Por la presente, le informamos que Advanzia Bank S.A. va a proceder a modificar determinadas disposiciones de las Condiciones Generales de Contratación aplicables a la Tarjeta de Crédito que mantiene con nuestra entidad.
Como modificación más relevante, se incrementa el tipo de interés nominal anual, que pasa a ser del 19,92% al 21,95%. Esta modificación es causada por la situación actual de los mercados financieros, incluyendo la fase alcista actual de los tipos de interés en la Eurozona, que lleva a nuestra entidad a tener que asumir un coste superior para poder otorgarle financiación a usted.
En consecuencia, la tasa anual equivalente (TAE) se incrementa. El resto de las condiciones financieras permanecen inalteradas. La TAE pasa a ser del 21,84% al 24,30%, donde esta última es calculada sobre las siguientes asunciones: (i) importe total dispuesto de 1.500 euros (dispuesto en su totalidad el primer día); (ii) plazo de amortización de 4 años, en 47 cuotas mensuales de 47,22 euros y una última cuota de 47,10 euros, siendo el importe total adeudado al finalizar este período (capital + intereses) de 2.266,44 euros; (iii) no se realizan nuevas disposiciones realizadas con la tarjeta; (iv) incumplimientos en los pagos por parte del deudor; y (v) no se producen modificaciones en las condiciones contractuales pactadas. Tenga en cuenta que estas asunciones se facilitan únicamente a efectos orientativos y no tienen por qué coincidir con la situación actual de su crédito.
Este incremento del tipo de interés supondrá que el plazo para amortizar su deuda frente a nosotros sea mayor, así como un encarecimiento del coste total del crédito. Tenga además en cuenta que este nuevo tipo de interés será aplicable también a la deuda que usted mantiene actualmente pendiente de pago con nuestra entidad, que generará, a su vez, mayores intereses.
Le recomendamos que revise su situación financiera y considere la posibilidad de aumentar la cuota mensual que paga, para reducir el tiempo y el importe de la deuda.
Adicionalmente, va a modificarse la siguiente cláusula de nuestras condiciones referidas en el sentido siguiente:
Cláusula 14 – se introduce el derecho del banco a proponer modificaciones de las Condiciones Generales de Contratación, incluyendo, sin limitación, el incremento del coste de su crédito (es decir, el incremento del tipo de interés y/o de las comisiones aplicables), con una antelación de al menos dos (2) meses. Las citadas modificaciones o adiciones se considerarán que han sido aprobadas por usted a menos que objete, a través de los medios de comunicación indicados en las Condiciones Generales de Contratación y sin coste alguno, a las mismas con carácter previo a su fecha de efectos o entrada en vigor. En caso de que objete a dichas modificaciones, usted podrá (i) bien resolver el contrato de forma inmediata y sin coste alguno, previo pago del saldo pendiente, antes de la fecha propuesta para la aplicación de las modificaciones; o bien (ii) poner fin a nuevas disposiciones de su crédito manteniendo las cantidades ya dispuestas con las condiciones previamente acordadas con usted, lo que supondrá la cancelación y bloqueo de la tarjeta para su uso a futuro. Las modificaciones relacionadas con el coste total del crédito estarán motivadas por cambios de las circunstancias y condiciones del mercado de crédito al consumo, cambios en los costes asumidos por el banco para otorgar financiación conforme al contrato o al cumplimiento de sus obligaciones como cliente.