Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Duda embargo

  1. #161
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    Cita Iniciado por efcarrasco Ver mensaje
    Que no te preocupes. Que no va a pasar nada. Llevo 13 años en este foro, he visto cientos de foreros en esta situación (no ir a declarar los bienes) y no he visto NI UNO que le metiesen una multa. Hoy en día con el PNJ (Punto Neutro Judicial) los adivinan en cero coma. Otra cosa sería que tuvieses, yo que sé, patrimonio difícil de localizar y el juzgado se enterase.
    Que va
    Lo que tengo es lo que tengo compañero
    Las nóminas d emi mujer y mías dos coches q tienen reserva dominio y una fsmilia maravillosa
    Algo de efectivo que pagi el.dentista de mi mujer con el y poco mas
    A eso nont refieres como difícilmente localizable no?
    Última edición por mibaito; 29/06/2025 a las 14:17

  2. #162
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    Duda embargo

    Estate tranquilo , que eso son minucias y no va a pasar nada.

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  3. #163
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    Una duda
    Estando ahora en ejecucion como sabéis
    Todavía no estamos con embargos
    Pasa algo si saco el dinero de la nómina?
    Es que hemos notado que gastamos menos comprando dinero en mano que con tarjeta y no quiero que eso. E traiga problemas o se mañinterprete

  4. #164
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    Una duda
    Estando ahora en ejecucion como sabéis
    Todavía no estamos con embargos
    Pasa algo si saco el dinero de la nómina?
    Es que hemos notado que gastamos menos comprando dinero en mano que con tarjeta y no quiero que eso. E traiga problemas o se mañinterprete
    Última edición por CAPITAN GUADAÑAS; 02/07/2025 a las 19:58

  5. #165
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    Duda embargo

    Respecto a tu duda: no hay ningún problema legal en sacar el dinero de tu nómina en efectivo, incluso estando en un procedimiento de ejecución. Mientras no haya embargo efectivo ya notificado al pagador (tu empresa), tú sigues teniendo control total sobre tu cuenta y tu dinero.

    Además, sacar el dinero en efectivo para organizar mejor tus gastos no es ilegal ni puede interpretarse como alzamiento de bienes si lo haces para cubrir tus necesidades básicas, como comida, suministros o transporte. De hecho, muchas personas gestionan mejor así su economía diaria.

    Pero ojo con esto importante:

    1. Cuando llegue una orden de embargo al banco o al empleador, ahí sí debes tener cuidado. Pero vamos que con pequeñas cantidades nunca pasó nada o al menos aquí nadie ha dicho que le hubiera ocurrido. A nosotros nunca, pero claro, sacamos salarios normalitas no de 3000€ para arriba.


    2. Si tienes alguna cuenta compartida (con tu pareja o hijo, como mencionaste en otra ocasión), ten más cuidado: podrían embargar parte del saldo incluso si no es todo tuyo.


    3. Si te acogiste a la Ley de Segunda Oportunidad o estás en proceso, lo mejor es evitar movimientos que puedan parecer poco transparentes, y guardar justificantes de los gastos básicos que haces (tickets, recibos), por si alguna vez necesitas demostrar para qué usas tu dinero.



    En resumen:
    Puedes sacar la nómina y pagar en efectivo sin problemas mientras no haya embargo efectivo.




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  6. #166
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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Respecto a tu duda: no hay ningún problema legal en sacar el dinero de tu nómina en efectivo, incluso estando en un procedimiento de ejecución. Mientras no haya embargo efectivo ya notificado al pagador (tu empresa), tú sigues teniendo control total sobre tu cuenta y tu dinero.

    Además, sacar el dinero en efectivo para organizar mejor tus gastos no es ilegal ni puede interpretarse como alzamiento de bienes si lo haces para cubrir tus necesidades básicas, como comida, suministros o transporte. De hecho, muchas personas gestionan mejor así su economía diaria.

