Me dice un abogado que he consultado que la cuenta donde cobras no te la pueden embargar, una vez que te embargan el salarip la cuenta nomina, y no la pueden tocar , opiniones...
Me dice un abogado que he consultado que la cuenta donde cobras no te la pueden embargar, una vez que te embargan el salarip la cuenta nomina, y no la pueden tocar , opiniones...
Vaya si pueden. Y lo hacen. Es verdad que te devuelven eso pero tras reclamar en el juzgado. Y suele tardar. Meses
Segun este abogado,una vez se juzga dictan orden de embargo de bienes, y cuentas, cuando ven que con eso no se puede cubrir la deuda, dicta el juez orden de embargo de salario, y una vez echo esto, no te puefen tocar el dinero de la cuemta de la nomina, al menos el mes en que se cobra..
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Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
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Esa es la teoría de la Universidad, en la vida real la práctica es otra.
Como te dice efcarrasco, lo hacen, si se considera que es dinero de la nómina y no de ahorro hay que reclamarlo en el juzgado, y lo devuelven, pues ya sabes , cuando tengan un ratillo.
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Yo le pregunte que si el acrredor, podia volber a solicitar embargo, me embargarian, dijo que no, pero si es verdad que me dijo
Que por si acaso no dejara dinero, y que si en el futuro tenia dinero, algun ahorro,
Inversion, etc, lo pusiese. a nombre de otra persona..