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Tema: Comisión de liquidación de cuenta corriente en Bankinter

  1. #1
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    Comisión de liquidación de cuenta corriente en Bankinter

    A ver si alguien ha tenido la experiencia que describo y me puede aconsejar porque ahora mismo no sé por dónde tirar. Leo en el foro por todas partes que la comisión por descubierto en una cuenta corriente es reclamable y parece ser que todo el mundo sabe qué cantidad es. En mi caso, con Bankinter, no veo modo de saberlo. El concepto viene cada tres meses aproximadamente como "Liquidación propia cuenta", por lo que puedo ver a lo largo de los años, cuando hay algo que rascar porque la cuenta ha estado días en saldo negativo. Si por el contrario es un trimestre sin darse esa circunstancia, el concepto que suele aparecer es "Comisión de adminsitración" y es una cantidad fija de 10€. Sin embargo, cuando aparece el de liquidación, la cantidad puede ser más, puede ser menos...

    El recibo, tanto el impreso que pueden enviar a casa como si lo ves por internet, no me aclara absolutamente nada. Viene poco y es totalmente críptico. No figura desglose así no sé como saber cual es la comisión reclamable. ¿Alguien cliente de Bankinter la conoce? No sé si serviría de algo ir presentarme en una oficina del banco con un recibo de estos y que me aclaren, o por teléfono. No sé si viene igual en el propio contrato de la cuenta, que supongo ellos conservan. Ni siquiera sé si en el caso de Bankinter merece la pena ponerse a reclamar esta comisión, porque no parece tan exagerada como la de otros bancos. Viene algo así:

    Concepto
    ________
    INTERESES DEL 15-02-14 AL 15-05-14
    TIPO DE INTERES 8,00% TAE 8,24%
    NROS. COMERCIALES 654,92
    Importe 14,55


    COMISION SOBRE MAYOR SALDO DEUDOR DESCUBIERTO EN EL PERIODO DE LIQUID.
    TIPO: 9,99% ANUAL
    SALDO: -1.509,88
    F.CONTAB: 25-03-14

    Total importe
    14,55

    No sé si deducir que Bankinter no cobra dicha comisión. Como veo al final del recibo Total importe ... y es la misma cantidad de arriba al comienzo del recibo, es como si diera a entender que serían dos conceptos aplicables: Intereses del descubierto y Comisión sobre mayor saldo deudor descubierto, pero que a la altura de este segundo concepto no figura nada, ni 00,00 ni nada. ¿Sería que Bankinter sólo cobra los intereses?

    Esto es una cuenta nómina.

    Si ni siquiera sé si me están cobrando comisión por descubierto, malamente puedo reclamarles nada.

    Hace meses les envié la carta al SAC pidiéndoles el histórico de movimientos, la carta era de las tipo y en uno de los párrafos les ponía: "El histórico de movimientos que les solicito debe de desglosar todos los importes cobrados por ustedes en esa cuenta, incluyendo la comisión de descubierto en cuenta caso de darse".

    Al cabo de un tiempo me enviaron un listado de movimientos pero que no me sirve para nada, pues es muy genérico. Tengo en él localizadas las fechas en donde se procedía al cobro con las denominaciones que indiqué antes: Liquidación..., o Comisión de administración, así como el importe. Pero nada más. Lo suyo sería solicitar únicamente estos cargos, pero que los dieran detallados. Fui a la oficina mía a pedírselos pero me dijo que nanai. Que me daba el tocho de todos (o sea, lo que ya tengo). No me enviaron copia del contrato firmado por mi, y sí constaba en la reclamación la petición.

    ¿Reclamo al Banco de España? Puedo puesto que el SAC de Bankinter ya me han respondido, aunque no me sirva de mucho. ¿Cómo interpretar la frase entrecomillada de arriba, sobre lo que les solicitaba o reclamaba en la carta? Porque el BDE puede decir que el banco ha cumplido, si me ha enviado el histórico, y que también figura desglosado las comisiones de este tipo (AUNQUE YO ENTENDERÍA QUE ADEMÁS FUESE DETALLADO, PERO EL BDE NO SÉ SI PODRÁ O QUERRÁ ENTENDER ESO).

    Consejo por favor

  2. #2
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    Hola, gracias por interesarte Caninus. No, el dato es tal cual lo puse. De todos modos, ¿me lo podrías explicar? ¿En qué te basas para deducir que no hay comisión?

  3. #3
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    Pues estamos bien entonces. ¿Otra juguarreta más?. Gracias Caninus. Ahora sí que me quedo a cuadros. A ver quién me lo explica.

    Con este asunto no sé qué hacer, la verdad. Además es un mal mes para pedir ayuda por lo que veo, es agosto y todo el mundo desconecta. Yo por el contrario es justamente ahora cuando saco tiempo para mis cosas, y por eso aprovecho.

  4. #4
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    Cita Iniciado por Caninus Ver mensaje
    Bueno, la fórmula para la liquidación de intereses en la cuenta corriente sería:

    654,92 x 0,08/360 = 0,1455 euros, y a ti te cobran 100 veces más.

    O por decirlo de otra manera: el tipo de interés tiene que ser calculado en tanto por 1, y a ti te lo calculan en tanto por 100.
    Cita Iniciado por planetagarzo Ver mensaje
    Pues estamos bien entonces. ¿Otra juguarreta más?. Gracias Caninus. Ahora sí que me quedo a cuadros. A ver quién me lo explica.

