Iniciado por
saldubiense
Hola de nuevo a todos:
He buscado en otros post pero no he encontrado respuesta clara a estas cuestiones que enumero.
1ª / No encuentro mi contrato de la cuenta por la que estoy en guerra con la entidad. Tiene la tontería de 40 años y después de varias mudanzas, lo normal es que lo encuentre en la próxima. He visto el modelo que hay en el foro para solicitarlo y me parece inmejorable para fastidiarles un poco, ahora bien, suponiendo que lo localicen ¿Me pueden cobrar por darme una copia?
Por la copia del contrato no deben de cobrar nada, ahora bien, dudo mucho que después de 40 años tengan el contrato original de esa cuenta y nadie les va a obligar a tenerlo después de todo ese tiempo, asi que me da que te va a dar igual pedirlo que no. De todas frmas, tampoco es importante ese contrato, porque después de 40 años, las consiciones que tuviese ese contrato están totalmente obsoletas e invalidadas.
2ª / Está claro que los 12 € que me han sustraído de la cuenta con nocturnidad y alevosía, son vitales para que les cuadre el balance y no me los quieren devolver. Ya les he dejado claro, con copia sellada en mi poder, que mi cuenta queda a partir del día 23 de este mes de Junio como únicamente para pagar el préstamo vivienda los dos años que me quedan de aguantarles, y que voy a ingresar exclusivamente la cantidad exacta de la mensualidad, pero ¿Me pueden cobrar en este segundo semestre esa u otra comisión que se inventen y dejar la cuenta en descubierto? Tampoco he visto una solución en ningún post para que no me dejen en descubierto la cuenta ¿Es legal que lo hagan aunque te opongas?
No existen comisiones "que se inventen", las comisiones que te podrán cobrar son las que estipulen sus folletos de tarifas y tu no tienes que pedir que no te dejen la cuenta en descubierto, simplemente es ilegal que dejen tu cuenta en descubierto sin tu permiso expreso y por escrito firmado.
Si el descubierto es provocado por el cargo de algún recibo externo, simplemente no pueden aceptarlo, puesto que no tienes saldo y si el descubierto se produce por el cargo de algo propio del banco (comisiones de mantenimiento, administración, etc.), si pueden realizar el descubierto, no sería ilegal, puesto que esos cargos afectan a la propia existencia de esa cuenta y es en esa cuenta donde se deben cargar.
3ª / Los ingresos mensuales que voy a hacer para cumplir con el pago del préstamo, me dispongo a hacerlos vía transferencia puesto que mi nueva entidad no me cobra por ello, pero ¿Esa transferencia puede ser prueba de que es una cuenta bancaria "normal" y por lo tanto susceptible de cobrarle comisión de mantenimiento? ¿Es mejor ingresarles el dinero en ventanilla el día del vencimiento mensual?
El recibir transferencias en esa cuenta, no conlleva ningún tipo de servicio contratado en esa cuenta, puesto que el servicio en todo caso, lo realiza la entidad desde la que realizas dicha transferencia, distinto sería con las transferencias realizadas "desde" esa cuenta al exterior, eso si que sería un servicio realizado desde esa cuenta y por tanto invalidaría la gratuidad de la comisión de mantenimiento.
Bueno, no os mareo más por hoy
Gracias nuevamente a todos, valéis más euros que merengues se necesitan para romper una campana... (Gracias Tony Leblanc)