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Esto es verdad???
Acabo de descargarme del la web de ING toooodoooo lo que he podido sobre movimiento y contratación del préstamo naranja.
Cual es mi sorpresa que NADA de lo que hemos ingresado, ha ido a parar al préstamo ( si esto me pasa por dejada... en fin...)
He estado comprobando y no están aplicando o estaba... un TAE del 10,42 y un nominal de 9,95... esto está bien asi???
Además os hago un copia y pega de lo que pone en la cláusula 6 a ver que me podéis aclarar, por que al leerlo entiendo que tienen todo el derecho del mundo a reclamar solo con presentar el contrato...
9.2. Reclamación por vía judicial Vencido el Préstamo NARANJA por llegar a su término o por cualquiera de las causas previstas en este contrato, si el Titular no hiciese el pago de la suma adeudada en el mismo día del vencimiento o en el día hábil siguiente si aquel fuese festivo, ING podrá exigir su pago por la vía judicial que en cada caso proceda. Para el ejercicio de las acciones judiciales correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el presente contrato, incluso en caso de ejecución, bastará que a la demanda se acompañe original del presente contrato, con las formalidades exigidas en la ley y, en su caso, las que se requieran especialmente a efectos de seguir acción ejecutiva. A efectos del eventual ejercicio de la acción ejecutiva, bastará la presentación de los documentos a los que se refiere el párrafo anterior, junto con la certificación expedida por ING, acreditativa del saldo que resulte a cargo del Titular, haciéndose constar por el fedatario que intervenga a su requerimiento que dicho saldo coincide con el que aparece en la cuenta abierta al Titular y que la cantidad exigible resulta de la liquidación efectuada por ING y que la misma se ha practicado en la forma pactada por las partes en este contrato, conforme a los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En fin que estoy un poquito cagada.... a ver que me decís! Muchas gracias!!!
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Iniciado por
hartitametienen
Acabo de descargarme del la web de ING toooodoooo lo que he podido sobre movimiento y contratación del préstamo naranja.
Cual es mi sorpresa que NADA de lo que hemos ingresado, ha ido a parar al préstamo ( si esto me pasa por dejada... en fin...
)
He estado comprobando y no están aplicando o estaba... un TAE del 10,42 y un nominal de 9,95... esto está bien asi???
Además os hago un copia y pega de lo que pone en la cláusula 6 a ver que me podéis aclarar, por que al leerlo entiendo que tienen todo el derecho del mundo a reclamar solo con presentar el contrato...
9.2. Reclamación por vía judicial Vencido el Préstamo NARANJA por llegar a su término o por cualquiera de las causas previstas en este contrato, si el Titular no hiciese el pago de la suma adeudada en el mismo día del vencimiento o en el día hábil siguiente si aquel fuese festivo, ING podrá exigir su pago por la vía judicial que en cada caso proceda. Para el ejercicio de las acciones judiciales correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el presente contrato, incluso en caso de ejecución, bastará que a la demanda se acompañe original del presente contrato, con las formalidades exigidas en la ley y, en su caso, las que se requieran especialmente a efectos de seguir acción ejecutiva. A efectos del eventual ejercicio de la acción ejecutiva, bastará la presentación de los documentos a los que se refiere el párrafo anterior, junto con la certificación expedida por ING, acreditativa del saldo que resulte a cargo del Titular, haciéndose constar por el fedatario que intervenga a su requerimiento que dicho saldo coincide con el que aparece en la cuenta abierta al Titular y que la cantidad exigible resulta de la liquidación efectuada por ING y que la misma se ha practicado en la forma pactada por las partes en este contrato, conforme a los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En fin que estoy un poquito cagada.... a ver que me decís! Muchas gracias!!!
Que si, que si, que ellos son abogados, fiscales, jueces y hasta funcionarios del juzgado y porque ellos lo valen ya avisan de lo que van a aportar en caso de demanda y no se ponen ni colorados. Lo que diga el juez da igual, ese ni pincha ni corta.... quien es el juez para decidir lo que tienen que aportar en una demanda?
Cuanta imbecilidad hay que leer de estos abrazafarolas......
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
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FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
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Pues vaya que si, al leerlo me he quedado un poco... no sé, supongo que como todos cuando no sabemos mucho del tema y nos encontramos con esto... Por tu respuesta ya sé lo pasa. Acojone puro y duro. Muchas gracias por responder.
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Al final que ha pasado con esto?
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Esto es verdad???
Iniciado por
carolina5
Al final que ha pasado con esto?
Tú ves que ha acabado en algo??
Los hilos que veas que no han finalizado, es que se ha quedado ahí.....
Última edición por Gofi; 08/05/2020 a las 20:53
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".