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Tema: Duda con embargo

  1. #1
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    Duda con embargo

    Buenos días. Tengo una duda por si podíais resolvermela.

    Me ha llegado un requerimiento de Cetelem por el que tengo 20 días para oponerme o no. El caso es que desde el juzgado ya han descontado todo lo que consideraban de carácter abusivo. Así que no estoy en desacuerdo en pagar la cuantía que se queda (asciende a 17.000 euros). El problema es que no tengo ese dinero para pagarla. Si no me presentase ni me opusiese, me podrían embargar parte de la nómina, ya que no tengo ningún bien a mi nombre. Si mi Mujer se compró un coche con su dinero y a su nombre, es embargable si estamos casados a gananciales? Es decir. Podrían embargarselo por mi deuda? Cabe decir que la deuda es mia y a mí nombre. Mi mujer no tiene nada que ver con ella. Me vale la pena ir con un abogado y presentarme si no tengo como pagarla? O mejor no ir y que me vayan embargando nómina, algo que tengo asumido. Lo que me da miedo es el coche de mi mujer. Si alguien puede ayudarme se lo agradecería

  2. #2
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    Si no te opones, deberás abonar en los 20 días del monitorio esa deuda de manera voluntaria, si no lo haces, cetelem pondrá ejecución (otra demanda para solicitar embargo y que acarrea más gastos y costas) y a partir de ahí embargaran nómina, normalmente saldos de cuentas corrientes, tambien solicitaran embargo de devoluciones Hacienda.No suelen querer coches si no dinero. Pero ten en cuenta que con gastos y costas te va a subir otro buen pico.
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  4. #3
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    Acabo de llamar a una abogada que dice que puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad. Pero me piden mínimo 3000 euros que obviamente no tengo. Por eso no se cómo debo proceder durante esos 20 días. Serviría de algo que llamase a Cetelem? Me da miedo que embarguen el coche de mi mujer. Mi nómina no. La verdad. No se que tengo que hacer.

  5. #4
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    Ley de Segunda Oportunidad por 17 mil euros? Eso es para deudas más grandes, esa supuesta abogada que te ha llamado te esta tomando el pelo y quiero sacarte dinero. Ya te he dicho como va esto, o te defiendes de ese monitorio o tendrás que pagar lo que ellos piden
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  7. #5
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    Duda con embargo

    Si no he entendido mal lo que te preocupa es el coche de tu mujer. No tengo claro si pueden embargarlo como pago de una deuda personal, a ver si alguien más preparado puede aclararlo. Lo que sí te digo es que no te metas en más complicaciones / compromisos / gastos que no vas a poder asumir.


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    Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.

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  9. #6
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    Exacto. Yo si no me opongo y me van cobrando la deuda embargandome la nómina, pues lo asumo. Pero es que ni tengo dinero para un abogado ni tengo claro que vaya a servir para algo. Pero también tengo mucho miedo de que le embarguen el coche a mi mujer, ya que ella no tiene nada que ver en esto. A mí si me embargan nómina y hacienda. Pues poco a poco lo iré pagando. Que remedio. Alguien puede decirme si en mi caso, me vale la pena contratar a un abogado con Lo que ello me cuesta, si mi intención no es oponerme, si no, reconocer que no puedo pagarlo de la forma que ellos quieren? Y si irían a por el coche de mi mujer, o solo me embargarian nómina y cobros de hacienda etc... Tratándose de Cetelem. Gracias de antemano
    Última edición por Obskure17; 27/06/2023 a las 14:54

  10. #7
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    Lo importante en tu caso es responder a estas preguntas:
    1) ¿La deuda con Cetelem es anterior o posterior al matrimonio?
    2.- ¿Tu esposa firmó el préstamo o un consentimiento o de manera alguna expresó que estaba de acuerdo con la operación?

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  12. #8
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    1° La deuda es en parte anterior y en parte posterior ya que al final hice una refinanciación
    de todos y ya estaba casado.
    2° Mi Mujer no firmó ni el préstamo ni ningún tipo de consentimiento. De hecho no estaba al tanto.

  13. #9
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    Si tienes claro que no te quier3s oponer, siempre puedes llegar a un acuerdo con Cetelem, pero OJO llegado a este punto del proceso siempre con ABOGADO para que no te tomen el pelo, y SIEMPRE HOMOLOGARLO EN EL JUZGADO PARA QUE esté juzgado este al día de ese acuerdo y no sigan adelante con la demanda. Esto puede suceder si decides pactar con ellos y no lo homólogas. Ahora bien, si llegarás a un acuerdo ASEGÚRATE de poder cumplirlo a rajatabla porque si no te crujen.
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  15. #10
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    La refinación depende de cómo la hayas hecho. Si es como novación (es decir, han cambiado algunas clásulas, no el contrato en sí mismo) no habrá alterado el carácter privativo de la deuda. Es decir, si lo único que hiciste fue ampliar plazos, por ejemplo. Si obtuviste un préstamo nuevo para cancelar el antiguo, ya hablaríamos de otras cosas.
    No obstante, que sepas que artículo 1367 Código Civil establece que los bienes gananciales responden de las obligaciones contraídas por ambos cónyuges conjuntamente o por uno con el consentimiento del otro. Por lo tanto, es claro que, en ese tipo de deudas, los bienes gananciales pueden ser embargados para el cobro de la deuda solo en el caso de que las obligaciones fueran adquiridas por ambos, o por tí con el consentimiento de tu esposa.
    Dicho esto, y para todos los que nos leen: si estáis casados y estáis en régimen de gananciales, no se que esperáis para cambiaros al de separación de bienes, que protege mucho más los bienes de cada uno. Es solo ir al Notario, y luego al Registro Civil.

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