Gracias efcarrasco. Eso tenía también entendido, que no es lo habitual.
Gracias efcarrasco. Eso tenía también entendido, que no es lo habitual.
Bueno, pues final y rápidamente llegó el embargo. La parte demandante solicitaba embargo de salario, de saldos en cuentas y devoluciones de Hacienda. En el decreto, en la parte dispositiva me indica que se me embargue el sueldo (cosa que ya han hecho este mes) las devoluciones de Hacienda y telemáticamente saldos en cuentas pero esto aún no ha sucedido. No se supone que antes que el sueldo embargan las cuentas?. Si ya tengo la nómina embargada la cuenta donde va ingresada no deberían de embargar la ya salvo que se considere ahorro según he leído, no es así?
Muchas gracias!
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Ok. Gracias Maribelica.
Vamos que me estoy oliendo que aunque tenga embargado el sueldo, me van a embargar cuenta y me tocara ir a decir que es donde recibo la nomina y no ha existido ningun ahorro.
Voy a abrir una cuenta con titularidad mi mujer y yo de autorizado y fuera de problemas. tal y como he leido por el foro.
caer esta permitido, levantarse es obligatorio