Pues muchísimas gracias por ayudarme en todo. Y a ver que pasa. Espero que me alegren en algo.
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Buenas tardes
Quería comunicaros que he perdido contra esta gente , ya que cuando pusieron el monitorio quitaron los intereses, y se ve que el juez no ha visto más cláusulas abusivas. Ahora como proceden ya que en estos temas estoy pérdida? Me harán las cuentas con lo que debo de pagar según la sentencia más las costas etc? Y cuando ejecuten que es lo primero que embargan, me pueden embargar un coche de 15 años y una moto que esta dada de baja temporal por que no funciona y esta casi a piezas?
Si solicitarán el embargo del coche se puede hacer algo si es el que se usa para ir a trabajar y el único que tenemos? Y tengo casa pero con una hipoteca hasta el 2047?
Es que si el juez Quito la usura de intereses, y aún debías dinero del principal, eso siempre hay que pagarlo, , es de ley, lo prestado se paga, si te han quitsdi los intereses de usura eso no es perder, es ahorrarte dinero. Ningún juez te va a perdonar el principal, sí los intereses su son usura
Última edición por gandalfelblanco; 23/09/2021 a las 20:16
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El juez creo que no los a quitado, los quitaron ellos cuando pusieron el monitorio en la cantidad que reclamaban, nos opusimos como que no estábamos de acuerdo en la cantidad que nos reclamaban, ellos contestaron y les dan la razón.
Vamos a ver, si han eliminado los intereses, no has perdido. El tema es que no sabemos el tipo de oposición que hizo tu abogado.
Debes pagar lo que te prestaron restando lo pagado hasta ahora.
Ellos harán la liquidación y ahí saldrá lo que tienes que pagar si no lo dice ya la sentencia.
Pídelo esa sentencia a tu abogado, si no la tienes.
Y por el embargo no te preocupes, ellos no quieren tu coche, quieren dinero contante y sonante y tu casa no es tuya hasta el 2047, es del banco, así que tampoco la pueden embargar y mucho menos por esa cantidad de la demanda.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
Ten en cuenta una cosa muy importante... Si llegan a embargar algo, jamas van a embargar ningun bien con un valor superior a la deuda que tengas. Es no lo ordena ningun juez.
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Vamos a ver si me aclaro he estado haciendo números y aún así siguen sin cuadrarme. Ellos en la sentencia me reclaman una deuda de 2534,03. Que según mis cuentas me cuadra lo que debería con intereses y todo.
1° PRESTAMO 28-5-2016: principal 2500€ del que tendría que devolver con intereses y todo 3553,56.
20,67anual 22,73 TAE.
pago 98,71€ durante 15 meses un total de 1480,65€.
2° PRÉSTAMO 28-10-2017: capital + otros conceptos financiados 4307,05€ del que tengo que devolver 6401,76€ se liquido lo que queda del anterior y me ingresan en cuenta 2500€.
21,44€ anual, 23,69 TAE.
Se pagan 29 cuotas de 133,37€ un total de 3867,73€.
Los dos préstamos llevan un seguro que en el primero me cubre un capital inicial de 7748€ y en el segundo 5522,50€ . ¿No debería cubrirme el capital que me han prestado? Es que de seguros entiendo poco.
¿Hay algo por lo que se pueda recurrir la sentencia. O se podrá recurrir?
La sentencia es del día 6-9-2021. Creo que pone que es firme o algo asi
Última edición por malaracha; 23/09/2021 a las 22:25
Adjunto falloIMG_20210923_220313.jpg que según mis cuentas lo que solicitan es con todos los intereses y todo. Mi abogada se opuso como que no estábamos de acuerdo con lo que nos exigían. Y como no presentaron copia del primer préstamo que liquidamos, presentamos como que del segundo préstamo solo se había ingresado 2500 € y creo que cuando ellos contestaron a lo que nos habíamos opuesto presentaron las copias de todo. Y pone también algo que ninguna de las partes había solicitado vista o algo así.
Última edición por malaracha; 23/09/2021 a las 22:12
Pero maribelica el coche tiene 15 años puede ser el valor interior o igual a la deuda