    Pero ojo con esto importante:

    1. Cuando llegue una orden de embargo al banco o al empleador, ahí sí debes tener cuidado. Pero vamos que con pequeñas cantidades nunca pasó nada o al menos aquí nadie ha dicho que le hubiera ocurrido. A nosotros nunca, pero claro, sacamos salarios normalitas no de 3000€ para arriba.


    2. Si tienes alguna cuenta compartida (con tu pareja o hijo, como mencionaste en otra ocasión), ten más cuidado: podrían embargar parte del saldo incluso si no es todo tuyo.


    3. Si te acogiste a la Ley de Segunda Oportunidad o estás en proceso, lo mejor es evitar movimientos que puedan parecer poco transparentes, y guardar justificantes de los gastos básicos que haces (tickets, recibos), por si alguna vez necesitas demostrar para qué usas tu dinero.



    En resumen:
    Puedes sacar la nómina y pagar en efectivo sin problemas mientras no haya embargo efectivo.




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    Incluso el dia que haya embargos
    Si mi nómina es de 1400 y la de mi mujer 1200
    Y ne estuviesen quita do directamente de ella la parte embargable
    Sacar el resto (unos 2000) tampoco pasaría nada no? Es la parte inembargable
    Te hablo que la deuda es común somos ambos titulares y la cuenta es conjunta
    Entonces creo haber leído en el foro que la gente ya con el embargo efectivo saca sus nóminas
    Entonces si saco la parte inembargable es decir si sumanos 2600 entre los 2 y la parte embargable son 500
    Si saco 2000 o 1500 no debería ocurrir nada no?
    Última edición por mibaito; 01/07/2025 a las 15:48

  7. #167
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    Duda embargo

    Cita Iniciado por mibaito Ver mensaje
    Incluso el dia que haya embargos
    Si mi nómina es de 1400 y la de mi mujer 1200
    Y ne estuviesen quita do directamente de ella la parte embargable
    Sacar el resto (unos 2000) tampoco pasaría nada no? Es la parte inembargable
    Te hablo que la deuda es común somos ambos titulares y la cuenta es conjunta
    Entonces creo haber leído en el foro que la gente ya con el embargo efectivo saca sus nóminas
    Entonces si saco la parte inembargable es decir si sumanos 2600 entre los 2 y la parte embargable son 500
    Si saco 2000 o 1500 no debería ocurrir nada no?
    Que no.. Que no son cantidades para moverlas y crear alarmas.... Ya te he dicho que si tuvierais salarios de 3000€, 5000€, eso sí que alertar Ian las alarmas.. No por su procedencia que está clara, si no por el hecho de quitarlas para no ser embargadas.. Más si dejas para ir pagando recibos, luz, agua, hipoteca, etc.. Cosas básicas. Es que lo haces para pagar y vivir.. No para evadirlo y de todo tienes justificantes de pagos.



    No tienes por qué preocuparte si retiras de la cuenta conjunta la parte inembargable de vuestros salarios. Aunque exista un embargo activo y la cuenta esté bloqueada parcialmente por orden judicial, la ley protege una parte del salario que no se puede embargar, y esa protección se aplica también aunque la cuenta sea conjunta y la deuda sea común.

    Pongamos un ejemplo con tus datos:

    Tu nómina: 1.400 €

    La de tu mujer: 1.200 €

    Total ingresado en la cuenta: 2.600 €

    Parte embargable (según el mínimo inembargable del SMI): por ejemplo, 500 €

    Parte inembargable: 2.100 €


    Si sacas 1.500 € o 2.000 €, estás retirando dinero de la parte inembargable, y eso es perfectamente legal. No te pueden sancionar por ello ni te estás saltando ningún embargo. No estás vaciando la cuenta para eludir el embargo, simplemente estás retirando lo que por ley no se puede tocar.

