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Embargo devolucion de la renta por deuda ya ingresada a cuenta del juzgado..
Hola, en Junio
he perdido el juicio con Cetelem-deberia pagar 1383 e.
No podria pagar en este momento , entonces 24 de octubre he recibido otra carta de Juzgado-EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES.
ALli pone: "Se despacha ejecucion por importe 1750 e en concepto principal e intereses ordinarios y moratotios, mas 525 e que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecucion y las costats de esta, sin perjuicio de su posterior liquidacion ".
Me fui al juzgado, alli la señora me ha dado un numero de la cuenta de juzgado y me ha dicho que debo ingresar por ahora solo el importe principal. HE prestado el dinero para hacer transferencia y he ingresado este 1750e "de principal" dia 25 de octubre.
Hoy -28 de noviembre- me ha llegado carta de HAcienda con devolucion de la renta y..me han hecho: Deducciones por las deudas con juzgados-en total 1750 e+525 e.
No entiendo porque. No me ha llegado nada a cerca de Embargo, ninguna notificacion.
He pagado 1750 el dia siguiente, para no pagar estos 525e.
Se puede hacer esto sin aviso previo?
MAñana me voy al juzgado..no se con quien hablar alli?
HAcienda me va a devolver esta cuota (1750+525)?
Un saludo, lo siento por mi forma de escribir, todavia estoy aprendiendo español :-)
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Embargo devolucion de la renta por deuda ya ingresada a cuenta del juzgado..
Lo que te haysn cobrado de más de ese embargo, te lo devolveran cuando hagan la liquidacion de intereses y costas.
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Gracias por respuesta tan rapida Maribelica. Pero he pagado casi el doble: en octubre importe principal a cuenta de Juzgado y despues otra vez me embarga Hacienda -otra vez importe principal mas 525
.Esto es correcto?. Entonces no tenia sentido que he prestado el dinero y hecho esta transferencia en Octubre? Pensaba que hago bien para ya olvidar de esta deuda por fin.
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Como te ha dicho la asesora, ese dinero te lo devolvieran al final del procedimiento. Ve apuntandote las cantidades retenidas por todos los conceptos y considéralo como un ahorro.
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Gracias ACM75,
Pero no entiendo- podrian retenerme 1750 e+525 e ( total 2275 e ). Y yo tengo retenidos 4025e- ¿Por qué me dieron este número de cuenta
bancaria en octubre y decian que para salvarme del embargo debo ingresar importe principal tan rapido como puedo ( por esto el dia siguiente hecho la transferencia )Y al final ahora tengo un prestamo rapido en CAixa para este ingreso ,( que no tenia sentido ?)-y mas Hacienda otra vez me retiene la misma cuota-entera.
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Embargo devolucion de la renta por deuda ya ingresada a cuenta del juzgado..
Hacienda y el Juzgado no se han cruzado esos datos , y te toca reclamar.
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Mientras no levanten el embargo te pueden seguir reteniendo todo lo que pillen de Hacienda, cuentas o nomina, aunque al final del proceso te devuelvan el exceso.
Yo notificaría al Juzgado el pago del principal para acelerar el proceso.
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Embargo devolucion de la renta por deuda ya ingresada a cuenta del juzgado..
Vamos a ver,la pregunta del millón.
Llevastes al juzgado justificante de haber hecho dicha transferencia??
Un saludo.
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