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Tema: Los que habéis tenido éxito en las devoluciones es pq siempre ha sido en prejudicial?

  1. #1
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    Avatar de Javsdfg
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    Los que habéis tenido éxito en las devoluciones es pq siempre ha sido en prejudicial?

    Hola,

    Os quería preguntar. Los que habéis tenido éxito en que las entidades os devolvieran dinero, ¿era siempre pq no habíais llegado a contencioso/monitorio/juicio o hay algún caso en que durante el contencioso/monitorio/juicio o posteriormente a él (es decir, después de que el juez dicta sentencia) haya podido reclamar con éxito alguna cantidad?.

    Es decir, ¿nos devolverían dinero siempre que no esté en contencioso y si ya estuviera en contencioso no lo devolverían?. Y supongo que también si ha terminado un juicio por impago y después de él iniciais los trámites para solicitar devolución del seguro, comisiones, intereses indebidos, ¿nos harían ya caso o nos olvidamos del tema?.

    Lo digo pq en mi caso dado que hace un par de años desconocía la posibilidad de reclamar (seguro, comisiones, intereses ilegalmente cobrados) ya se inició un juicio (que por lo lento de la justicia lleva 2 años) y claro, si lo hubiera sabido en su momento lo habría reclamado, pero ahora no sé si tengo posibilidad. Supongo que no.

    ¿Alguien sabe?. ¿Alguien ha tenido éxito recuperando dinero a pesar de estar en juicio?.

    Gracias,

    Saludos.

  2. #2

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Si hay juicio se cierra la vía extrajudicial.
    Sí, ha habido éxitos donde las entidades demandantes han perdido la demanda y también en donde se les ha estimado parcialmente.

  3. #3
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    Avatar de RCB
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    A mi me demandó Bankinter en su día y pagué lo que me pedían en la demanda.

    2 años después, descubrí este foro y el que les demandó fuí yo, para que me devolvieran lo robado..........y me lo devolvieron, vaya que si me lo devolvieron.

    Saludos
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  4. #4

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    creo que devolvieron como corderitos.

  5. #5
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    Ya. pero el problema es que yo no puede pagar en su momento las cantidades que se me reclamaban, por lo que me llevaron a juicio (procedimiento de títulos no judiciales) por la totalidad de la deuda. Y está todavía en el juzgado. Así que me temo que si no me opuse a las cantidades en su momento no creo que pueda hacer ya nada.

    eusebito, no entiendo cuando dices: "ha habido éxitos donde las entidades demandantes han perdido la demanda". Si yo tengo una deuda y no la pago y lo llevan a juicio, está claro que existe esa deuda que no he podido pagar, y por tanto, la entidad demandante siempre va a ganar. ¿O hablas de otro tema diferente?.

    Saludos!.

  6. #6

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Pierden la demanda si la deuda sea ilegítima. Que te explique RCB. Creoq ue puedes darle la vuelta al tema. Yo tengo un caso parecido.

  7. #7
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    Cita Iniciado por eusebito Ver mensaje
    Pierden la demanda si la deuda sea ilegítima. Que te explique RCB. Creoq ue puedes darle la vuelta al tema. Yo tengo un caso parecido.
    En este caso la deuda es legítima. Pedí un crédito, no lo pude pagar y lo llevaron a contencioso. La duda que tenía es saber si a posteriori, a pesar de ser la deuda legítima, yo les puedo reclamar las cuestiones ilegales que ellos me cobraron a mí (comisiones, prima de seguro, intereses) o si ya por ser "cosa juzgada" no tendría derecho a ello, ya que me debí plantear este tema durante el juicio. Pero claro, de ahí podría surgir una nueva duda: si la ley se modificó durante el transcurso del juicio y esta ley permitía solicitar las cantidades que me cobraron ilegítimamente (prima de seguro, comisiones, intereses) pues entiendo que sí podría reclamar a posteriori. Vamos, un jaleo.

    Un saludo.

  8. #8
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    Bufff...es un tema muy complicado el que planteas y creo que el foro no es el sitio adecuado (es materia para los letrados). Yo sin conocer el caso en profundidad entiendo que podrías plantear la demanda por el tema de las comisiones y demás, ya que no entrarían dentro del ámbito de lo que se consideraría cosa juzgada. Es decir, por lo que entiendo en el pleito anterior no se entró a discutir la procedencia de estas comisiones, por lo que creo que sí podrías plantear la demanda ahora en base a esas cuestiones. Siempre podrías alegar que te acabas de enterar recientemente de la improcedencia de esas comisiones.

    Saludos.

  9. #9
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    En el caso de comision por descubierto a mi me lo devolvieron simplemente por una carta enviada por mail a mi sucursal.
    En principio me dijeron que no me lo devolvian y les dije que vale, que pondria reclamacion en el BDE, a los dos minutos me llamaban para que les enviara la carta y en tres dias tenia el dinero en la cuenta.

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