Iniciado por
fcabani
Buenos días a todos,
Hace mucho tiempo que no participo porque esto es muy largo, llevo desde el 2106 con una ejecución hipotecaria a las espaldas, antes de la cual ya había solicitado asistencia judicial gratuita para demandar las cláusulas abusivas , pues bien, se puso la demanda, en el año 2017 y salió admitida, tuvimos la audiencia previa en noviembre del 2019, y el BBVA fue condenado parcialmente a devolverme la parte correspondiente por los gastos hipotecarios, y como no la devolución de lo cobrado por la cláusula suelo, pues bien no tenemos noticias, y hablo con mi abogado para reclamarlo y el banco en marzo contesta que ese importe ha sido devuelto a la cuenta que tengo asociado con ellos, vamos la cuenta que tiene un certificado de cierre por ejecución hipotecaria, y es una cuenta con saldo acreedor, ahora estamos a la espera que se pronuncia el juzgado, a mí en ningún momento se me ha dicho cuánto dinero , donde y como lo devolvería el BBVA, directamente han hecho como siempre lo que les ha dado la gana, pues bien le he pasado a mi abogado el certificado de las dos cuentas que tengo con el BBVA, que están a cero, no ha habido ningún ingreso que yo tenga controlado por movimiento, y de la cuenta asociada al préstamo de la ejecución hipotecaria (donde deciden que lo han devuelto, no puedo acceder a esa cuenta porque ya no la visualizo en el panel de la banca internet, ya supone que esa cuenta estaba asociada a una sucursal que cerró, y por cuenta propia el BBVA me abrió otra cuenta en otra sucursal, este tema también es un poco raro); solo pude sacar un certificado que es de esa cuenta con saldo acreedor, y tiene saldo cero, y de la cuenta que puedo visualizar tampoco hay movimientos de ingreso por parte del banco. Pues bien, mi duda es la siguiente. ¿Puede un banco decidir donde ingresarme ese dinero? cuando es un dinero que es mío personal pagado de más en su día ?, ¿se puede ingresar en una cuenta con saldo acreedor ?, no tendrían que haber contactado conmigo y haber pedido un número de cuenta, para devolverme un dinero que es mío personal particular que yo puedo hacer con ese dinero lo que quiera, no que deciden de meterlo en una cuenta asociado a una deuda. Que posibilidades tengo de que el juez es diga que eso no es legal, y les condene a que me lo devuelvan en una cuentra personal mía, que no tenga nada que ver con el BBVA ?, ¿por cierto, de las cuentas que tienen que presentarme de la devolución del suelo, ni sabemos nada claro, se supone que tienen que presentarme las cuentas claras y ver de dónde sacan esas cantidades y yo si estoy de acuerdo pues adelante, pero y sino coincide con las cuentas que tengo yo? No sé si alguien puede resolverme alguna de las dudas, me es muy lioso y explicarlo bien, porque son tantas cosas las que me unen a este queridísimo banco que no quiero enrollarme mucho e ir al grano. gracias por lo menos por leerme, un saludo.