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Tema: Monitorio dudas

  1. #1
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    Monitorio dudas

    Hola a todos.

    Disculpad que inicie tema nuevo.. A ver si algún alma caritativa me puede orientar...

    Recibí un monitorio por impago de deuda de una de nuestras apreciadas empresas buitres, no diré cual de momento para no regalar información a lectores no deseados.

    El monitorio es por importe de 1000 y pico euros ( es correcto, no está inflado). Solo que me lo reclama la empresa buitre, no el acreedor original que era una entidad financiera que emite tarjetas revolving. A mi no me informaron de esa venta, aunque a lo mejor no están obligados, no se.

    Mis preguntas son...

    1.- en el monitorio me Dan 20 días para oponerme, sin especificar si son hábiles o naturales... Por defecto son hábiles? He pasado unos días muy malos y no me he podido ocupar hasta ahora, y si son hábiles, se cumplen el 19. Si son naturales, mañana día 11.

    2.- tengo alguna base para oponerme? Como os digo, ese dinero lo debo, es el saldo que arrojaba la tarjeta a día del primer impago, eran tiempos mucho peores que ahora...

    3.- en el supuesto de que no haga nada y simplemente se ejecute la deuda o como se diga... No dispongo de 1000 y pico euros ahora mismo... Me pueden embargar bienes inmuebles, o primero irían a por la nómina?

    En caso de poder oponerme, y que me aconsejeis hacerlo, por favor indicadmelo...

    Muchas gracias anticipadas como siempre por vuestra inestimable ayuda.

    Un saludo



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  2. #2
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    Monitorio dudas

    Son días hábiles. En principio, si eso es lo que debes, no hay motivos de oposición. ¿Oponerte en base a qué? Y no, no irán a por ningún inmueble por esa cantidad. Lo normal: cuentas bancarias, devoluciones de la AEAT y embargo de salario.

  3. #3
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    Yo pienso que siempre se tiene que oponer uno... primero ver que tipo de TAE tiene tu tarjeta revolving.. Segundo ver lo que disponiste y pagaste... estoy convencido que te piden más de lo que tienes que pagar realmente. Yo lo pondría en manos de un abogado ya sin tardar mucho. Pero los expertos te dirán algo. Mucha Suerte y si haces todo bien seguro que saldrás ganando.

  4. #4
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    Monitorio dudas

    albertini sí, pero es que nos está diciendo que eso es lo que debe y que no está inflado. Y para oponerse hay que oponerse con fundamentos y pruebas y en base a algo. Otra cosa es que no sea eso lo que debe. Quizá una consulta a un abogado que se lo vea sea buena idea, sí.

  5. #5
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    Monitorio dudas

    Muchas gracias a ambos ????????

    Si, bueno... A decir verdad el límite era de 1200 creo, como mucho está inflado 100€, fue hace casi 5 años y para ser sincero no recuerdo haber pagado muchas cuotas, y seguro que las dispuse de nuevo porque era época destroyer y gastaba todo lo que caía en mis manos.

    Mi pregunta sobre oponerme o no era más bien por el hecho de ser una deuda "comprada" y no notificada, pero teniendo en cuenta que no tengo documento alguno para justificar pagos... Lo único que consta es mi firma, que está en todos los documentos. Por eso digo de entrada que deberlo... Lo debo. Eso sí, dudo mucho que ellos puedan demostrar algo tampoco



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  6. #6
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    Eso está claro que para oponerse se tienen que tener fundamento y prueba... pero cuantas veces sabemos que muchas veces o casi todas nos las intentan colar jajja por eso decía que lo mejor es que lo mirara un abogado que ven cláusulas abusivas por todos los lados y ven si está toda la documentación como los movimientos de esa tarjeta... pero tú sabes mucho más que yo de cómo actuar en estas cosas un fuerte abrazo efcarrasco.

  7. #7
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    Si te estoy dando la razon. Yo me gastaría un poquillo de dinero en una consulta a un abogado. Y si el ve posibilidades, adelante.

  8. #8
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    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    Son días hábiles. En principio, si eso es lo que debes, no hay motivos de oposición. ¿Oponerte en base a qué? Y no, no irán a por ningún inmueble por esa cantidad. Lo normal: cuentas bancarias, devoluciones de la AEAT y embargo de salario.
    Una pregunta con lo de los días hábiles. ¿Son hábiles pero contando el territorio nacional o son hábiles contando solo en donde está el juzgado? Por ejemplo te ponen un monitorio en el juzgado de Lugo y es festivo en Galicia un día, pero en el resto de España no. Cuentan los 20 días hábiles nacionales o ese día festivo en Galicia por ejemplo no cuenta en los 20 días? No se si me expliqué bien xD

  9. #9
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    Monitorio dudas

    Donde está el juzgado. Los sábados, domingos y festivos (nacionales, autonómicos y locales DONDE ESTA EL JUZGADO) no cuentan.

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