Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Resultados 1 al 9 de 9

Tema: DESPACHO DE EJECUCIÓN DE TITULO JUDICIAL - EOS SPAIN CAIXABANK

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de deepmiracles
    Fecha de ingreso
    13 sep, 19
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    41
    Me gusta (Dados)
    139
    Me gusta (Recibidos)
    5

    DESPACHO DE EJECUCIÓN DE TITULO JUDICIAL - EOS SPAIN CAIXABANK

    Hola buenos días amigos que tal!!!

    En primer lugar ante todo disculparme con vosotros ya que mi última aparición en este foro fue ahora hace justo 3 años en Otoño del 2019.

    Durante todo este tiempo he seguido a fuego la premisa de hacer caso omiso a todas las llamadas, sms , cartas etc etc estilo asustaviejas etc que me han ido realizando los recobradores , fondos buitre etc

    Pero este mismo viernes a la hora de la cena hizo acto de presencia un secretario judicial en mi domicilio para notificarme un (creo yo que es así) un despacho de ejecución de título judicial por parte de EOS Spain por un importe de 2400€ más otros 700€ de gastos judiciales.

    Os estaría realmente agradecido si alguien pudiese indicarme cuáles serían los pasos ideales a seguir en estas circunstancias.

    En su momento al registrarme en el Foro me hice socio de Acusa , pero como os he comentado durante todo este tiempo he estado capeando el temporal de llamadas etc etc y me he digamos "desentendido" de esta situación hasta que me ha llegado esto del juzgado.

    Lo dicho os estaría realmente agradecido de antemano si alguien me pudiese indicar que sería lo más recomendable en este momento.

    Un cordial saludo desde Valencia.

    Miguel.

  2. #2
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   2965

    Avatar de ACM75
    Fecha de ingreso
    25 ago, 17
    Mensajes
    1,490
    Me gusta (Dados)
    282
    Me gusta (Recibidos)
    478
    Bienvenido nuevamente, aunque sea después de 3 años y solo porque necesitas pedir consejo.

    Si es un despacho de ejecución solo tienes dos opciones: pagar u oponerte a la ejecución, siempre que concurra una de las causa expresamente recogidas en la LEC (ya te avanzo que son pocas y contadas). Para la oposición necesitas abogado y procurador ya que la cuantía del despacho es superior a 2000€.

    PD: Es muy probable que próximamente te hagan un barrido de cuentas y/o te embarguen la nómina y las devoluciones de la declaración de la renta.
    Última edición por ACM75; 16/10/2022 a las 13:22

  3. Me gusta deepmiracles indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  4. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de gandalfelblanco
    Fecha de ingreso
    06 ago, 19
    Ubicación
    Ciudadano del mundo
    Mensajes
    5,484
    Me gusta (Dados)
    96
    Me gusta (Recibidos)
    1389
    Previamente a esa ejecución tienes que haber tenido un juicio verbal, un ordinario o un monitorio.
    INFORMACION PARA SOCIOS

    SI DESEAS ASOCIARTE Y SOLICITAR ABOGADO
    www.asociacionacusa.org

    Si eres nuevo visita este enlace primero
    https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA

  5. Me gusta deepmiracles indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  6. #4
    Estado
    Desconectado
    Avatar de deepmiracles
    Fecha de ingreso
    13 sep, 19
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    41
    Me gusta (Dados)
    139
    Me gusta (Recibidos)
    5
    Muchas gracias por tu respuesta amigo.

    Desconozco absolutamente cuales pueden ser esas causas de oposición de ahí surgen principalmente mis dudas , he estado leyendo un rato el foro esta mañana y no sé si para este tipo de cuantías no tan elevadas valdría la pena pagar (en la medida de mis posibilidades obviamente)antes de afrontar los honorarios de un abogado procurador etc (ya se que para los socios de Acusa estos honorarios dígamos que son más "populares") ; ya estoy preavisado de la manera de proceder de los juzgados en este tipo de procedimientos y no tengo ni un céntimo en ninguna de mis cuentas bancarias , y la nómina desde hace unos pocos meses la estoy percibiendo en la cuenta de un amigo...

    Gracias de nuevo por tu respuesta un saludo!!!

  7. #5
    Estado
    Desconectado
    Avatar de deepmiracles
    Fecha de ingreso
    13 sep, 19
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    41
    Me gusta (Dados)
    139
    Me gusta (Recibidos)
    5
    Muchas gracias por tu respuesta amigo.

