Suerte!
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Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.
Mucha suerte agobiada, estas en muy buenas manos.
Leyendo otros casos en el foro me surge una duda...si las 2 partes hemos indicado que no queremos vista,igualmente el juez puede determinar que si la haya??? Y otra cosa...ellos pueden aportar alguna prueba más después de que yo presente mis alegaciones??? Gracias de antemano!
Si ninguna de las partes pide vista, lo más normal es que el Juez dicte sentencia con la prueba documental aportada por ambas partes ( demanda del demandante) y (Alegaciones del demandado).
Ahora también existe la posibilidad de que el Juez crea pertinente la celebración de la vista y pide que se celebre la Vista (para eso es Juez/a).
Ellos pueden aportar después de la oposición todo lo que quieran, otra cosa es que el Juez/a se lo admita.
A veces lo admite y otras veces no las admite por extemporáneo, y el Juez/a los manda sencillamente a enderezar plátanos.
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".