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DEMANDA CAIXA DE 2009
.. Buenos días compañeros/as Ya me presenté en su día al Foro (el año pasado), ya que tenía y tengo problemas de impago. Os agradecería mucho cualquier información al respecto con este tema. En 2009 recibí un REQUERIMIENTO del Juzgado "X" de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD DE 9000 € en donde me daban de plazo 10 Días para efectuar el pago, cosa que no puede hacer porque si dejé de pagar dicho préstamo fue porque no podía hacerlo. El caso es que en las PREVENCIONES LEGALES ponía que "Si no hace efectivo el pago, se seguirá la via de apremio contra bienes de su propiedad", Y contra esa resolución no cabía recurso alguno. Pues hasta día de la fecha no me han embargado nada. El caso es que en Diciembre creo que la CAIXA vendió su cartera de impagados a LINDORFF, y cuál ha sido mi sorpresa que hace un par de días recibo después de OCHO años un documento del mismo Juzgado donde se me informa de la sucesión procesal por parte de LINDORFF, acordándose continuar la ejecución a favor de LINDORFFT INVESTMENT.
...El caso es que yo ya hace años que tengo la nómina embargada (según los tramos legales) por la CAIXA por otro préstamo personal.
...Me pregunto que como ha podido estar tanto tiempo parado en dicho Juzgado el requerimiento y no hayan procedido a la ejecución del embargo. Tal vez porque sabían perfectamente que ya tenía la nómina embargada por ellos mismos y sabían que al carecer de otros bienes embargables no podían hacer gran cosa y por eso la vendieron a LINDORFFT??..
...El caso es que ahora el nuevo propietario de la deuda son esta gente que os digo y que son los que se tienen ahora la sucesión procesal tal y como ya la tenía en 2009 la CAIXA. Espero no haberos liado mucho con esta historia que después de tanto tiempo me ha dejado un poco sorprendido.
...Imagino que al tener ya mi nómina embargada en origen y carecer de bienes embargables, no me pueden embargar nada más cuando dicten la ejecución de la demanda no??...Ufff que lio es esto par mi, y eso que ya llevo años de experiencia. Muchas gracias y perdonad este rollo que os he metido. Saludos.-
Última edición por HISPALENSE; 20/06/2017 a las 13:51
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Si en su día pidió la caixa ejecucion y no pudieron cobrar,ahora han vendido los derechos de esa ejecución y ahora intentarán cobrar los nuevos dueños.
Ya no les hace falta pedir la ejecución,simplemente si tienes la nómina embargada buscarán saldos en cuentas o algo de donde tirar.
Las ejecuciones,una vez obtenida la orden,no prescriben.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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..Muchas gracias Amazona 22, el caso es que desconozco si en su día se pidió ejecución o no, ya que a mi no me informaron de nada. Respecto a saldos en cuentas no tengo ninguno, ya que sólo dispongo de una cuenta que es en donde me ingresan la nómina que como os digo ya previamente está embargada.
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saca ese dinero que cobras en mano, p0r que podrian hacerte barrido en algun momento y llebarte una desagradable sorpresa
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Eso llevo haciendo desde hace años Pachuli. El mismo día que me ingresan la nómina lo saco todo a excepción de 4 o 5 € que dejo. Imagino que si alguna vez hicieran un barrido el mismo día que me ingresan la nómina, se podría recuperar si justifico ante el Secretario judicial que eso es el sobrante que me queda después de aplicar el embargo en origen, y que no es de dinero extra que yo pueda tener en dicha cuenta no??..a ver si alguien ha tenido algún problema similar, porque en años no me ha pasado nada, pero con esta gente que han comprado la deuda vete a saber. Gracias, un saludo.-
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yo tengo unas alarmas en forma de sms en el movil que me avisa en cuanto entra la nomina, con lo cual el dinero dura en cuenta escasos minutos hasta que lo saco,
ya seria el colmo de la mala suerte hacer un barrido en el misimo momento que te entra la nomina en la cuenta ,
asi que tranquilo, dinero que haya en cuenta, dinero a la buchaca
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Buenas noches ante todo, pero si hubieran pedido ejecucción se lo habrian tenido que notificar y si no lo han hecho, entonces no prescribe la deuda?
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DEMANDA CAIXA DE 2009
Iniciado por
jep
Buenas noches ante todo, pero si hubieran pedido ejecucción se lo habrian tenido que notificar y si no lo han hecho, entonces no prescribe la deuda?
Tienen 5 años para pedir ejecucion tras una sentencia firme u teniendo los titulos no judiciales de prestamos ante notario....como bien dice Hispalense, al no presentarse ni hacer nada el juez dictó la via de apremio en su dia y a partir de ahí y una vez su señoria lo dicta, (en la demanda ya explicas que lo indicaba) , ya no prescribe...y lo notifica el juzgado(empieza su hilo explicando que ya lo hicieron en su dia).
Es tal y como dice Amazona y además es el tipico caso en el que el acreedor se ha puesto a la cola ya que le estaban embargando con anterioridad.
En el caso de no llegar nada del juzgado es que aun no lo han solicitado, cosa que en este caso no es así.
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Última edición por MARIBELICA; 22/06/2017 a las 05:55
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Iniciado por
Pachuli
yo tengo unas alarmas en forma de sms en el movil que me avisa en cuanto entra la nomina, con lo cual el dinero dura en cuenta escasos minutos hasta que lo saco,
ya seria el colmo de la mala suerte hacer un barrido en el misimo momento que te entra la nomina en la cuenta ,
asi que tranquilo, dinero que haya en cuenta, dinero a la buchaca
Que moderno eres Pachuli!! jaja
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...Que moderno eres Pachuli jaja