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Buenos dias, He recibido hoy este correo electronico:
Estimad@,
Adjuntamos (todos los) contrato(s) de préstamo (suscritos) y liquidación del/los mismo/s.
Los contratos que ha mantenido con nuestra entidad son “micro-préstamos con plazo de devolución inferior o igual a un mes según escoja el propio usuario”, lo que no es un contrato típico de los regulados por el Banco de España, por lo que el interés normal aplicable al mismo viene regido por las estipulaciones de las partes y por las normas generales de la contratación.
Esto significa que los intereses aplicados al préstamo no son encuadrables dentro del concepto de usura, dado que el tipo de interés aplicable es el normal y proporcional al riesgo de este tipo de micro-préstamos rápidos.
En consecuencia, el tipo de interés aplicable resulta el normal y proporcionado a este tipo de préstamos.
Si considera que el conflicto persiste, por favor, dirija a su abogado con su representación debidamente acreditada a dc@prestamer.es para que podamos alcanzar una solución extrajudicial del conflicto.
Atentamente,
DC PRESTAMER.
Me han adjuntado esta liquidacion que segun ellos es legal
FECHA OFFER ID
Etiquetas de fila 55614 67911 80667 92783 97294 114215 125239 126041
16/07/2018 -200,00
25/07/2018 232,40
10/08/2018 -200,00
27/08/2018 261,20
03/09/2018 -245,00
22/09/2018 328,79
25/09/2018 -295,00
30/09/2018 321,55
05/10/2018 -295,00
26/10/2018 389,16
07/11/2018 -370,00
26/11/2018 476,85
27/11/2018 -420,00
28/11/2018 -420,00
28/11/2018 429,74
29/07/2021 556,41
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Iniciado por
sxcatmj
Buenos dias, He recibido hoy este correo electronico:
Estimad@,
Adjuntamos (todos los) contrato(s) de préstamo (suscritos) y liquidación del/los mismo/s.
Los contratos que ha mantenido con nuestra entidad son “micro-préstamos con plazo de devolución inferior o igual a un mes según escoja el propio usuario”, lo que no es un contrato típico de los regulados por el Banco de España, por lo que el interés normal aplicable al mismo viene regido por las estipulaciones de las partes y por las normas generales de la contratación.
Esto significa que los intereses aplicados al préstamo no son encuadrables dentro del concepto de usura, dado que el tipo de interés aplicable es el normal y proporcional al riesgo de este tipo de micro-préstamos rápidos.
En consecuencia, el tipo de interés aplicable resulta el normal y proporcionado a este tipo de préstamos.
Si considera que el conflicto persiste, por favor, dirija a su abogado con su representación debidamente acreditada a
dc@prestamer.es para que podamos alcanzar una solución extrajudicial del conflicto.
Atentamente,
DC PRESTAMER.
Me han adjuntado esta liquidacion que segun ellos es legal
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siguiente paso? opcion para responder?¿?
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Yo les diria que saben perfectament que no es legal. Que si quieren llegar a un acuerdo que lo haréis entre la empresa y tu. Que si si tiene que avisar a un abogado será para demandarlos judicialmente y que no habrá posibilidad de acuerdo beneficioso para ambas partes.
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Yo puse la reclamación a prestamer el 12/3. El día 13/3, me envían un SMS que podía contratar otro préstamo. Imposible, pq yo aun no tenia resolución y me faltaba un ultimonprestmo por pagar. Cual fue mi sorpresa que en mi área de cliente, tenía el préstamo pagado en fecha 13/3. Recibo un correo ayer como si no aceptaran la reclamación.. Llamo SAC y me dicen que no hay ninguna deuda. No entiendo nada pero tengo capturas de mi área de cliente.
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JOSEPF93 GRACIAS
Les he enciado este correo:
Respuesta enviada legalpin
Buenos dias,
En vista de su contestacion y no estando de acuerdo ya que se considera usura según la ley ,esten o no registrados en el Banco de España
La Ley de Usura de 1908 se aplica no solo al contrato de préstamo civil o mercantil, sino también a toda op
eración sustancialmente equivalente a un préstamo de dinero, cualquiera que sea la forma que revista el contrato y la garantía ofrecida para su cumplimiento.
Ya les envie un acuerdo extrajudicial, con firma digital, entiendo que Uds tengan que cobrar unos intereses pero no esos porcentajes.
Espero un acuerdo donde ambas partes estemos conforme
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Hola compañeros me he puesto en contacto con un abogado de acusa para saber si realmente me sale a cuenta demandar a Prestamer.
Iré informando
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Acuerdo extrajudicial
Siii ya nos comentaras que decides
Enviado desde mi SM-A750FN mediante Tapatalk
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Bueno, el abogado de ACUSA me informa de que me lo piense ya que efectivamente al no estar registrado PRESTAMER en el Banco de España, digamos que pueden cobrar los intereses que quieran, asi que desisto, ja que son 1.319,17 € y si cuento gastos de abogado i a saber si el juez les puede dar la razon no quiero /ni puedo arriegarme economicamente.
Se probó, no salio bien.
A otra cosa!!
Gracias compañeros
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Acuerdo extrajudicial
Iniciado por
sxcatmj
Bueno, el abogado de ACUSA me informa de que me lo piense ya que efectivamente al no estar registrado PRESTAMER en el Banco de España, digamos que pueden cobrar los intereses que quieran, asi que desisto, ja que son 1.319,17 € y si cuento gastos de abogado i a saber si el juez les puede dar la razon no quiero /ni puedo arriegarme economicamente.
Se probó, no salio bien.
A otra cosa!!
Gracias compañeros
Pues no estoy de acuerdo aunque no es lo mismo demandar tú que ser demandado. No es motivo el no estar regulado por el BDE.. Las empresas extrangeras o españolas que operan en el estado español, estan sometidas a toda la legislacion española... Ley de la usura, LEC, CC, LEY DE CONSUMO ETC. Y HASTA A LA CONSTITUCION, que prohibe la indefension.
Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
Última edición por MARIBELICA; 17/04/2024 a las 12:45
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Buenas, yo he hecho reclamación de intereses a Siempleros, en la cual les reclamo unos 260€ pagados en intereses.Aun tengo un préstamo sin devolver de unos 200€, que no voy a pagar porque ya les he devuelto todos los préstamos y dinero de más que es lo que reclamo Hoy me ha llegado esto de su parte:
Buenas tardes!
Es del interés de SIMPLEROS llegar a una solución amistosa para que no sea necesario recurrir a la asistencia judicial, con el riesgo y gasto, tanto de tiempo como de dinero, que ello supone.
Adjuntamos Carta de Remoción. Envíanos la Carta de Remoción firmada por ti.
Luego ya salen mis datos, etc y donde me piden que lo que debo ingresar son 0,00€ y queda el tema cerrado. Entiendo que me dicen esto porque aún tengo un préstamo a devolver, que como digo no lo voy a hacer porque ya he pagado de más.
Ya se que es bastante personal qué haría cada uno, pero agradecería consejo si seguir con la reclamación y intentar que me paguen lo pagado de más o cerrar el tema sin pagar nada y olvidarme de esta gente. Gracias.