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Procedimiento embargo cuenta
Hola. Tengo varias deudas con empresas de microcréditos desde hace algunos meses ya por lo que me imagino que dentro de poco me empezará el jaleo de los monitorios. Queria saber cual es el proceso de embargo de cuentas corrientes, si te embargan una vez te llega la carta del monitorio a casa o cuando por ver si se puede sacar el poco dinero. Gracias
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Las cuentas solo las puede embargar un juez. Y para llegar a eso, o bien no te opones al monitorio (y entonces, tienen que presentar una demanda de ejecución, que no siempre lo hacen) o bien hay que ir a juicio y que su señoría les de la razón... que está por ver. Pero todo tiene su tiempo y sus plazos. Cuando te lleguen (si llegan) lo cuelgas aquí, sin datos personales, y se mira.
Última edición por efcarrasco; 02/08/2016 a las 23:23
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efcarrasco
Las cuentas solo las puede embargar un juez. Y para llegar a eso, o bien no te opones al monitorio (y entonces, tienen que presentar una demanda de ejecución, que no siempre lo hacen) o bien hay que ir a juicio y que su señoría les de la razón... que está por ver. Pero todo tiene su tiempo y sus plazos. Cuando te lleguen (si llegan) lo cuelgas aquí, sin datos personales, y se mira.
Vale, gracias. Entiendo que entonces en el momento que me llega el monitorio lo mejor seria sacar el dinero de la cuenta por si las moscas?
Otra duda y perdonas por mi ignorancia, si al final todo procede y me embargan la cuenta, al llegarme la nomina en esa cuenta no se podrian quedar con toda ella no? Se seguiria los limites del smi y eso que he leido por aqui? Gracias
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Poder pueden. Pero entonces, si todo lo que entra en la cuenta proviene de tu nómina ya embargada, tienes que ir al juzgado para que te la desbloqueen (con los justificantes correspondientes). Mi consejo es que, llegado el embargo, en cuanto se ingrese la nomina se retire hasta el último céntimo.
De todos modos, cuando llegue el monitorio, tienes veinte dias hábiles para oponerte. Y si te opones (oposición que hay que fundamentar, claro) lo normal es que admitan a trámite la oposición, se archive el monitorio y haya que ir a juicio verbal u ordinario dependiendo de la cantidad. Y para llegar al embargo tienes que perder el juicio y luego el acreedor solicitar la ejecución del embargo.
Última edición por efcarrasco; 02/08/2016 a las 23:38
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efcarrasco
Poder pueden. Pero entonces, si todo lo que entra en la cuenta proviene de tu nómina ya embargada, tienes que ir al juzgado para que te la desbloqueen (con los justificantes correspondientes). Mi consejo es que, llegado el embargo, en cuanto se ingrese la nomina se retire hasta el último céntimo.
De todos modos, cuando llegue el monitorio, tienes veinte dias hábiles para oponerte. Y si te opones (oposición que hay que fundamentar, claro) lo normal es que admitan a trámite la oposición, se archive el monitorio y haya que ir a juicio verbal u ordinario dependiendo de la cantidad. Y para llegar al embargo tienes que perder el juicio y luego el acreedor solicitar la ejecución del embargo.
Gracias, en caso de que me vayan llegando los monitorios vosotros sabeis que hay que poner entonces? Lo digo por que yo podria pagar lo prestado mas los intereses primeros por que lo otro ya se les ha ido de las manos.
Lo que no entiendo es que al final es casi mejor que te embarguen la parte de la nomina a que los intereses sigan subiendo y subiendo
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Manu86, te dejo este hilo a ver si despeja tus dudas sobre tu caso, ademas hay muchisimos hilos sobre los procedimientos a seguir en casos como el tuyo.
http://www.foroantiusura.org/threads...=miniprestamos
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