Esta información es un poco errónea, si presentan la demanda por la Jurisdicción Española, deben de aportar lo que la Lec exige como mínimo, para presentar una demanda.
A lo que se refiere este Artículo, es a al procedimiento Monitorio Europeo, como los fondos buitres están casi todos en los países del este o Malta o Luxemburgo, ellos presentan los Monitorios Europeos, que no exigen presentar Nada de Documentación, e inflan la deuda y meten lo que les da la gana.
Pero la Ley tampoco exige que la Oposición sea fundada y motivada....
Ese filón es el que ellos quieren aprovechar de mala Fe, para si el demandado no se opone, ya te pueden ejecutar, son unos listillos.
Última edición por Gofi; 14/10/2019 a las 10:46
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".