a
Tras el período de impago transcurrido, nos vemos en la obligación de hacerle saber las consecuencias que se derivarán de esta situación si no procede a ponerle solución, tal y como le hemos estado proponiendo, con el fin de que la decisión que tome sea plenamente consciente.
1.- Su caso será reportado a los ficheros de información de solvencia patrimonial y crédito nacionales, que recogen datos de deudas vencidas y no pagadas. Todas las empresas y entidades (bancos, financieras, etc.) que accedan a ellos para evaluar su solvencia tendrán acceso a los datos relativos a su deuda, lo que afectará gravemente a su historial crediticio, así como a la posibilidad real de acceder a nuevas vías de financiación.
2.- Se dará traslado de su caso al despacho de asesoría jurídica externo, que continuará gestionando su caso.
3.- Se procederá a incoar los procedimientos judiciales pertinentes; procedimiento monitorio de reclamación de la deuda para su abono en el transcurso de los próximos 20 días o bien denuncia por delito de estafa para el caso de aquellos deudores que no contactan con la empresa para hacerse cargo de la deuda.
4.- Se pasará parte a la policía para que investigue aquellos casos susceptibles de ser potenciales casos de estafa.
Evite las consecuencias que se desencadenarán en estos próximos días abonando su deuda desde su Área Personal en nuestra web o poniéndose en contacto con nuestro Departamento de Cobros en el 93xxxxxxxx o bien por mail a departamentomeloinnventopenalesenpañales.son.
Atentamente,
Tu equipo de .
Gapapochos
Última edición por Melocoton en Almibar; 21/05/2018 a las 19:54
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Hola, sigo pensando que son cartas asusta viejas, menos anunciarse y si tan claro lo tienen que demanden de una fruta vez, ni caso.
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