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Me dicen que saque foto a la carta con el membrete que pone la dirección de mi trabajo y entre on certificado digital en agencia de protección de datos de España o algo así con certificado o dni electrónico y denuncie que con eso se asustan porque les multan. Es que encima en este trabajo llevo menos de un año ni se como saben que trabajo ahí
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Eso lo tengo que hacer ya o puedo buscar a alguien que me ayude y realizar la denuncia bien ya que con el susto puedo hacerlo mal. Y si denunció a ellos les llega enseguida y pararán o les cobrarán multa o algo. Es que se me caía la cara cuando vino la de recepción y pregunto mi nombre y me dio la carta delante de todos y dijo será multa o olago y dijo el nombre de la empresa de cobros y se me cayó la cara.
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Mira, yo llamaría mañana a la agencia de protección de datos y le digo lo que me pasa y si me pueden orientar de cómo proceder. Deber dinero (o no) es irrelevante ante la situación que te preocupa en tu entorno laboral. Si ellos no saben pues que te orienten, y si fuera necesario pagas a un abogado para que te redacte un escrito conforme tu no das tu consentimiento a que usen tu domicilio laboral para ningún tipo de comunicados, por ejemplo. Esto último lo sabrá hacer un abogado mejor que un ciudadano de a pie, como yo, supongo. Por eso creo que si hace falta soltar los euros para nuestra tranquilidad ante estas incomodidades, pues se hace y punto. Y si repiten tal acción, pues se emprenden medidas.
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Eso me dicen que saque foto a la carta que se vea la dirección donde la mandan y demandarlos a la agencia de protección de datos que los multan y hasta me Dan pasta a mi. Yo no quiero que me den pasta lo que quiero es que no me molesten y vivir tranquilo y si lo adeudo pagarlo poco a poco pero lo que adeudo y que me digan que es porque yo lo pague y ahora me viene que lo debo pero el triple
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Lee lo que te hemos dicho los compañeros aunque haya alguna diferencia en cuanto a opiniones se refiere pues ello es irrelevante. Si lo has entendido más o menos tienes un resumen básico de qué es lo que está pasando. Si no te convence, te toca una cosa: leer bastante este foro durante horas. Te pedirán el triple, el cuádruple, y lo que les venga a la cabeza a ver si picas. Si debes algo que lo vayan a demostrar al juzgado. Y si dudas de algo, pides la documentación de tus productos, aunque yo no movería un dedo y esperaría a que me demanden (si es que lo hacen claro) y actuar en consecuencia
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Como vean que así te incomodan, lo van a seguir haciendo, como han dicho, no entres al trapo con ellos, que a la mínima, ni cuenta de vas a dar, vas a estar reconociendo la deuda, y, aun esta por demostrarse.
Bloquea teléfonos, y si contestas a un numero que no conoces, no digas "SI", si no, di: "Dígame", que estos se las traen. Si luego resulta ser ellos, cuelgas y bloqueas. Nunca des datos personales por teléfono, ni nombres ni DNI.
Relájate, y si quieren algo, que vayan al Juzgado que para eso esta, y si el Juez no fallara a tu favor, pagaras lo que es justo, no lo que te digan estos roba bocadillos.
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Un detalle más: te acercas en privado a la que te dio la carta delante de todos leyéndola en alto, y le recuerdas que el correo personal (aunque esté dirigido a una dirección laboral) es PRIVADO y que hacer lo que ha hecho no solo es poco ético e inmoral, sino que incluso podria der legalmente perseguible.
Si abrió la carta que iba dirigida a ti, directamente cometió un delito. El correo personal es privado, secreto y confidencial y NADIE excepto un Juez (y esto con razones muy fundadas) puede intervenirlo.
Y le dices que las cartas que vayan a tu nombre tiene dos opciones:
a) te las entrega a ti directamente sin airearlas por ahí y de manera estrictamente privada
b) las devuelve rechazadas.
Por supuesto sin abrirlas, porque:
Artículo 197 Código Penal:
1.- El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
2....
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores."
Abrir la correspondencia de otra persona y además hacer público su contenido es un delito muy serio.
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Estoy desesperado
Yo he estado 40 años en la misma empresa y nunca he visto que entregarán el correo a viva voz como se ve en las películas, en el patio de la cárcel o en los cuarteles. Si alguna vez me enviaban algún comunicado a la empresa, me lo entregaban en recursos humanos, y con discreción. Y supongo que no te entregaron la carta abierta, como dice el compañero, eso es un delito.
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Última edición por Exkemao; 07/05/2024 a las 12:52
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