    Con este asunto no sé qué hacer, la verdad. Además es un mal mes para pedir ayuda por lo que veo, es agosto y todo el mundo desconecta. Yo por el contrario es justamente ahora cuando saco tiempo para mis cosas, y por eso aprovecho.
    INTERESES DEL 15-02-14 AL 15-05-14
    TIPO DE INTERES 8,00% TAE 8,24%
    NROS. COMERCIALES 654,92
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    Estan calculados para tres meses,no para 365 dias.


    Si quieres que te ayudemos mejor,puedes subir los documentos que te ha enviado el banco (sin datos personales,por favor) y los vemos a ver que se puede hacer.

    Aunque sea Agosto, se conecta mucha gente,pero si no damos suficiente informacion no se nos puede ayudar bien,comprendelo,si no lo veo no puedo opinar.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  5. #5
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    Cita Iniciado por planetagarzo Ver mensaje
    Pues estamos bien entonces. ¿Otra juguarreta más?. Gracias Caninus. Ahora sí que me quedo a cuadros. A ver quién me lo explica.

    Con este asunto no sé qué hacer, la verdad. Además es un mal mes para pedir ayuda por lo que veo, es agosto y todo el mundo desconecta. Yo por el contrario es justamente ahora cuando saco tiempo para mis cosas, y por eso aprovecho.
    El compañero Caninus te lo acaba de explicar no? en relación a las comisiones y con los datos que has puesto, y no estoy viendo por ningun lado que sea un mal mes y que todo el mundo desconecta, te ha contestado en menos de una hora de exponer tu duda

  6. #6
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    Gracias por todas las respuestas. Mientras se han producido, yo estaba ojeando por el foro (y es que es mucho mucho...) y encontré un hilo de RCB que aclara las cosas, no me refiero a la comprensión del recibo de liquidación, sino a que... haya o no comisión dentro de esa liquidación, es legal. Por lo que he visto, se distingue:
    -Intereses por descubierto, nada que reclamar obviamente (si están dentro de los márgenes admisibles por el BDE, obviamente).
    -Comisión por descubiertos, nada que reclamar tampoco (supongo que aplicarán la que tengan estipulada en el contrato, aunque para ello tendría que ver el contrato... A ver si algún día se dignan... cogen la llave y lo sacan del cofre en que debe de estar muy muy bien guardado...). Además en este punto, es que como dije ayer, ni siquiera tengo claro que la estén aplicando estos de Bankinter.
    -Comisión de administración (que me aplican 10€ trimestrales cuando se acuerdan, o cuando en ese trimestre no hay liquidación por saldo negativo, no sé muy bien...). Según leo no es reclamable, y eso es lo que he aprendido hace un rato en el foro en el hilo ese.
    -La comisión de mantenimiento no la aplican, creo que es por ser cuenta nómina. No obstante, esto es desde hace pocos años, y hubo que recordárselo (telefónicamente) varias veces...
    -Comisión por reclamación de descubierto, esto no suelen hacerlo, al menos conmigo. Hace meses lo hicieron una vez, creo que fueron 30 o 35 euros, y es una cosa que tengo pendiente de reclamar, pues la fecha está ahí y creo que es fácil (y voy a hacer estos días).

    Veo a ojearme esos dos hilos, Caninus.

    Gracias a todos, chicos y chicas!

  7. #7
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    Y porque no tienes que reclamar las comisiones por descubiertos.
    Esas y las de mayor descubierto.
    ¿Tu has autorizado expresamente esos descubiertos?.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  8. #8
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    Bueno, el enlace al BDE de RCB y el mismo RCB nos dice que son legales.

    La única cuestión discutible es lo que apuntas, que si no las hubiera autorizado expresamente (firma), no deberían de dejar que se produjeran descubiertos.

    Pero yo ahí no voy a entrar: ni quiero ni puedo.
    No puedo porque yo sin los descubiertos en cuenta, en muchas ocasiones, sencillamente, no sobreviviría. No tengo cuajo para quejarme de que la cuenta entre en descubierto, por el cargo de recibos y recibos de esto y lo otro, a partir de cierto momento del mes en ciertas ocasiones, cuando si no fuera así pues dichos recibos serían devueltos y eso es precisamente de lo que más me quejaría y más me dolería, aparte de los problemas que generaría, comisiones y demás.
    Por eso no quiero destapar ese asunto. A mi me interesa poder moverme con y sin descubierto en cuenta. Me permite un márgen que, de no tener, me colocaría en peor situación. Por ejemplo, depender mucho más de tarjetas de crédito, comisiones de disposición de efectivo, etc. y todo esto me lo evito en gran medida.

  9. #9
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    Es legal,pero improcedente si no cumple unos requisitos.
    Entonces ¿que vas a reclamar?.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  10. #10
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    Respecto a este asunto (del hilo) creo que lamentablemente no hay nada, o muy muy poco, donde poder rascar. En esto desisto.

    Por otra parte tengo otras cosas pendientes como ya he dicho, así que por aquí seguiré y por aquí nos veremos.

    Gracias al foro en su conjunto (usuarios, asociados, etc) pues la verdad que está muy vivo y contiene gran cantidad de información. Una pequeña pega es que a veces cuesta encontrarla un poquito, no están las cosas muy ordenadas ni a mano (me refiero a los asuntos fijos: guías, modelos de cartas, etc) que igual deberían estar "más visibles".

    Ánimo a todos, que a veces es cuestión de paciencia y perseverancia (Si la reclamación está bien planteada, claro).

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