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Vamos a suponer que el Supremo ( a los que no tengo mucha confianza) dan la razón a Wizink. En tal caso lo tendríamos dificil para recurrir a la nulidad del contrato en base a la Ley contra la usura. Luego ¿como podríamos defendernos o buscar la cancelación total o parcial de la deuda?
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Si no supera el control de transparencia al incorporar las clausulas generales al anexo del contrato o solicitud de tarjeta firmada, se puede declarar nulo, sin recurrir a la usura, que es lo que recure Wizink al Supremo.
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El recurso por fin tiene fecha, sera el próximo 26 de febrero.