No se puede saber
Yo conozco un caso que una tarjeta carrefour que compro la deuda un fondo buitre y tardaron 4 años en ejecutar el embargo
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No se puede saber
Yo conozco un caso que una tarjeta carrefour que compro la deuda un fondo buitre y tardaron 4 años en ejecutar el embargo
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Vive y se feliz
Pero para pedir la ejecución eso lleva un trámite , o simplemente el día 21 de la sentencia ellos lo piden en 22 ejecutan , o eso tiene un trámite de tiempo ect....
Vive y se feliz
El juzgado ejecuta cuando el demandante le presenta el escrito pidiendo ejecución. Los Juzgados de lo Civil no mueven un dedo (hay alguna excepción) si no se lo pide una de las partes. Cuánto tarda el demandante en presentar el escrito? Pues lo que quiera, en el plazo de cinco años...hombre, normalmente no tardan ese tiempo (es excepcional que lleguen a cinco años), pero decirte cuánto es imposible. Depende de la eficacia de los abogados, del Juzgado, y de factores imponderables. Si tuviera que decir una media, yo diría que entre dos y tres meses, pero ni de lejos te tomes ese plazo como uns guía.
hola esto esta escrito en otri tema pero lo pongo qui tambien por si a alguien le ha pasado le pasa algo parecido de un embargo.
Me han cobrado una sentencia mas costes de mi cuenta por demanda de ejecucion y para mi sorpresa cuando he ido a preguntar no me habian notificado ni la sentencia ni la demanda de ejecucion y los que habia en secretaria no sabian que hacer uno me ha dicho que impunarian esa ejecucion y que devolverian el dinero de la cuenta lo que no sabian era cuanto tiempo tardarian en devolver ese dinero y el conpañero decia que el eso no lo tenia tan claro porque es una sentecia firme de hace un año ,
Gracias, muy bien explicado y detallado
Creo percibir entonces
un galope de pisadas
que se acercan a nosotros
desde tierras muy lejanas.
No es tan así. Vamos por partes:
1- Si lasposturqs (o sea, las "ofertas") alcanzan al 70% del precio de salida para bienes inmuebles (50% para bienes muebles), entonces el bien se adjudica al mejor postor (Si las posturas son menores al 70%, el ejecutado puede presentar un tercero que las mejore).
2-En el caso de deudas hipotecarias (solamente en este caso), si la mejor postura está entre el 50% y 70% del valor, se otorga un plazo al ejecutado para que presente un tercero que mejore la oferta. Vencido este plazo, puede ser adquirido por el ejecutante por el 70% del valor de la subasta. Sin embargo, el valor de adquisición no podrá ser menor al 60%.
3-Si ninguna de las posturas cumple las condiciones, el Tribunal puede declarar la subasta sin postor. En el caso de una vivienda, en las subastas sin postor el acreedor puede pedir la adjudicación del bien por el 50% del valor de la subasta si dicha vivienda no es la residencia habitual del deudor, o del 70% si lo es. Tiene un plazo de 20 días hábiles.
Así que sí existe la posibilidad de que un inmueble subastado por deuda hipotecaria se adjudique por menos del 70%,
Por cierto...Si la subasta resulta desierta y el acreedor no hace uso de la opción de adjudicarse lansubasta, el deudor puede solicitar el levantamiento del embargo, así que como comprenderéis, el acreedor hipotecario prefiere adjudicarse el inmueble por un porcentaje de su valor, a que se levante el embargo....