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Tema: Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

  1. #11
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    La deuda si equivale al valor de las casas (creo), pero no se como funciona esto al ser de otros propietarios y si se la quedan si pueden venderla si quieren.

    Por otro lado me puedes aclarar el termino anotacion de embargo, eso significa que ya ha dictado el juez el embargo o como seria el proceso.

  2. #12
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    Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

    Cita Iniciado por maribel53 Ver mensaje
    Es una anotación de embargo
    Entonces lo que te ponen en el registro de la propiedad es la anotación de embargo en los pisos por lo cual tú no puedes vender esa propiedad sin antes quitar esa anotación.y esa anotación solo se quita pagando lo que debes.Luego te dan una nota de deuda 0 .tú vas al registro con la nota y te la quitan eso sí también tienes que pagar para que te lo quiten.Las notas de embargo caducan en 5 años.Si tu en 5 años no has pagado lo tienen que volver a pedir y eso les cuesta dinero.

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    Es decir es como cuando tienes una hipoteca que te aparece en el registro de la propiedad y tú no puedes vender sin antes pagar o que te descuentan la hipoteca pues esto es lo mismo
    Cómo las propiedades no son al 100% tuyas yo creo que no les interesa embargarle pues solo lo podrían embargar tu parte y de que les sirve tener un 12% de una vivienda si hay más propietarios.Lrs es más rentable que les pagues y con la anotación se curan en salud y si vendierais las propiedades pues les tendrías que pagar a ellos con tu parte.Haber si alguien más opina como yo

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  3. #13
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    Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

    Cita Iniciado por Fox2002 Ver mensaje
    La deuda si equivale al valor de las casas (creo), pero no se como funciona esto al ser de otros propietarios y si se la quedan si pueden venderla si quieren.

    Por otro lado me puedes aclarar el termino anotacion de embargo, eso significa que ya ha dictado el juez el embargo o como seria el proceso.
    La anotación de embargo es poner en el registro de la propiedad que tú les debes x dinero.Es decir que tienes que liquidarles a ellos si la vendes

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  4. #14
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    Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

    Cita Iniciado por maribel53 Ver mensaje
    La anotación de embargo es poner en el registro de la propiedad que tú les debes x dinero.Es decir que tienes que liquidarles a ellos si la vendes

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    Pero las casas no son tuyas al 100% y ellos solo pueden poner sobre tu parte.Ellos no pueden embargar la parte de tus familiares

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  5. #15
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    Y al poner esta anotacion en los registros de la propiedad ¿a mis familiares les llegaria alguna carta? si se vendiera en el futuro la casa y quedara la deuda o parte ¿se podria compensar con el dinero de la venta o hay que pagarla antes?

  6. #16
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    Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

    Cita Iniciado por Fox2002 Ver mensaje
    Y al poner esta anotacion en los registros de la propiedad ¿a mis familiares les llegaria alguna carta? si se vendiera en el futuro la casa y quedara la deuda o parte ¿se podria compensar con el dinero de la venta o hay que pagarla antes?
    Pues no te puedo decir si a tus familiares les llegaría pero en el momento que se pide la nota simple aparece.y en cuanto a lo otro pues se cobrarían de tu parte en el momento de la venta

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  7. #17
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    Ejecucion Titulos judiciales - embargo vivienda

    Cita Iniciado por Fox2002 Ver mensaje
    La deuda si equivale al valor de las casas (creo), pero no se como funciona esto al ser de otros propietarios y si se la quedan si pueden venderla si quieren.

    Por otro lado me puedes aclarar el termino anotacion de embargo, eso significa que ya ha dictado el juez el embargo o como seria el proceso.
    Eso es un lío cuando es de varios propietarios. No van a hacer nada... Ese apunte en el registro es por si vendeis ellos cobren primero su deuda.

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  8. #18
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    Buenas, me ha llegaod otra notificacion indicando lo siguiente;
    “Los embargos acordados sólo se alzarán en caso de que se satisfagan las cantidades
    contenidas en el auto que despacha ejecución, bien consignándolas en la cuenta que este juzgado tiene en Banco Santander XXXXXXX. En caso de que se quiera abonar mediante transferencia bancaria desde otra entidad distinta a Banco Santander, al número de cuenta XXXXXXX, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1a Instancia no 02 de XXXXXXX, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos CXXXXXX. O bien, llegando a un acuerdo extrajudicial directamente con la parte ejecutante que posteriormente, se habrá de ponerr en conocimiento d el juzgado.

    En caso contrario y si la parte ejecutante instara la enajenación dell inmueble sobre el que pesa la orden de embargo, se procederá a su subasstatajudicial conforme a los artículos 655 y sigs. de la Ley de Enjuiciamiento Civil..

    Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de laAdmónn..deJusticia,,medianteescritopresentadoen elplazodecincodías,,contadosdesde ell día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio dell recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 4511 y 452 de la LEC).)”

    ¿Esto es que me embargam mi parte? ¿O es de la anotacion tambien?

  9. #19
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    Es que la anotación ya es un embargo de tu parte.

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