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Tema: CITIBANK. Apropiación indebida sí, decencia no.

  1. #1

    xxxxxxxxx
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    CITIBANK. Apropiación indebida sí, decencia no.

    Con este post os pongo en aviso de un hecho real repetido por Citibank y sus prácticas.

    Mañana he de ir a una sucursal de Citibank y de paso llevaré este regalo. (la carta adjunta como reclamación)

    Archivo adjunto 597
    Última edición por xxxxxxxxx; 08/03/2012 a las 04:13

  2. #2
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    'vengeur':

    Hace unos meses, allá por octubre de 2011, cuando dejé de poder hacer frente a los pagos de CB y MBNA y ante la posibilidad de que mi C/C quedara en descubierto por el pago de los recibos domiciliados, di de baja las domiciliaciones de dichas entidades. Ningún cargo más de MBNA fue, desde entonces, atendido, pero curiosamente, todos los meses se seguían pagando 2 ó 3 recibos de CB. Tenía que llamar otras tantas veces a banca telefónica para que retrocedieran los pagos, cosa que hacían sin problema alguno.

    Me puse en contacto con banca telefónica de Barclays donde me dijeron que CB, cambiaba las referencias (CIF) de sus recibos con objeto de que -ante la anulación de la domiciliación- sus cargos se siguieran pagando. De hecho,cuandoentré en mi cuenta de banca internet, en el apartado domiciliaciones, aparecían 5 referencias de CB distintas. Presenté mi queja ante el hecho de que Barclays atendiera pagos domiciliados que yo no había autorizado. Para solucionarlo, hicieron un apunte manual y, desde entonces, nunca más.

    Se ve que tu banco es más estricto que el mío en cuanto al pago de recibos domiciliados.

    Post-It
    Última edición por Post-It; 08/03/2012 a las 09:26

  3. #3

    xxxxxxxxx
    Avatar de xxxxxxxxx
    Bueno, pues ya he pasado por mi sucursal de Citibank más cercana (donde ya me conocen porque ahí fue donde puse anteriormente otra reclamación) y..... reclamación en marcha.

    Como corresponde ser justo e imparcial, para mí el nombre de Citibank es algo que relaciono con manifiesto abuso -cuando no intento de robo- pero en esa sucursal son muy competentes, simpáticos y muy majos.

    Al ir a pagar me dicen: "Hola ¿otra reclamación?...." jajajajaja, siiiiiiiiiiiiiii, otraaaaaa y además les he explicado el motivo y "que les parecía muy bien".

    Lo que veo que no acaban de entender, ¡ vaya por Dios !, es que ellos también entendían que eran cobrables los 30 euros por la mera devolución. A este respecto, les recomendaría que leyeran lo que dice el BdE sobre esto, y que no voy a volver a escribirlo porque ya es repetitivo.

    He pagado, he rellenado mi hoja de Reclamación para hacerla llegar también a Consumo y, eso sí y es lógico, la sucursal no deseaba ser considerada culpable de este incidente, por lo que han escrito "que se trataba del departamento de cobros y su gestión"


    Finalizo mandando un saludo a Post-it por su información. Obviamente yo tengo que presentar mis escritos a hechos reales que se puedan comprobar en las grabaciones. No puedo hacer presunciones aunque ciertamente les haya ocurrido a terceros.

  4. #4
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    'vengeur':

    No tendría inconveniente alguno en proporcionarte cualquier soporte argumental al respecto... pero, lamentablemente, no dispongo de nada.

    Dicho lo cual, y dado que no tengo otra cosa que hacer a diario sino escudriñar cualquier posibilidad en la búsqueda de cualquier resquicio legal al que agarrarnos -como clavo ardiente- para, al menos, intentar 'enc*lar' a nuestros contrarios, me permito dejar al criterio de los expertos legales de FAU la siguiente reflexión:

    Recuerdo que allá por 1994, la empresa estadounidense de sistemas de información para la que por entonces trabajaba fue adquirida por Compaq (HP). Entonces, a los más de 1.000 empleados que trabajábamos en la subsidiaria española se nos comunicó que -dándose un cambio de CIF- deberíamos aceptar la firma de un nuevo contrato laboral si deseábamos continuar en las nóminas de la compañía, en caso contrario, los contratos quedarían automáticamente resueltos. Algunos lo aceptaron y otros no lo hicimos, por lo que éstos últimos fuimos despedidos y generosamente indemnizados (algunos, con 90 días por año trabajado).

    A la vista de lo escrito por 'vengeur', expresado mi caso particular y dando por hecho que la normativa legislativa de los ámbitos expuestos (laboral, mercantil, civil, procesal, etc.) son -posiblemente y en muchos casos- incompatibles, sería interesante contar con la doctrina de los expertos en temas legales de FAU, en el sentido de si cabe alegar algo en nuestro favor en el caso de que los C.I.F asociados a las domiciliaciones que se nos practican sean diferentes al que aparece en la Solicitud de Tarjeta firmada por el cliente de la entidad financiera (caso de Citibank).

    Gracias anticipadas,

    Post-It
    Última edición por Post-It; 08/03/2012 a las 15:03

  5. #5
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    Avatar de Que te pego leches
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    Te has equivocado en la fecha de la carta, pone 8 de marzo de 20 ¡11!
    Cita Iniciado por vengeur Ver mensaje
    Bueno, pues ya he pasado por mi sucursal de Citibank más cercana (donde ya me conocen porque ahí fue donde puse anteriormente otra reclamación) y..... reclamación en marcha.

