Iniciado por
migvan
Quisiera hacer una consulta un tanto pecualiar, a ver si alguien puede orientarme.
He visto que a la hora de demandar a una entidad, muchos abogados no solicitan ningún dinero y que, una vez finalizado el juicio, si ganas la demanda y el juez no condena a la entidad bancaria en costas, tú pagas un pequeño porcentaje del dinero recuperado. También en los abogados a los que podemos acceder por ser socios de ACUSA me parece que se paga un 5% a partir de los 2000 euros recuperados (creo que es algo así, lo escribo de memoria).
Es aquí donde yo tengo la duda: pongamos por caso que yo iniciara una demanda contra una entidad financiera solicitando la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades pagadas de más. Y que mi abogado me dijera que en el caso de que la entidad no fuera condenada en costas yo debería pagarle a él un 10 % del dinero recuperado.
Bien, ese 10%, ¿es sólo del dinero recuperado, o afecta también a la cantidad de la deuda pendiente que queda ahora a cero al anularse el contrato?
Es decir, si de un crédito me devuelven 1500 euros (lo que he pagado de más en las cuotas) y me anulan los 3000 que me solicitaba la entidad, ¿el 10% del abogado afecta sólo a los 1500 que me devuelven, o a los 4500 en total (1500 devueltos + 3000 anulados).
Es sólo una duda que tengo. Personalmente, no me fío demasiado de esos bufetes que salen por ahí diciendo que no pagas nada, etc. etc.
Un saludos a todos.