    Además:

    La ley (Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 607) protege una parte del salario de forma automática, incluso si está ingresado en una cuenta conjunta.

    Los jueces, incluso con la cuenta embargada, tienen que respetar esa parte inembargable.

    Muchas personas en esa situación hacen exactamente eso: retiran lo justo para vivir, y el juzgado embarga solo lo que puede.


    En resumen:

    Si solo retiráis lo que corresponde a la parte inembargable de vuestros sueldos, no pasa absolutamente nada. Es legal y está protegido. Aunque el embargo esté ya activo, mientras no saquéis dinero que supere esa parte, no hay riesgo.





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    Última edición por MARIBELICA; 01/07/2025 a las 17:55
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  8. #168
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    Que no.. Que no son cantidades para moverlas y crear alarmas.... Ya te he dicho que si tuvierais salarios de 3000€, 5000€, eso sí que alertar Ian las alarmas.. No por su procedencia que está clara, si no por el hecho de quitarlas para no ser embargadas.. Más si dejas para ir pagando recibos, luz, agua, hipoteca, etc.. Cosas básicas. Es que lo haces para pagar y vivir.. No para evadirlo y de todo tienes justificantes de pagos.



    No tienes por qué preocuparte si retiras de la cuenta conjunta la parte inembargable de vuestros salarios. Aunque exista un embargo activo y la cuenta esté bloqueada parcialmente por orden judicial, la ley protege una parte del salario que no se puede embargar, y esa protección se aplica también aunque la cuenta sea conjunta y la deuda sea común.

    Pongamos un ejemplo con tus datos:

    Tu nómina: 1.400 €

    La de tu mujer: 1.200 €

    Total ingresado en la cuenta: 2.600 €

    Parte embargable (según el mínimo inembargable del SMI): por ejemplo, 500 €

    Parte inembargable: 2.100 €


    Si sacas 1.500 € o 2.000 €, estás retirando dinero de la parte inembargable, y eso es perfectamente legal. No te pueden sancionar por ello ni te estás saltando ningún embargo. No estás vaciando la cuenta para eludir el embargo, simplemente estás retirando lo que por ley no se puede tocar.

    Además:

    La ley (Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 607) protege una parte del salario de forma automática, incluso si está ingresado en una cuenta conjunta.

    Los jueces, incluso con la cuenta embargada, tienen que respetar esa parte inembargable.

    Muchas personas en esa situación hacen exactamente eso: retiran lo justo para vivir, y el juzgado embarga solo lo que puede.


    En resumen:

    Si solo retiráis lo que corresponde a la parte inembargable de vuestros sueldos, no pasa absolutamente nada. Es legal y está protegido. Aunque el embargo esté ya activo, mientras no saquéis dinero que supere esa parte, no hay riesgo.





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    Lo sacaría para evitar que por error del banco acepten un barrido de la.parte onwmbargable
    Y si no tengo recibos y lo saco para gestionarlo fuera
    Tampoco pasaría nada no?
    Es la.parte intocable díganos y la podria sacar si quiero
    Omagina q saco 1500 y en gastos etcwtwra gasto 1000 y sobran 500 eso tampoco es malo no?
    De hecho 0o go otro escenario
    Imaginad q de esos 2100 inembargables saco 1000 y los otros 1100 del banco los utilizo para pagar todo lo esencial y esos 10000 los saco para evitar un. Arriso por error
    Eso estaría mal?
    Q es lo mas normal o q haríais?
    Última edición por mibaito; 01/07/2025 a las 19:20

  9. #169
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    Duda embargo

    Dejas el dinero del embargo y sacas todo lo demás. Sin mayor complicación.

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    Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.

  10. #170
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    Cita Iniciado por Reverenda Ver mensaje
    Dejas el dinero del embargo y sacas todo lo demás. Sin mayor complicación.

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    Pero el dinero del embargo te lo quitan directamente de ella momina la empresa que te.paga no???
    No llega al banco

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