Los intereses me parece a mi que las cobraron porque era un préstamo de 3000 euros y me embargan 3900 euros .que me imagino que los 900 euros serán los intereses. Pero al día de hoy sigo sin recibir la carta con el importe de las costas
Los intereses me parece a mi que las cobraron porque era un préstamo de 3000 euros y me embargan 3900 euros .que me imagino que los 900 euros serán los intereses. Pero al día de hoy sigo sin recibir la carta con el importe de las costas
Acércate al Juzgado y se lo comentas..
ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.
"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
En ese primer ejecutivo que has pagado iba principal+interses hasta el momento de ejecutar. También va la cantidad fijada prudencialmente para " intereses y costas" ( cálculo de los intereses del tiempo que vas a estar en pagar desde sentencia + abogados y procurador contrarios). Si la parte contraria está atenta, un mes antes de que la cantidad esté completa en la cuenta del Juzgado, envía la factura de los intereses hasta esa fecha+ los suplidos que conforman los gastos de abogado y procurador contrarios. De forma que con eso, la Secretaria sigue con el embargo hasta que lo tiene todo y no te tiene que iniciar otro procedimiento reclamándote los intereses y las costas y que por supuesto, te van a generar otra "factura" de procurador y abogado contrarios ( no trabajan gratis, cada gestión la cobran). Antiguamente se hacía así, pero en la mayoría de Juzgados, ahora, los secretarios lo hacen de esta manera para abreviar y que salga más barato. Unificaron criterios porque antes, cada uno interpretaba a su manera
Gracias lokutus , entonces que me seguirán embargado los 500 y pico euros o lla acabaría el embargo , porque notificar no notificaron nada y de eso el 25 hace un mes
En teoría es tu empresa la que debe cortar con el embargo, en su día recibieron una notificación de embargo con la cantidad total a embargar.
Mientras no les llegue nueva orden de embargo, tu empresa debería atenerse a la orden de embargo emitida en su momento y cuando lleguen al total retenido, es la empresa la que debe finalizar el embargo.
Habla con tu empresa.......
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
Soy jubilado, lo que me ***** es que si el sacre taria del juzgado me dijo que en 10 días me mandaban la carta , porque no la recibo un saludo y gracias
Las fechas para comunicar algo.... bailan. Lo mejor es lo que te han aconsejado, ir y consultar en el juzgado.