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Sobre la devolución de intereses usurarios de microcréditos
Bravoooo!!!
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Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.
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Gracias, a ver que tardan el pagar.....
Una abrazo
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Gracias, a ver que tardan el pagar.....
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Buenas tardes,
He recibido por parte de Cashper el acuerdo para firmar la formalización.
Firmado y enviado.
Iré informando compañeros
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Sobre la devolución de intereses usurarios de microcréditos
Muy bien!
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Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.
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Sobre la devolución de intereses usurarios de microcréditos
Ya nos diras
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Buenos dias , necesito ayuda, que hago ahora, que respuesta les hago piden que lo haga un abogado, pero vo que la cantidad es inferior a 2.000 Euros.
Yo les reclamo la diferencia de intereses al capital pagado que son 1.319 Euros
MENSAJE DE legalpin contacts
Estimad@,
Adjuntamos (todos los) contrato(s) de préstamo (suscritos) y liquidación del/los mismo/s.
Los contratos que ha mantenido con nuestra entidad son “micro-préstamos con plazo de devolución inferior o igual a un mes según escoja el propio usuario”, lo que no es un contrato típico de los regulados por el Banco de España, por lo que el interés normal aplicable al mismo viene regido por las estipulaciones de las partes y por las normas generales de la contratación.
Esto significa que los intereses aplicados al préstamo no son encuadrables dentro del concepto de usura, dado que el tipo de interés aplicable es el normal y proporcional al riesgo de este tipo de micro-préstamos rápidos.
En consecuencia, el tipo de interés aplicable resulta el normal y proporcionado a este tipo de préstamos.
Si considera que el conflicto persiste, por favor, dirija a su abogado con su representación debidamente acreditada a dc@prestamer.es para que podamos alcanzar una solución extrajudicial del conflicto.
Atentamente,
DC PRESTAMER.
Me han adjuntado esta liquidacion que segun ellos es legal
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25/07/2018 232,40
10/08/2018 -200,00
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25/09/2018 -295,00
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Última edición por sxcatmj; 05/04/2024 a las 10:28
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Respuesta enviada legalpin
Buenos dias,
En vista de su contestacion y no estando de acuerdo ya que se considera usura según la ley ,esten o no registrados en el Banco de España
La Ley de Usura de 1908 se aplica no solo al contrato de préstamo civil o mercantil, sino también a toda operación sustancialmente equivalente a un préstamo de dinero, cualquiera que sea la forma que revista el contrato y la garantía ofrecida para su cumplimiento.
Ya les envie un acuerdo extrajudicial, con firma digital, entiendo que Uds tengan que cobrar unos intereses pero no esos porcentajes.
Espero un acuerdo donde ambas partes estemos conforme.