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Tema: Dudas sobre prescripción de deudas

  1. #1
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    Avatar de josegate
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    Dudas sobre prescripción de deudas

    Muy buenas, tengo algunas dudas sobre la prescripción de deudas.

    Si no me equivoco, desde la reforma de la ley en el 2015, las deudas prescriben a los 5 años, no?

    Bien, mi duda es la siguiente, mi padre tiene varias deudas que os expongo a continuación con la fecha desde que están impagadas.

    Bancopopular-e 15-12-2015
    Uno-e 21-12-2015
    Finconsum 02-01-2016
    Obsidiana 18-12-2015

    Con esas fecha desde que están impagadas, creo que están o prescriptas o a punto de estarlo, no?

    Cual es el problema, y de ahí mi duda, que esas deudas, han ido pasando de mano en mano, por distintos fondos, empresas de recobro, etc... (intrum, linkfinanzas, eos espain, etc...).

    Al consultar, dichas deudas en asnef, aparecen esas empresas de recobro con unas cantidades demasiado abultadas (esto era de esperar, que ocurriese y las hincharan), pero el problema son las fechas de primer impago, que son las siguientes:

    Bancopopular-e (Eos Spain) 15-06-2016
    Uno-e (LinkFinanzas) 06-02-2016
    Finconsum (Intrum) 20-08-2016
    Obsidiana (Intrum Debit Finance) 13-07-2016

    De cara a un posible monitorio, ¿que fecha es la que vale, la fecha de la cual es origen del impago, o la fecha de impago de la ultima empresa que ha comprado la deuda.?

    Gracias.

  2. #2
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    Jose yo tengo la misma duda pudiste resolverlo? Si puedes darme algo de información te lo agradeceré! Un saludo!!

  3. #3
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    Avatar de efcarrasco
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    Dudas sobre prescripción de deudas

    La fecha en la que se produjo el impago. Lo demás da igual. Y sí, al ser posteriores al 5 de octubre de 2015 tienen cinco años o prescribirá el derecho a reclamarlas judicialmente.

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  5. #4
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    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    La fecha en la que se produjo el impago. Lo demás da igual. Y sí, al ser posteriores al 5 de octubre de 2015 tienen cinco años o prescribirá el derecho a reclamarlas judicialmente.
    Gracias. O sea, una de ellas ya prescribió hoy, el resto están a punto.
    Gracias.

  6. #5
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    Avatar de efcarrasco
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    No. Tienes que sumarle los días que estuvo en vigor el Estado de Alarma de la primera ola, que se paralizaron todos los plazos según RD publicado en el BOE, hasta su reanudación creo que el 4 de junio. Y ten en cuenta que la fecha que cuenta para la prescripción no es cuando tú recibes notificación del juzgado, es cuando ellos presentan la demanda. Pudieron presentar la demanda la semana pasada y llegarte a ti la diligencia en marzo (por poner un ejemplo).

  7. #6
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    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    No. Tienes que sumarle los días que estuvo en vigor el Estado de Alarma de la primera ola, que se paralizaron todos los plazos según RD publicado en el BOE, hasta su reanudación creo que el 4 de junio. Y ten en cuenta que la fecha que cuenta para la prescripción no es cuando tú recibes notificación del juzgado, es cuando ellos presentan la demanda. Pudieron presentar la demanda la semana pasada y llegarte a ti la diligencia en marzo (por poner un ejemplo).
    Creo que 82 días más por el estado de alarma.

  8. #7
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    Avatar de efcarrasco
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    No lo sé exactamente. Pero esos hay que sumárselos.

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