Iniciado por
RCB
Si, te pueden incluir desde el primer día del impago, eso si, siempre y cuando te hayan reclamado previamente la totalidad de la deuda de manera fehaciente (Burofax, telegrama, etc), advirtiéndote de la posibilidad de incluirte en ficheros de morosidad.
Si no lo han hecho así, tienes que enviar carta certificada con acuse de recibo a la entidad que te ha incluído, solicitando la exclusión de dicho fichero y si se niegan, puedes solicitar la tutela a la Agencia de protección de datos.
Saludos