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MARIBELICA,
Muchísimas gracias por tu ayuda. La verdad es que iba completamente perdido y no sabía cómo oponerme ni las alegaciones que podía presentar. Esta misma mañana ya presenté la contestación a la demanda, allí me informaron que todavía disponía de tiempo para presentarla hasta las 15:00 horas del próximo día 14... También me comentó la funcionaria que ahora daría traslado a la otra parte para que, si se lo repensaban, solicitaran -en un plazo de tres días- la celebración de la vista. También me comentó que en estos momentos están dando fechas de celebración de las vistas solicitadas para noviembre del año que viene...
Te mantendré permanente y puntualmente informada y, de nuevo, muchísimas gracias.
EL ZORRO
Pues a esperar y suerte cuando llegue algo.
Un saludo.
El pasado día 11 me llegó carta certificada del juzgado. Diligencia de ordenación en la que la letrada de la Administración de Justicia señala el día 02/07/2019 a las 12:00 horas para la celebración de la vista, señalando a la parte demandante: si no asiste a la vista y la parte demandada no alega interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda, se le impondrán las costas y se le condenará a indemnizar a la parte demandada que haya comparecido, si lo solicita y acredita, los daños y perjuicios sufridos. A la parte demandada, en cambio, señala lo siguiente: si no comparece, se procederá a la celebración del juicio.
Bueno, pues eso de que si no comparece la parte demandada, pues va a ser que no...
Seguiré informándoos. Hasta julio tendré tiempo para seguir leyendo aquí en el foro y prepararme para saber qué y cómo deberé contestar...
Saludos y muchas gracias a todos.
En el mensaje anterior se me olvidó un detalle. Reproduzco parte del primer párrafo de la diligencia de ordenación: El/Los anteriores escritos/s de la parte actora solicitando vista únase a los autos y vistas las alegaciones efectuadas, considero que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 438.4 Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), señalo el día 02/07/2019 a las 12:00 horas para la celebración de la vista del artículo 440.1 LEC, ....
¿Qué significa esto? Medius Collection NO solicitó vista al presentar demanda. ¿Se lo han repensado y la han solicitado después de presentar yo oposición?
Y además, también se indica en la diligencia de ordenación lo siguiente: Existe la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, en cuyo caso deben indicar en la vista su decisión al respecto y las razones de la misma (art. 440.1 LEC).
¿Cómo debo actuar? Supongo que no tendré que hacer nada hasta el día de la vista, para ver si se presentan también y ofrecen algún acuerdo. Pero yo creo que, llegados ya hasta ese punto, lo mejor será llegar hasta el final y dejarlo todo en manos de la jueza.
Nada.. Eso de negociar una solucion lo ponen siempre
MARIBELICA
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Por fin llegó el día del juicio, tras siete largos meses de espera...
El juicio verbal se celebró el 2 de julio pasado. No se presentó Medius Collection y solo asistimos la jueza, su secretario y yo.
La jueza me informó de todo, realizándome a la vez las consabidas preguntas y advertencias. Yo me ratifiqué en todo, sin negar que se hubiera celebrado un contrato, pero sí negando la existencia de la deuda "con carácter general" (en palabras literales de la jueza). Solicité que, aunque no se hubiera presentado Medius Collection, se celebrase el juicio para cerrar la disputa definitivamente, aún habiéndome advertido la jueza que, en este caso, la sentencia podía resultarme tanto favorable como desfavorable.
La sentencia llegó doce días después, a mediados de julio. La jueza me condenóal pago del capital inicialmente prestado (500 euros), desestimando el resto de pretensiones de la parte demandante, más