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Monitorio por una deuda del año 2011
Buenas noche, me acaba de llegar una carta del juzgado por un monitorio por una deuda Cetelem que se contrajo en el año 2011, aunque parece que se la vendieron a LINK que es quien la reclama ahora en el año 2018.
Dejamos de pagar el 01/01/2015 cuando contratamos a un abogado, teníamos demasiadas deudas y hemos negociado pagos desde entonces con otros acreedores.
Durante estos años no hemos recibido ninguna notificación oficial (burofax o carta certificada) ni ellos aportan pruebas de haber enviado notificación.
Según la nueva ley entiendo que esta deuda ha prescrito y no pueden reclamarla judicialmente. Además de que no estamos en Asnef.
Estoy asustada porque no termino de fiarme de mis abogados, temo que no me digan la verdad, ellos siempre prefieren negociar cuotas.
Ha prescrito la deuda?
Muchas gracias
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Hola esperemos que otro compañero te pueda ayudar.
No tengo mucha base en el tema de la prescripción de deudas. Pero cuando entra en juzgado la prescripción se paraliza. Tú tendrías más de seis años desde que dejaste de pagar. Leeré algo de la prescripción y veo si te puedo ayudar
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Monitorio por una deuda del año 2011
Iniciado por
ag.ram
Buenas noche, me acaba de llegar una carta del juzgado por un monitorio por una deuda Cetelem que se contrajo en el año 2011, aunque parece que se la vendieron a LINK que es quien la reclama ahora en el año 2018.
Dejamos de pagar el 01/01/2015 cuando contratamos a un abogado, teníamos demasiadas deudas y hemos negociado pagos desde entonces con otros acreedores.
Durante estos años no hemos recibido ninguna notificación oficial (burofax o carta certificada) ni ellos aportan pruebas de haber enviado notificación.
Según la nueva ley entiendo que esta deuda ha prescrito y no pueden reclamarla judicialmente. Además de que no estamos en Asnef.
Estoy asustada porque no termino de fiarme de mis abogados, temo que no me digan la verdad, ellos siempre prefieren negociar cuotas.
Ha prescrito la deuda?
Muchas gracias
Si las fechas que mencionas del impago son correctas, la deuda está prescrita y hay que oponerse en base a eso y a la abusividad de las clausulas del contrato entre otras cosas.
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Monitorio por una deuda del año 2011
Siempre y cuando la demanda en el juzgado (no cuando tú la recibes, si no cuando ellos la presentan) sea posterior al 28 de diciembre de 2020 la deuda está prescrita.
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