Buenas tardes,
Siguiendo las instrucciones que habían en el otro foro, envíe una carta con acuse de recibo a Barclays, solicitando que me devolvieran ciertos importes y tbm TODO el "histórico" de mi Tarjeta Barclays. Tenía esta tarjeta desde el año 2000.
Pero la respuesta de ellos es que la devolución "no procede", os pego aquí el texto integro de la carta:
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Ref: xxxxxxxxxxx
Madrid, 24 de junio de 2011
Sr. D Dxxxx
Calle
Barcelona 00000
Estimado Sr. Dxxxx,
Me refiero a su escrito recibido en este servicio de Atención al Cliente del Grupo Barclays en España el 26
de mayo de 2011, en el que manifiesta su disconformidad con los cargos efectuados en su tarjeta.
Además, solicita una copla del contrato y un resumen de todos los movimientos registrados en la tarjeta.
He transmitido su petición a Barclaycard y me facilitan una copia de su contrato, que adjunto al presente
escrito, donde podrá comprobar que consta debidamente firmada por usted. Asimismo, me piden que le
transmita que las Condiciones Generales de su tarjeta rigen el contrato y conllevan que el Titular
Principal las conoce y acepta en tanto solicitó y utilizó la tarjeta. Igualmente, en dichas Condiciones
Generales se establece que Barclaycard pasará el cargo correspondiente, cargo que el titular principai se
compromete a aceptar salvo error manifiesto. Adjunto copia de las mismas.
Asimismo, me informan que en los casos en los que una domiciliación bancaria no ha sido atendida, el
Departamento de Cobros de Barclaycard ha contactado con usted y le ha remitido cartas para reclamarle
las cantidades pendientes de pago e informarle de la situación de su tarjeta. Es por esto que, Barclaycard
ha llevado a cabo gestiones para la reclamación de las cantidades pendientes de pago, y por lo tanto
adeudó comisiones por impago en su tarjeta, conforme al Apartado 10 de las Condiciones Generales.
Del mismo modo, me recuerdan que el tipo de interés de su tarjeta Visa Azui es dei 25.9% TAE para
compras y utilización de servicios en establecimientos adheridos al sistema, y del 26.9% TAE para
disposiciones de efectivo en cajeros y transferencias de fondos (Apartado 7.5). Dicha TAE ha sido
calculada con arreglo a la fórmula contenida en la Circular del Banco de España 8/90, de 7 de
septiembre (BOE nO 226 de 20 de septiembre de 1990, página 27.506).
Igualmente, y de acuerdo al Apartado 9.3, la deuda se liquida siguiendo un orden estipulado por
Barclaycard. De ahí que siga pagando intereses por disposiciones de efectivo en cajeros realizadas con
anterioridad.
Por otro lado, me confirman que los extractos generados desde la creaclon de la tarjeta han sido
enviados puntualmente al domicilio facilitado, informando en los mismos del tipo de interés en todo
momento y del saldo pendiente por pagar de su tarjeta.
En relación al comentario que realiza en su reclamación sobre el envío de los duplicados de extractos, me
indican que Barclaycard realiza dicho envío sin coste alguno. Por lo que, considerando que Barclaycard
envió los extractos previamente, limita el envío de duplicados a 6 meses por ser un servicio gratuito. No
obstante, me facilitan un resumen de todos los movimientos registrados en su tarjeta, que adjunto al
presente escrito.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, me comunican que lamentablemente no corresponde las
devoluciones que usted solicita en su reclamación.
Por último, me comunican que el cobro de su tarjeta está siendo gestionado por la agencia Solución
Integral de Recobros (SIR), por lo que para efectuar el abono de los S307.80€ debe contactar
directamente con dicha agencia en el siguiente teléfono 902 003 705, disponible de lunes a sábado de 8
de la mañana a 10 de la noche.
Para el Grupo Barclays la calidad de nuestro servicio, la profesionalidad de nuestro trabajo y la
satisfacción de nuestros clientes son una prioridad, por lo que lamento los inconvenientes que este
asunto le haya podido ocasionar. Le agradezco que se haya dirigido a este Servicio de Atención al Cliente
pues ello nos permite conocer mejor a nuestros clientes y, en consecuencia, tratar de mejorar nuestros
servicios y procedimientos de acuerdo con sus expectativas, siempre que nos sea posible.
Atentamente,
Fulanito de tal
Barclayscard
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Curiosamente viene un pekeño texto al final de la hoja, y lo cito aquí:
"En cumplimiento con la Orden EC0/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, le informo de la facultad que le asiste para acudir al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios, adscrito al Banco de España, en caso de disconformidad con esta respuesta."
Bueno....Que hacer ahora? :S
Acudir a dicho "Comisionado"? O sera alguna trampa más de estos ********(no seria una sorpresa, la verdad)
Un saludo,
Dani