    Pues ahora que lo mencionas si que tuve un requerimiento para un monitorio en Febrero del presente año , pero por pura dejadez y un cierto miedo lo deje pasar valga la redundancia ; como le he comentado al otro compañero he estado leyendo un rato el foro esta mañana y me parece que he cometido un error al no hacer absolutamente nada al respecto cuando me requirieron para este monitorio, y que llegados a esta situación poco me queda por hacer ya que no sea el pagar (o que me embarguen) por la cantidad que me reclaman.

    Gracias de nuevo por tu respuesta un cordial saludo!!!
    Última edición por deepmiracles; 16/10/2022 a las 14:19

  8. #6
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   2965

    Avatar de ACM75
    Fecha de ingreso
    25 ago, 17
    Mensajes
    1,490
    Me gusta (Dados)
    282
    Me gusta (Recibidos)
    478
    Cita Iniciado por deepmiracles Ver mensaje
    Muchas gracias por tu respuesta amigo.

    Desconozco absolutamente cuales pueden ser esas causas de oposición de ahí surgen principalmente mis dudas , he estado leyendo un rato el foro esta mañana y no sé si para este tipo de cuantías no tan elevadas valdría la pena pagar (en la medida de mis posibilidades obviamente)antes de afrontar los honorarios de un abogado procurador etc (ya se que para los socios de Acusa estos honorarios dígamos que son más "populares") ; ya estoy preavisado de la manera de proceder de los juzgados en este tipo de procedimientos y no tengo ni un céntimo en ninguna de mis cuentas bancarias , y la nómina desde hace unos pocos meses la estoy percibiendo en la cuenta de un amigo...

    Gracias de nuevo por tu respuesta un saludo!!!


    Las causas de la oposición a la ejecución están regulados en los artículos 556 a 564 de la LEC.
    Dices que ejecución es por un titulo judicial, pero tuviste conocimiento del procedimiento monitorio o de la demanda de juicio verbal? Si no te opones ni pagas supongo que te ejecutaran y se cobraran la deuda algún dia con tus bienes presentes o futuros. Tu eres quien mejor sabes que es lo que puedes o lo te conviene hacer.

  9. Me gusta deepmiracles indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  10. #7
    Estado
    Desconectado
    Avatar de deepmiracles
    Fecha de ingreso
    13 sep, 19
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    41
    Me gusta (Dados)
    139
    Me gusta (Recibidos)
    5
    Con tu permiso te copio y pego lo que le he respondido al otro compañero que ha respondido a mi consulta inicial :

    "Pues ahora que lo mencionas si que tuve un requerimiento para un monitorio en Febrero del presente año , pero por pura dejadez y por un cierto miedo lo deje pasar valga la redundancia ; como le he comentado al otro compañero he estado leyendo un rato el foro esta mañana y me parece que he cometido un error al no hacer absolutamente nada al respecto cuando me requirieron para este monitorio, y que llegados a esta situación poco me queda por hacer ya que no sea el pagar (o que me embarguen) por la cantidad que me reclaman."
    Última edición por deepmiracles; 16/10/2022 a las 14:19

  11. #8
    Estado
    Desconectado
    Avatar de gandalfelblanco
    Fecha de ingreso
    06 ago, 19
    Ubicación
    Ciudadano del mundo
    Mensajes
    5,484
    Me gusta (Dados)
    96
    Me gusta (Recibidos)
    1389
    Es que si en el momento de esa demanda, lo dejaste pasar y no te defendiste, automáticamente le Dan la razón al demanda te, por lo tanto y en mi opinión no creo que haya motivos de oposición a esa ejecución con argumentos de peso. Y quizá saldría más caro el collar que el perro.
    INFORMACION PARA SOCIOS

    SI DESEAS ASOCIARTE Y SOLICITAR ABOGADO
    www.asociacionacusa.org

    Si eres nuevo visita este enlace primero
    https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA

  12. #9
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   2965

    Avatar de ACM75
    Fecha de ingreso
    25 ago, 17
    Mensajes
    1,490
    Me gusta (Dados)
    282
    Me gusta (Recibidos)
    478
    Por lo que cuentas, creo que solo te queda la opción de intentar protegerte de los barridos de cuentas y tener cuidado de no hacer declaración de la renta conjunta.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.