Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Resultados 1 al 10 de 10

Tema: Doble embargo nómina (juzgado) y cta. de ingreso nómina (ayuntamiento)

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de luisagil
    Fecha de ingreso
    30 sep, 19
    Mensajes
    4
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    3

    Doble embargo nómina (juzgado) y cta. de ingreso nómina (ayuntamiento)

    Buenos días,

    Agradecería si alguien me puede ayudar con lo siguiente: Por una parte tengo la nómina embargada por un juzgado (deuda de una financiera), me embargan el máximo legal, y la empresa realiza directamente la retención del importe, el resto me lo ingresa en mi cuenta nómina. Paralelamente el ayuntamiento me embarga el saldo de la cuenta bancaria, que solo se nutre de esa nómina previamente embargada. Mis dudas son a quién me tengo que dirigir al banco o al ayuntamiento? Al ayuntamiento le he mandado escritos en varias ocasiones adjuntando copias de las nominas y del embargo del juzgado y como el que oye llover.

    Hay en el foro alguna carta o modelo para doble embargo.

    Gracias por la ayuda

  2. #2
    Estado
    Desconectado
    Avatar de MARIBELICA
    Fecha de ingreso
    19 nov, 13
    Ubicación
    CÓRDOBA
    Mensajes
    36,386
    Me gusta (Dados)
    216
    Me gusta (Recibidos)
    13171

    Doble embargo nómina (juzgado) y cta. de ingreso nómina (ayuntamiento)

    Cita Iniciado por luisagil Ver mensaje
    Buenos días,

    Agradecería si alguien me puede ayudar con lo siguiente: Por una parte tengo la nómina embargada por un juzgado (deuda de una financiera), me embargan el máximo legal, y la empresa realiza directamente la retención del importe, el resto me lo ingresa en mi cuenta nómina. Paralelamente el ayuntamiento me embarga el saldo de la cuenta bancaria, que solo se nutre de esa nómina previamente embargada. Mis dudas son a quién me tengo que dirigir al banco o al ayuntamiento? Al ayuntamiento le he mandado escritos en varias ocasiones adjuntando copias de las nominas y del embargo del juzgado y como el que oye llover.

    Hay en el foro alguna carta o modelo para doble embargo.

    Gracias por la ayuda
    El ayuntamiento te ha efectuado embargo mediante barrido de cuenta..
    No tiene nada que ver con tu embargo de nòmina... Podrias reclamarlo si la misma que te embarga la nomina te barre la cuenta de lo considerado ahorro por llevar mas de un mes ingresado..

    Me temo que el barrido del ayuntamiento es correcto y nada puedes hacer... Nada que ver una cosa con la otra. Es un organismo oficial y embarga directamente, como hacienda y la seguridad social.... En este caso el ayuntamiento es hacienda local..

    Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


  3. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de efcarrasco
    Fecha de ingreso
    06 jul, 12
    Ubicación
    Lugo
    Mensajes
    14,371
    Me gusta (Dados)
    43
    Me gusta (Recibidos)
    5462
    Pues yo siento discrepar en eso. Si la nómina ya está embargado en origen (el máximo legal), el saldo que se ingresa en la cuenta es inembargable porque la LEC no lo permite. Efectúe el barrido el juzgado, el ayuntamiento o el sumsum corda. Ese dinero NO ES AHORRO hasta que transcurra un mes. Otra cosa es que el ayuntamiento se haga el sueco. La reclamación tiene que ir dirigida al ayuntamiento (que es quien efectúa ese barrido). Exactamente, ¿cómo has reclamado eso en el ayuntamiento?

