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Tema: Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

  1. #351
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    Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

    Cita Iniciado por MIRIAM_81 Ver mensaje
    Ya, a mi tambien me sorprendió el tipo de embargo, pero así reza en la sentencia del juzgado... primero saldos en cuentas y luego nomina. Yo esperaba el embargo del % que excede del SMI, mi nomina es de unos 1200€, no llega, y calculaba unos 36€ aproximadamente, por eso estaba relativamente tranquila, porque yo queria pagar la deuda, pero no tenia medios para hacerlo como ellos me solicitaban. No obstante, como indicaba, el primer barrido lo hicieron en noviembre del 2023, por lo que me da que no van a tardar demasiado tiempo en volver a solicitarlo, aunque como tienen que pagar por solicitarlo, igual no lo hacen... no se, como digo, es una incertidumbre total
    Eso que dicen por aquí desde hace tiempo, que por solicitar mejora de embargo tiene que pagar el que lo solicita, yo eso la verdad que creo que no es así.

    El acreedor casi siempre financieras y Bancos con Abogados en sus nóminas, es presentar un simple escrito pidiendo mejora de embargo al procedimiento X, no veo yo donde está el gasto.

    Evidentemente si lo hace un particular ese escrito pues cobraría el Abogado por ello, y el procurador por presentarlo, pero a Bancos y Financieras eso no les supone costo alguno, por los profesionales que tienen en nómina.
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  2. #352
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    Yo también tengo una demanda conforme lo pactado a embargar son: cuentas así como devoluciones de retenciones, pero no me dice nada de nómina. De todas maneras, tuve dos embargos anteriores a esta demanda y siempre fueron a la nómina como punto de partida. A partir de ahí, una entidad sí le metió mano a retenciones hasta que terminé. Pero vamos, aunque salimos perjudicados por un tiempo corto, pero también importante pues dependemos de nuestros sueldos para subsistir mes a mes, no sé porqué empiezan así con los barridos ya que se pueden también reclamar, y es lo que hay que hacer para darle en las narices aunque les debamos x cantidad de dinero, sobre todo debido a que no es la primera persona que comenta en el foro que le dejan la cuenta a cero y luego a pelear y escribir demostrando que es sueldo de nómina y no de ahorro. Yo lo que hice, y sigo haciendo, es tener un pequeño colchón un tanto fuerte de ahorro, por si algún día esto llega a pasar mientras reclamo,...ya que también era de esos que esperaba a la madrugada a retirar el dinero, acudiendo a cajero y todo...jajaja, una locura !!!

  3. #353
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    Unas aclaraciones: desde hace un tiempo a esta parte, y debido a que el Juzgado no va a embargar nada que el ejecutante no señale, en los escritos solicitando la ejecución ya va una especie de cláusula genérica tipo "el embargo de saldos en cuentas a la vista, devoluciones de las Haciendas Públicas, librese oficio a la empresa XXX para que retenga e ingrese el porcentaje legal de la nómina que percibe Fulanito y que por el PNJ se proceda a emitir informe de bienes embargables titularidad del ejecutado".
    Efectivamente, como señala muy bien abcdefg1234, el Juzgado no cobra por presentar un escrito de mejora. Pero los abogados y los Procuradores sí. Y la inmensa mayoría de la agencias buitre no tienen abogados de nómina (aunque se llenen la boca con eso de "nuestro departamento jurídico" y similares).
    Además, todos en este mundillo ya sabemos que lo de los embargos de saldo es como lo de las.desapariciones en la tele: lo que no pilles en las primeras 48horas, ya lo has visto.
    De vez en cuando, se pide que se vuelva a hacer un barrido, y se hace...pero si bien en el primero hay una cierta tasa de éxito (me refiero a pillar algunos cientos o algo más), os aseguro por experiencia personal que los segundos y posteriores barridos son mucho menos efectivos: he visto personalmente decenas de esos barrios embargar 0'47 , 2'79 o cantidades similares. La gente no es tonta, y se buscan ls vida para no tener saldo en la cuenta. Eso lo se yo y lo saben ellos.
    Las Haciendas Públicas son más insistentes, pero los particulares y las agencias de recobro y buitres diversos no tanto.

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  5. #354
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    He editado el mensaje porque por alguna razón salió repetido.
    Última edición por Exfuncionario; 16/04/2024 a las 17:21

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