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Tema: Denuncia a Banco ante aepd

  1. #1
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    Avatar de Juan Otero
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    Denuncia a Banco ante aepd

    Buenos días,

    Hace un par de años avalé a un "amigo", en total éramos 4 avalistas más el principal. El problema es que con la crisis ni él ha podido hacer frente a la deuda ni nosotros tampoco, deuda que está en unos 31.000 €. Como os imaginareis la cosa ha acabado en demanda, por importe superior a los 40.000 €.

    Leyendo en vuestro foro y consultando la documentación que ha llegado a mi casa, veo que me han incluido en los ficheros Asnef y Badexcug, un mes antes de que, por un lado la deuda alcanzase el valor de reclamación, y por otro antes de comunicarme fehacientemente la deuda, lo cual es denunciable ante la AEPD, habiendo hasta sentencias previas que imponen multas de hasta 30.000 €.

    Mi idea es comentar ante el banco la cuestión e intentar que me saquen de la demanda a cambio de no poner denuncia contra ellos. Sé que igual es utópico, pero somos cuatro avalistas, más el deudor, es decir 5 casos, es decir que si les imponen 5 multas, van a tener que pagar 150.000 €.

    Además Asnef y Badexcug me mandaron carta cuando la deuda era por importe de 5.800 €, con fecha 30 de Octubre, que es la única que me han enviado, y resulta que consultando el fichero, mi deuda aparece como de 31.000 € desde el 30 de Octubre, lo cual es una chapuza e imagino que ilegal, ya que me deberían haber comunicado dos veces y hacer dos inscripciones en el registro, una en Octubre por 5.800 y otra en Noviembre ( cuando la deuda pasó a ser efectivamente exigible ) con el resto..

    He intentado obtener información pero nadie me guía en este tema........ Ni abogados ni nadie...... Es muy raro, pero parece que se quiera poner un velo sobre determinados temas.

    A ver si alguien posee experiencia previa y me puede aconsejar.

    Muchas gracias,,,,,

    Juan

  2. #2
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    Bienvenido. Pienso que nadie te quiere asesorar, porque en principio tiene pinta de chantaje a la entidad.
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  3. #3
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    Bienvenido

    Depende de la entidad, la AGPD suele contestar que como ya la han sancionado pues no hay más que hacer (sí, resulta ilógico que sólo quieran sancionar 1 vez y no todas las que se pasan, pero así contestan). Así que si tu entidad está en esa lista poco podrás hacer. Si no lo está pues nunca se sabe con la AGPD.
    Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar.
    Llevad mi yugo sobre vosotros, y aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón; y hallaréis descanso para vuestras almas.

  4. #4
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    Avatar de Juan Otero
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    Muchas gracias por el recibimiento, y por la respuesta.

    Ya, ya, no suena muy moral, pero ellos tampoco lo son. A mi me gusta llamarlo negociación, yo hice mal avalando a un "amigo" y ellos han incumplido la ley. El tema es que para mí, la inclusión en listas de morosidad conlleva, necesariamente, a la exclusión social.

    Juan

  5. #5

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    bienvenido Juan

    siento decepcionarte, pero el tema de las sanciones a la AGPD, no es tan sencillo como piensas, te aconsejo darte una vuelta, por el apartado fichero de morosos, para que veas toda la información que hay sobre este tema, cuando hayas recopilado algo de información, volvemos a retomar el tema... un saludo!

  6. #6
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    Avatar de julia59
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    La exclusión social??????mi no comprende
    Proverbios 28:8 2 El que aumenta su riqueza por interés y usura, la recoge para el que se apiada de los pobres."

  7. #7
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    Cita Iniciado por Juan Otero Ver mensaje
    El tema es que para mí, la inclusión en listas de morosidad conlleva, necesariamente, a la exclusión social.
    A mi me hacen un favor durante 6 años que dura: no me meto en nada que no puedo pagar
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  8. #8
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    Hola, muchas gracias por los Bienvenidos.....se agradecen.
    Llevo informándome sobre este tema bastante tiempo, y lo que tengo claro es lo siguiente:

    1.- Asnef me comunica la inclusión en ficheros el 20 de Octubre de 2.010. He pedido copia de mi expediente y esta corroborado.
    2.- El banco me solicita, por burofax, el pago de la deuda, el 27 de Noviembre de 2.010. Ese mismo burofax se adjunta en la demanda.

    Eso incumple la LPD, tal y como se ha posteado en el apartado de fichero de morosos.

    He leído que la AEPD no sanciona dos veces por lo mismo....... Pero para mí, y como alguien escribió en un post, si te saltas un semáforo el lunes, y te multan... si te lo vuelves a saltar el martes... te vuelven a multar.... o en el caso de la AEPD no, esa es mi duda. He leído casos de deudas mucho menores que la mía.

    La cuestión es complicada y me gustaría analizar segundas derivadas.

    Si es un tema ya tratado, por favor, guíame a donde.....

    Muchísimas gracias, ya que hoy sé cosas que ayer no sabía.

  9. #9
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    A eso se refería ese comentario: que así debería ser, pero parece que la AGPD no va por ese camino...
    De todas fiormas por intenterlo que no quede
    Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar.
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  10. #10
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    Me refiero a que no puedes contratar ni una simple línea de teléfono, y que todo es infinitamente mas complicado.

    Cierto es que puedo conseguir lo mismo que cualquiera pero mi experiencia es que lo consigo mucho más caro.... y mucho más tarde.

    Igual es un poco exagerado........ podría darte la razón.

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