Hola,
Me gustaría saber qué sucede cuando te embargan el sueldo después de que haya salido la resolución de un juicio por un crédito impagado.
1.Lo que me gustaría saber es: la nómina viene ya directamente con el embargo descontado o te la ingresan como siempre pero luego te bloquean una parte de ella en la cuenta.
¿Qué sucede si tu cuenta está bloqueada tb o te la van a bloquear?. Se supone que si la cuenta te la han bloqueado cuando te ingresen el sueldo no vas a poder coger ni 1 euro de ella. ¿Qué sucede en estos casos?. ¿Se habla con el director para explicarle que ya te han quitado la parte que legalmente te embargan y que no tienen derecho a quitarte el resto de la nómina por el bloqueo de la cuenta?.
Hablo básicamente de que tú tengas cuenta en una entidad distinta a la que te llevó a juicio, es decir, que si la entidad A te llevó a juicio por impago solicita que te embarguen el salario, pero el salario lo tienes en la entidad B, que tienes la cuenta bloqueada en ella. Ya sé que puedes abrir otras cuentas pero no vas a estar abriendo una cuenta cada mes.
2.¿La nómina te la pueden entregar en mano y luego tu vas a cualquier banco y te la ingresan o depende de la empresa, algunas te las pueden dar en mano y otras no?.
Gracias,
Un saludo.