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MARIBELICA
Pide cuenta de consignacion en el juzgado..pagas lo prestado... Aquí no hay costas de nada.
Realmente, hemos ganado por que te dice que devuelvas lo prestado y no lo que ellos pedian..
Es una pena que las pruebas de pago aportadas el juez no las haya admitido. Por eso la reconvencion no ha servido. Lo siento mucho, pero mejor esto que pagar todo lo que ellos pedían... No entiendo que pruebas de pago aportaste que no contienen el numero de prestamo... Es que así, podrian ser de cualquiera y no del que se demanda en concreto.
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Gracias Maribelica. Sí, la verdad, se ha ganado y solo tengo que pagar los 700 euros prestados. Los pagos que presenté son los extractos de la cuenta de los pagos que había realizado las prorrogas con tarjeta. En los pagos aparecía el nombre del banco, mi titularidad, el número de cuenta, fecha y hora del pago y a quien le pagaba y en este caso al ser pago con tarjeta solo indicaba que le pagaba a monyeman, de ahí que el juez no los tenga en cuenta porque indica solo el nombre de moneyman no el número de préstamo, pero si se mira bien las fechas coinciden con el préstamo que tengo con ellos, pero por mala suerte no han servido. Me quedo con lo bueno que es pagar solo lo prestado y gracias a tus alegaciones se ha ganado a esta gente.
Mi duda es que yo ahora mismo no dispongo de los 700 euros para pagarlos. ¿Podría pagar los 700 euros poco a poco hasta llegar a su totalidad en la cuenta de consignaciones del juzgado? ¿Moneyman puede solicitar que me embarguen la cuenta en el juzgado o nómina?
Como en las costas ponía que se me imponían a mi, pensé que también tenía que pagarlas, aunque no indicaba cantidad. A veces como lo expresan en la sentencia no lo entiendo la verdad.
Muchas gracias por todo.
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PRIMER MONITORIO IBER JUSTICIA SL (MONEYMAN)
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Ara88
Gracias Maribelica. Sí, la verdad, se ha ganado y solo tengo que pagar los 700 euros prestados. Los pagos que presenté son los extractos de la cuenta de los pagos que había realizado las prorrogas con tarjeta. En los pagos aparecía el nombre del banco, mi titularidad, el número de cuenta, fecha y hora del pago y a quien le pagaba y en este caso al ser pago con tarjeta solo indicaba que le pagaba a monyeman, de ahí que el juez no los tenga en cuenta porque indica solo el nombre de moneyman no el número de préstamo, pero si se mira bien las fechas coinciden con el préstamo que tengo con ellos, pero por mala suerte no han servido. Me quedo con lo bueno que es pagar solo lo prestado y gracias a tus alegaciones se ha ganado a esta gente.
Mi duda es que yo ahora mismo no dispongo de los 700 euros para pagarlos. ¿Podría pagar los 700 euros poco a poco hasta llegar a su totalidad en la cuenta de consignaciones del juzgado? ¿Moneyman puede solicitar que me embarguen la cuenta en el juzgado o nómina?
Como en las costas ponía que se me imponían a mi, pensé que también tenía que pagarlas, aunque no indicaba cantidad. A veces como lo expresan en la sentencia no lo entiendo la verdad.
Muchas gracias por todo.
Hazlo, pero no tardes mucho... Así puede darte tiempo a tenerlo pagado antes de que decidan ejecutar sentencia.
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MARIBELICA
Hazlo, pero no tardes mucho... Así puede darte tiempo a tenerlo pagado antes de que decidan ejecutar sentencia.
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¿Ejecutar la sentencia lo pide Moneyman? o ¿lo hace el juzgado con todas las sentencias?
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Estamos en la jurisdicción civil, y en civil el juzgado se mueve a instancia de parte.
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astronauta
Estamos en la jurisdicción civil, y en civil el juzgado se mueve a instancia de parte.
¿Y cuanto tiempo tienen para solicitar la ejecución?
Si fuera al revés y me tuvieran que pagar ellos a mi, ¿tendría yo un plazo para iniciar esa ejecución?
Gracias por todo.
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PRIMER MONITORIO IBER JUSTICIA SL (MONEYMAN)
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Ara88
¿Y cuanto tiempo tienen para solicitar la ejecución?
Si fuera al revés y me tuvieran que pagar ellos a mi, ¿tendría yo un plazo para iniciar esa ejecución?
Gracias por todo.
Creo que tienen 5 años
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PRIMER MONITORIO IBER JUSTICIA SL (MONEYMAN)
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Ara88
¿Ejecutar la sentencia lo pide Moneyman? o ¿lo hace el juzgado con todas las sentencias?
Si pasan 20 días habiles y no pagas, el acreedor ya tiene el titulo judicial, y ya puede presentar la demanda de ejecución.
ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.
"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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Bueno a ver no liemos términos.
La sentencia firme por sí ya es un título ejecutivo. Como han comentado tienes 20 días hábiles para pagar una vez que adquiera firmeza la sentencia.
La acción para iniciar una ejecución prescribe a los 5 años desde firmeza de la sentencia.
Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales (artículo 118 de la constitución).
La acción ejecutiva se promueve porque la sentencia del juez no fue cumplida.
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Gofi
Si pasan 20 días habiles y no pagas, el acreedor ya tiene el titulo judicial, y ya puede presentar la demanda de ejecución.
Si pasan esos 20 días y yo pago posterior a esos 20 días, y mientras no me llega nada de la ejecución por parte de moneyman, todos los pagos que vaya realizando se tienen en cuenta, ¿verdad?. Si me llega la carta con la ejecución y yo llevo pagado la mitad en la cuenta de consignaciones del juzgado, esos pagos son válidos aunque no sea su totalidad, ¿cierto?
Muchas gracias.
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Ara88
Si pasan esos 20 días y yo pago posterior a esos 20 días, y mientras no me llega nada de la ejecución por parte de moneyman, todos los pagos que vaya realizando se tienen en cuenta, ¿verdad?. Si me llega la carta con la ejecución y yo llevo pagado la mitad en la cuenta de consignaciones del juzgado, esos pagos son válidos aunque no sea su totalidad, ¿cierto?
Muchas gracias.
Sí, pero siempre haz los ingresos en la cuenta del juzgado.