Buenas tardes,
Como os comentaba en mi presentación, he recogido un monitorio en el juzgado. Es de mi marido, se lo pone INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, por la cantidad de 1.664.14€.
El caso es que 2007 pidió una financiación en la Clinica Dental Line, la financiera era Finconsum.
En 2008, de repente la clínica cierra sin previo aviso, y sin haber terminado de cumplir los tratamientos financiados, por lo que mi marido deja de pagar.
No se vuelve a saber nada de este tema hasta hoy. Por lo visto FINCONSUM primero le cedió los derechos de la deuda a HOLDER UNO, y estos luego se la vendieron a INTRUM, de todo esto mi marido no sabia nada hasta hoy.
La demanda es un tochón de papeles de notario de la venta de la deuda que va en un pack, con un montón de nombres, apellidos, DNI , importes de deuda, donde curiosamente no viene el nombre de mi marido. Es decir el importe que ellos pagaron por la deuda de él.
Referente a su deuda viene:
-Contrato de FINCONSUM
-Carta de comunicación de cesión de deuda de FINCONSUM a HOLDER UNO (que mi marido nunca recibió)..
-Carta de comunicación de cesión de deuda de HOLDER UNO a INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE (que mi marido nunca recibió)
-Un certificado de crédito fallido donde vienen unos movimientos anotados, con membrete de INTRUM
-Autorización a otra empresa a cobrar la deuda en su nombre.
En estos momentos no podemos permitirnos un abogado, ya que solo entra el sueldo de mi marido en casa, tenemos una niña y otra en camino, por eso os agradecería, vosotros que sabeis de esto, al ver la documentación me orientaseis de si hay opción de oposición o no se puede hacer nada. En la demanda vienen un montón de actas notariales de la cesión de la deuda que no he subido, pero si las quereis ver, puedo subirlas. Aquí os pongo los documentos que me parecían más importantes,. Gracias de antemano por vuestras respuestas, espero haber seguido los pasos de forma correcta, sino pido disculpas.Archivo adjunto 34419
La deuda al ser inferior a 2000 euros no es obligatorio llevar abogado ni Procurador, cuando lo vean los asesores te ayudan
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Para MONITORIOS, se aconseja hacer uso de abogado y procurador aunque no sea obligatorio.... El no ser obligatorio no quiere decir que para que te defiendan no lo lleves..... Un MONITORIO no es una DEMANDA DE VERBAL DIRECTO.
Son procedimientos distintos.