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Vale pero esque yo lo unico que cobro son 400 e no hay nada mas...pueden tocarme eso?pq con eso yo pago luz,agua,un coche,comida....o pueden tocar nominas de familiares?esque nunca me a pasado esto y no entiendo mucho!gracias
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No, no pueden. Hasta el SMI cualquier nómina, pensión, prestación, etc. es inembargable. Lo que sí pueden hacer es barrer el saldo de las cuentas bancarias. En cuanto cobres quitalo de la cuenta o utiliza una donde estés de autorizada y no de titular.
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También, y solo si puedes, podrías intentar llegar a un acuerdo de pago de poca cantidad de dinero mensual: 20, 30 o 40€ por ejemplo. Mas que nada para que salgas algún día de esa deuda y te quites ese peso de encima y de paso te ahorras los intereses de demora. Si tienes suerte incluso podrían aceptar no cobrarte los intereses ni las costas. Son solo 1000€ y no vale la pena pasarse la vida de moroso teniendo que hacer los malabares que hacemos los que tenemos un embargo por cantidades mas grandes (exposición a barridos, cuentas a nombre de otro, etc.).
Una cosa que yo no he hecho nunca, pero que si me lo aconsejo en su momento la procuradora de la parte contraria fue ir haciendo ingresos de lo que yo pudiera en la cuenta del juzgado, poco a poco, lo que me viniera bien. Me dijo que en esos casos (cuando no hay bienes ni funciona el embargo de nomina) la mayoría de sus clientes (bancos y financieras sobretodo) optaban por no pedir mejora de embargo y dejaban que fueras pagando poco a poco, ya que ese dinero no se pierde y ademas ellos podrían pedir mejora de embargo mas adelante, cuando quisieran.
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Muchas gracias,intentare de llegar a un acuerdo,gracias
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