    Como corresponde ser justo e imparcial, para mí el nombre de Citibank es algo que relaciono con manifiesto abuso -cuando no intento de robo- pero en esa sucursal son muy competentes, simpáticos y muy majos.

    Al ir a pagar me dicen: "Hola ¿otra reclamación?...." jajajajaja, siiiiiiiiiiiiiii, otraaaaaa y además les he explicado el motivo y "que les parecía muy bien".

    Lo que veo que no acaban de entender, ¡ vaya por Dios !, es que ellos también entendían que eran cobrables los 30 euros por la mera devolución. A este respecto, les recomendaría que leyeran lo que dice el BdE sobre esto, y que no voy a volver a escribirlo porque ya es repetitivo.

    He pagado, he rellenado mi hoja de Reclamación para hacerla llegar también a Consumo y, eso sí y es lógico, la sucursal no deseaba ser considerada culpable de este incidente, por lo que han escrito "que se trataba del departamento de cobros y su gestión"


    Finalizo mandando un saludo a Post-it por su información. Obviamente yo tengo que presentar mis escritos a hechos reales que se puedan comprobar en las grabaciones. No puedo hacer presunciones aunque ciertamente les haya ocurrido a terceros.

  6. #6

    xxxxxxxxx
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    ostrassss....jacalvo.

    Manda huevossssssss. ¡¡ He puesto 2011 en lugar de 2012 !!

    Ya veremos qué dicen. En cualquier caso, el jueves 8 de marzo de 2011 no existe. Cayó en martes.

    Mil gracias por darte cuenta y decírmelo.

    Edito: No pasa nada. Todo lleva el sello de la entidad con el día de hoy y la reclamación también.
    Última edición por xxxxxxxxx; 08/03/2012 a las 23:28

  7. #7

    xxxxxxxxx
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    Interesante lo que dices Post-it. A ver si un profesional en la materia nos aclara la duda.

  8. #8
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    Cita Iniciado por vengeur Ver mensaje
    ostrassss....jacalvo.

    Manda huevossssssss. ¡¡ He puesto 2011 en lugar de 2012 !!

    Ya veremos qué dicen. En cualquier caso, el jueves 8 de marzo de 2011 no existe. Cayó en martes.

    Mil gracias por darte cuenta y decírmelo.
    ... sólo que llevas un año más reclamando y subiéndote por las paredes. Siendo -como soy- un ignorante leguleyo, supongo que la fecha no tiene la misma importancia vital que en un documento contractual... además, desde la experiencia puedo asegurarte que -si CB no presta atención alguna a los textos de las reclamaciones- menos aún a las fechas.

    Post-It
    Última edición por Post-It; 08/03/2012 a las 17:47

  9. #9
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    A mi me fue sencillo anular los pagos de citibank, lo unico que le dije al director de mi banco, que todo lo que entrase de pagos relacionados con citibank, que los devolviesen, y hasta ahora a sido siempre asi. Bueno, tambien ayuda a que cumplan, el no tener ni un euro en la cuenta, jejejejeje!!!!

  10. #10
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    'vengeur':

    No tendría inconveniente alguno en proporcionarte cualquier soporte argumental al respecto... pero, lamentablemente, no dispongo de nada.

    Dicho lo cual, y dado que no tengo otra cosa que hacer a diario sino escudriñar cualquier posibilidad en la búsqueda de cualquier resquicio legal al que agarrarnos -como clavo ardiente- para, al menos, intentar 'enc*lar' a nuestros contrarios, me permito dejar al criterio de los expertos legales de FAU la siguiente reflexión:

    Recuerdo que allá por 1994, la empresa estadounidense de sistemas de información para la que por entonces trabajaba fue adquirida por Compaq (HP). Entonces, a los más de 1.000 empleados que trabajábamos en la subsidiaria española se nos comunicó que -dándose un cambio de CIF- deberíamos aceptar la firma de un nuevo contrato laboral si deseábamos continuar en las nóminas de la compañía, en caso contrario, los contratos quedarían automáticamente resueltos. Algunos lo aceptaron y otros no lo hicimos, por lo que éstos últimos fuimos despedidos y generosamente indemnizados (algunos, con 90 días por año trabajado).

    A la vista de lo escrito por 'vengeur', expresado mi caso particular y dando por hecho que la normativa legislativa de los ámbitos expuestos (laboral, mercantil, civil, procesal, etc.) son -posiblemente y en muchos casos- incompatibles, sería interesante contar con la doctrina de los expertos en temas legales de FAU, en el sentido de si cabe alegar algo en nuestro favor en el caso de que los C.I.F asociados a las domiciliaciones que se nos practican sean diferentes al que aparece en la Solicitud de Tarjeta firmada por el cliente de la entidad financiera (caso de Citibank).

    Gracias anticipadas,

    Post-It
    ¿De qué CIF se trata? ¿Del de una empresa, o ente jurídico de algún tipo?

    La verdad es que lo relevante en tu caso y en el de todos los clientes de Citibank, más que si los recibos domiciliados van a un CIF u otro es que sólo tienes una solicitud de tarjeta, ¿verdad?

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