Es una noticia antigua, del 2012, pero no tiene desperdicio alguno.
Se trata de un criterio que aplicó la Agencia española de Protección de Datos contra un denunciante (en el ejercicio de sus derechos como consumidor afectado), y esta AEPD, llega a un punto, que desatiende sus denuncias y consultas al haber denunciado hasta en 68 ocasiones ¡¡¡¡
Por supuesto que habria que ver el caso en concreto, y como ha llegado a esta conclusión la AEPD, pero no deja de ser una noticia bastante curiosa.
PD: He verificado que no se tratase de una noticia falsa o una broma, es real como la vida misma...
Ahi os dejo el link:
http://www.legaltoday.com/blogs/nuev...te-compulsivo#
Un saludo