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Tema: Notificación Fehaciente Ilegal !?

  1. #21
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    Pues me vais a perdonar,pero creo que las amenazas deque irá la policía a por ti, están completamente fuera de lugar,si no vas,que cuelgen un edicto en el juzgado y te declaren en rebeldía procesal,y punto,el juez dará la razón al demandante y a pagar o a embargar,

  2. #22
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    Notificación Fehaciente Ilegal !?

    Cita Iniciado por jmars61 Ver mensaje
    Pues me vais a perdonar,pero creo que las amenazas deque irá la policía a por ti, están completamente fuera de lugar,si no vas,que cuelgen un edicto en el juzgado y te declaren en rebeldía procesal,y punto,el juez dará la razón al demandante y a pagar o a embargar,
    Y realmente es lo que hacen en la mayoría de los casos civiles.

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  3. #23
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    Cita Iniciado por astronauta Ver mensaje
    Esto es cierto a medias. Si no logran notificar "un monitorio" a un deudor, el monitorio se archiva. El demandante debe realizar la petición de juicio verbal/ordinario, si quiere claro.

    "artículo 813 de la LEC: ” Si, tras la realización de las correspondientes averiguaciones por el secretario Judicial sobre el domicilio o residencia, éstas son infructuosas o el deudor es localizado en otro partido judicial, el juez dictará auto dando por terminado el proceso”."

    Qué pasa, pues que no sabes qué te quieren notificar, si es un monitorio o un verbal. Por tanto tienes que ir sí o sí.

    Pero, si sabes qué es, porque aquí en mi ciudad ese papelito que te dejan sí pone el número de procedimiento, lo miras en la sede electrónica y ya sabes si es un monitorio, puedes dejar de recogerlo o un verbal vas a recogerlo.

    Ya si es un monitorio, lo recoges y te opones es cuando se abrirá el verbal u ordinario.

    Algunos opinan que la técnica del avestruz no lleva a nada, pero según mi experiencia, sí. Por un lado ganas tiempo, para ahorrar por ejemplo y por otro lado, si no piden juicio verbal/ordinario, pues peor para ellos y mejor para mí.

    A mejor opinión.

    P.D.: Eso de usar la palabra "hostil" en el papelito, se han pasado siete pueblos.




    Exactamente a eso me refería cuando abrí el post, no me parecían maneras correctas, en primer lugar me dicen que no continúe con comportamiento hostil? Ósea me dejan un papel encima de todos los buzones que lo he visto de milagro y me dicen hostil? Y Segundo las advertencias cuando no dejamos de estar en un procedimiento civil.
    Repito el papel llegó a mis manos de milagro.

  4. #24
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    Cita Iniciado por jmars61 Ver mensaje
    Pues me vais a perdonar,pero creo que las amenazas deque irá la policía a por ti, están completamente fuera de lugar,si no vas,que cuelgen un edicto en el juzgado y te declaren en rebeldía procesal,y punto,el juez dará la razón al demandante y a pagar o a embargar,

    Yo al leerlo estaba alucinando, si es verdad que ninguna de las dos casillas que figuran en la hoja están marcadas, únicamente lo han colado ahí supongo que para que cuando lo leas, te pienses que te va a pasar algo de esas amenazas

  5. #25
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    Cita Iniciado por ACM75 Ver mensaje
    Si que se puede, excepcionalmente si que se puede. Si media mala fe, artificio o engaño, el demandado no se va de rositas.

    Somos morosos, no tramposos. Esconderse del Juzgado no sirve de nada.


    Esta Sentencia es solo un ejemplo:

    https://www.poderjudicial.es/search/...9ac85/20110324

    Se dio la razón a la apelante que había sido declarada en rebeldía (por otros motivos) pero los fundamentos de derecho de los magistrados van en la linia de sancionar al demandado que se pone voluntariamente en rebeldia, en un monitorio.
    A ver, ese sentencia indica que viene de un procedimiento ordinario, hubo un monitorio que no se localizó al demandando. Se abre procedimiento ordinario y declaran unos de ellos en rebeldía, hay una sentencia del juzgado de primera instancia y el que se encuentra en rebeldía, apela, y le dan la razón, la ap, anula la sentencia y pide que se le notifique.

    Un monitorio, que no sea reclamación de una comunidad de vecinos que tiene otro tratamiento, si no se localiza al demandando, se archiva, sin más.

    La rebeldía no existe en un monitorio.

    Otra cosa es que no recoja notificación de un procedimiento verbal u ordinario, esto sí es un suicidio.

    Luego por tanto, no es hacer trampas, como indicas, y tampoco creo que debas juzgar a nadie.

  6. #26
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    Notificación Fehaciente Ilegal !?

    No.. No existe rebeldía en el monitorio.

    Si el juzgado no localiza al demandado, cierra el monitorio e insta a la demandante a presentar demanda de juicio verbal u ordinario dependiendo de la cuantía.

    Es entonces cuando, si no se localiza al demandado se publica vía edicto... Y no hay más. Si no aparece el demandado dan los titulos a la demandante para poder ejecutar.

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