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Llega la nueva ley de protección de datos
La nueva Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales de nuestro país cada vez está más cerca. Mañana miércoles, y pese a las polémicas generadas por algunos de sus artículos, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados dará previsiblemente su visto bueno para que*el texto propuesto por el Gobierno siga su camino hacia el Congreso y el Senado.
https://www.elconfidencial.com/tecno...echos_1627714/
http://cloud.tapatalk.com/s/5bbd0cc2...-12-A-13-3.PDF
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Llega la nueva ley de protección de datos
Uno de los aspectos que nos puede interesar,entre otros, cuando se apruebe la Ley.........
Arrtículo 20. Sistemas de información crediticia.
1. Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al
incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito por sistemas comunes de información
crediticia cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
b) Que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no
hubiese sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento
alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.
c) Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago
acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquéllos en los que participe.
La entidad que mantenga el sistema de información crediticia con datos relativos al incumplimiento de
obligaciones dinerarias, financieras o de crédito deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y
le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del
Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema,
permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.
d) Que los datos únicamente se mantengan en el sistema mientras persista el incumplimiento,
con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria,
financiera o de crédito.
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Llega la nueva ley de protección de datos
Iniciado por
FLGR994
Uno de los aspectos que nos puede interesar,entre otros, cuando se apruebe la Ley.........
Arrtículo 20. Sistemas de información crediticia.
1. Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al
incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito por sistemas comunes de información
crediticia cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
b) Que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no
hubiese sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento
alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.
c) Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago
acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquéllos en los que participe.
La entidad que mantenga el sistema de información crediticia con datos relativos al incumplimiento de
obligaciones dinerarias, financieras o de crédito deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y
le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del
Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema,
permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.
d) Que los datos únicamente se mantengan en el sistema mientras persista el incumplimiento,
con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria,
financiera o de crédito.
Correctooo.... Ahí está lo de losc5 años de prescripcion del apunte y no 6 como ahora.
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Paciencia chicos porque esto no es de hoy para mañana. Echadle unos meses todavía
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Llega la nueva ley de protección de datos
Por unanimidad, la Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado el texto de la futura Ley Orgánica de Protección de Datos, una normativa que va más allá de la mera adaptación del reglamento europeo. Ahora deberá proseguir su tramitación, y el texto será debatido previsiblemente en el Pleno del próximo día 18 de octubre.
https://www.publico.es/espana/protec...ion-datos.html
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Llega la nueva ley de protección de datos
Se espera que el pleno del Congreso apruebe esta normativa mañana18 de octubre.,tendremos noticias ....
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Tras la decisión del Tribunal Europeo, aquí viene el Supremo
...De este modo, la sala tercera del Tribunal Supremo modifica su jurisprudencia anterior e interpreta el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero....
https://www.elindependiente.com/econ...dium=navegador
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Y ahora acaba de salir que el impuesto de actos jurídicos de las hipotecas, las deben de pagar los bancos. No pasa nada, no os preocupéis por ellos, que ya lo pagaras tu mes a mes
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Bueno peperco ánimo, que poco a poco se les va colocando en su sitio, si es cierto que se ya se inventarán alguna forma de trasladar sus perdidas al ciudadano, al igual que el impuesto que el PSOE quiere cargar a la Banca, en eso no hay que ser iluso, pero también nosotros ya buscaremos nuevas formas y resquicios legales para ponerles freno. Hasta ahora era un total cachondeo por su parte.
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A mi lo que me jo... es que les da igual, que les multen, que entren en quiebra, que tengan sentencias en contra que les obliguen a devolver.
A fin de cuentas, como bien dices, Marlyn, "Ya se inventaran alguna forma de trasladar sus perdidas al ciudadano" (entrecomillado y dicho el autor, no vaya a ser que luego me digan algo de que si he copiado sin dar las fuentes, ja ja ja)
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