¿Veis factible reclamar por usura dos prestamos inmediatos Click&Go de la Caixa con un TAE 21,73? ¿ Hay sentencias a favor?
Uno es de 6000€ que al final se acaba pagando casi la mitad 8800€ y otro de un importe inferior.
¿Veis factible reclamar por usura dos prestamos inmediatos Click&Go de la Caixa con un TAE 21,73? ¿ Hay sentencias a favor?
Uno es de 6000€ que al final se acaba pagando casi la mitad 8800€ y otro de un importe inferior.
Última edición por pedroteloko; 29/05/2020 a las 16:54
Vive y se feliz
Yo tampoco lo veo factible... No es exagerado el interes. Tambien depende del año que lo has contratado, pero, yo no demandaría eso.
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Un tae del 21,73 no os parece exagerado? no lo entiendo. Podéis concretar a partir de que TAE es reclamable?
Claro que nos parece exagerado, pero no somos nosotros los que tenemos que juzgar y sabemos de ciertos juzgados que ese Tae no lo consideran usuario, además el Banco de España tampoco ayuda, ya que fija un 20 Tae como interés normal.
Así poca deferencia tienes, por eso no vemos factible una demanda. Un saludo.
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Antes de nada, no se si seguir preguntando por aquí o abrir un nuevo hilo. Estos créditos rápidos, no son al consumo? Porque entonces para ir a los juzgados, no hay una ley no escrita, que fija el límite en el doble del tipo de interés medio publicado en el portal del Banco de España extraído de los datos suministrados mensualmente por las entidades de crédito sobre los tipos aplicados en sus operaciones activas y pasivas, en operaciones de préstamos y crédito al consumo?
Por cierto donde se puede consultar ese tipo de interés medio publicado en el portal del Banco de España en una fecha concreta?
Es esta tabla?
https://clientebancario.bde.es/pcb/e...c69a40f51.html
Se juzgan como creditos al consumo y se les aplica la LC... LEC, LEY AZCÁRATE, CC Y HASTA LA CONSTITUCION ESPAÑOLA. .. De ahí se desprende lo que dice la Ley de la Usura y por eso, la gran mayoría, son declarados usurarios, abusivos y leoninos..... Por ser para consumidores
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Por eso mismo me ha parecido raro que digáis que no veis factible la reclamación. Si se consideran créditos al consumo y superan ampliamente el doble de tipo medio marcado por el Banco de España, en qué quedamos?
Si, José Fernández, yo tampoco lo entiendo. ¿Por qué esos dos préstamos tuyos de CaixaBank, con una TAE del 21.73% no son usurarios? Yo tenia entendido que sobrepasando el 20 % ya entraban en usura. ¿Alguien me lo puede aclarar?
Y yo sigo pensando lo mismo..
No lo veo factible, pero es mi opinión personal.
Solo decirte que al igual que ahí demandas a favor, también las ahí en contra.
También se suma que es el demandante el que tiene que aportar todas las pruebas necesarias para que esos intereses sean declarados usuarios, por no hablar que te toque un/a juez/a justo.. Acá tenemos dos jueces que eso de la usura no va con ellos.
Y las leyes tampoco se aplican al pie de la letra..
Pero vamos eres libre de tomar la decisión que más acordé veas a tus intereses. Un saludo.
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