Iniciado por
Elenita79
Esto de que piden mejoras de embargo no lo acabo de entender...... En el AUTO indica lo siguiente:
Declaro embargados, a instancia de la parte ejecutante y como bienes de la parte
ejecutada los detallados a continuación y que estimo suficientes para cubrir el importe
de xxxxxxx € en concepto de principal y xxxxxxx€ que señalo prudencialmente para
intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación; los siguientes:
Los saldos favorables que ostente el ejecutado en cuentas de cualquier clase abiertas
en entidades de crédito, ahorro o financiación que figuran en el listado de Entidades
Financieras del sistema de embargo de cuentas corrientes del punto neutro judicial.
Para la efectividad de esta traba, se utilizará la aplicación del Punto Neutro Judicial
desde la sede de este Juzgado, vía telemática, al objeto de que retenga y remita tales
cantidades a la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado.
Las cantidades pendientes de devolución al ejecutado por parte de la Agencia
Tributaria. Para la efectividad de esta traba, se utilizará la aplicación de Banco
Santander desde la sede de este Juzgado, vía telemática, al objeto de que retenga y
remita tales cantidades a la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado.
Consúltese las bases de datos patrimoniales a que esta Oficina judicial tiene acceso por
vía telemática, siempre que obre en las actuaciones las circunstancias personales
suficientes de la parte ejecutada para hacerlo. En caso contrario requiérase a la parte
ejecutante para que las facilite.
Y verificada la consulta, infórmese de su contenido a la parte ejecutante para que
solicite lo que estime oportuno.
De conformidad con lo interesado, tómese nota en el presente procedimiento a fin de
que los sucesivos pagos se realicen mediante sistema de transferencia bancaria al
número de cuenta facilitado.
Y como dije en el Oficio que enviaron a la empresa en el asunto indicaba; RETENCION DE SUELDO. Y si la indemnización no es sueldo por eso yo entendia que no se embargaba, Otra cosa es que si te lo ingresan te traben a posteriori la cuenta.... ahi ya no digo nada porque si no es sueldo si te lo pueden barrer.
No se si existiría alguna opción legal para revertir esto.
gracias