  4. Me gusta luisagil indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  5. #4
    Estado
    Desconectado
    Avatar de luisagil
    Fecha de ingreso
    30 sep, 19
    Mensajes
    4
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    3
    Por vía telemática (recurso de reposición) creo que era adjuntando copias de las nóminas donde aparece embargo judicial, copia que me proporciono la empresa del requerimiento del juzgado indicando el embargo, y un extracto de la cuenta para que se viera con claridad que 3 días despues del ingreso de la nomina procedían a embargar

  6. #5
    Estado
    Desconectado
    Avatar de MARIBELICA
    Fecha de ingreso
    19 nov, 13
    Ubicación
    CÓRDOBA
    Mensajes
    36,386
    Me gusta (Dados)
    216
    Me gusta (Recibidos)
    13171

    Doble embargo nómina (juzgado) y cta. de ingreso nómina (ayuntamiento)

    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    Pues yo siento discrepar en eso. Si la nómina ya está embargado en origen (el máximo legal), el saldo que se ingresa en la cuenta es inembargable porque la LEC no lo permite. Efectúe el barrido el juzgado, el ayuntamiento o el sumsum corda. Ese dinero NO ES AHORRO hasta que transcurra un mes. Otra cosa es que el ayuntamiento se haga el sueco. La reclamación tiene que ir dirigida al ayuntamiento (que es quien efectúa ese barrido). Exactamente, ¿cómo has reclamado eso en el ayuntamiento?
    Pues conozco muchos casos con embargos de nòmina, que tambien barre cuenta la seguridad social e incluso hacienda... Y no hay manera... A ver si tiene mas suerte este amigo

    Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


  7. #6
    Estado
    Desconectado
    Avatar de efcarrasco
    Fecha de ingreso
    06 jul, 12
    Ubicación
    Lugo
    Mensajes
    14,371
    Me gusta (Dados)
    43
    Me gusta (Recibidos)
    5462
    Que lo hagan (que, efectivamente, lo hacen) no quiere decir que sea legal hacerlo. Pero claro, hay que demandar a la administración... con todo lo que eso conlleva.

  8. #7
    Estado
    Desconectado
    Avatar de ALA1979
    Fecha de ingreso
    28 nov, 15
    Mensajes
    74
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    11
    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    Que lo hagan (que, efectivamente, lo hacen) no quiere decir que sea legal hacerlo. Pero claro, hay que demandar a la administración... con todo lo que eso conlleva.
    Si, asi es, no es legal, lo hace la administración pero no es legal si se demuestra lo que ya se sabe que lo que hay en la cuenta procede de una nómina con retención previa, pero razón tienes, es la administración y tendrán sus tiempos, como dice aquel con la iglesia hemos topao...

  9. #8
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Jodido Pero Contento
    Fecha de ingreso
    30 nov, 17
    Mensajes
    333
    Me gusta (Dados)
    202
    Me gusta (Recibidos)
    131
    Hace un par de años tuve la mala suerte de recibir un barrido de cuentas el día 5, con lo cual me pillaron una pequeña parte de la nomina y el importe de una beca de estudios que llego el ingreso el mismo día del barrido, hay que jo...
    Presente no uno, si no dos escritos, aportando documentación sobre la beca, a nombre de un menor, con lo cual, no titular, y conforme lo que había en la cuenta no podía ser ahorro de ninguna manera.
    Respuesta de la administración, " lo que se barre no se devuelve bajo ningún concepto", con palabras finas.
    Me pase por la oficina que había ordenado el barrido, y el muy amable señor me comento que me fuera a llorar al parque ...que ni Dios podría hacer que me devolvieran los importes. Ojo, esto es literal.

  10. #9
    Estado
    Desconectado
    Avatar de efcarrasco
    Fecha de ingreso
    06 jul, 12
    Ubicación
    Lugo
    Mensajes
    14,371
    Me gusta (Dados)
    43
    Me gusta (Recibidos)
    5462
    Los de la administración, normalmente, van a su p... bola. Estoy seguro que si se va vía contencioso-administrativa se puede recuperar eso. Pero claro, ¿quién se mete en ese berenjenal para recuperar la pasta igual dos años después?

  11. #10
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Jodido Pero Contento
    Fecha de ingreso
    30 nov, 17
    Mensajes
    333
    Me gusta (Dados)
    202
    Me gusta (Recibidos)
    131
    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    Los de la administración, normalmente, van a su p... bola. Estoy seguro que si se va vía contencioso-administrativa se puede recuperar eso. Pero claro, ¿quién se mete en ese berenjenal para recuperar la pasta igual dos años después?
    Pues no, ni entonces ni ahora, eso si, el personaje siguió con su libro de Sudokus, tal cual.

Etiquetas para este tema

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.