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Tema: Sanciones a los SAC por darnos por el "SAC". A por ellos.

  1. #1

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx

    Sanciones a los SAC por darnos por el "SAC". A por ellos.

    http://noticias.juridicas.com/base_d...988.t1.html#c3





    Artículo 5.

    Son infracciones graves:

    (...)

    x. La ausencia o mal funcionamiento de los departamentos o servicios de atención al cliente, en este último caso, una vez que, transcurrido el plazo concedido al efecto por el Banco de España, no se haya procedido a la subsanación de las deficiencias detectadas por éste.




    Artículo 7.

    1. Las infracciones muy graves y las graves prescribirán a los cinco años.



    Artículo 10.

    Por la comisión de infracciones graves se impondrá a la entidad de crédito una o más de las siguientes sanciones:

    Multa por importe de hasta el medio % de sus recursos propios, o hasta 500.000 euros si aquel porcentaje fuera inferior a esta cifra.

    Amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado.



    Para saber lo que puede ser "mal funcionamiento" hay que recurrir a http://noticias.juridicas.com/base_d...d303-2004.html

  2. #2
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    Avatar de rikcok
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    Parece que por lo menos vamos a tener algun punto a nuestro favor, de esta manera se lo pensaran mejor antes de no querenos mandar la documentacion o dejar pasar el plaO de los dos meses me alegro, muy buena apotacion

  3. #3
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    Avatar de badlands
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    Me temo que eso no les obliga a respetar el plazo de los dos meses, ahí habla de que, una vez que el BdE les requiera para que subsanen algún error y no lo hagan en el plazo estipulado, se les podrá sancionar.

    Cita Iniciado por rikcok Ver mensaje
    Parece que por lo menos vamos a tener algun punto a nuestro favor, de esta manera se lo pensaran mejor antes de no querenos mandar la documentacion o dejar pasar el plaO de los dos meses me alegro, muy buena apotacion

  4. #4
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    Avatar de jal
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    Gracias eusebito, muy interesante
    Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar.
    Llevad mi yugo sobre vosotros, y aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón; y hallaréis descanso para vuestras almas.

  5. #5
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    Avatar de Teresa48
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    Gracias por la informacion

  6. #6
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    MUY INTERESANTE, entonces que tendría que hacer yo para que teniendo en cuenta todo esto y con informe favorable del bde les caiga una sanción a barclays por seguir con su mala práctica bancaria y no mandarme ni a mí ni al bde la documentación de mi cuenta?, me tengo que conformar que ya me ha dado el bde la razón y seguir mismamente sin la docuementación de mi cuenta por que así se les ha puesto a barclays?

  7. #7
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    Ya no está en vigor. Se cambió por la siguiente: Ley 2/2011 de Economía Sostenible. Os dejo el enlace en pdf
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/0...-2011-4117.pdf

  8. #8
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    el SAC de citibank,funciona muy mal,no hace caso,me pregunto si actúan igual cuando aún se les debe dinero
    SEGUROS DE HOGAR,OTRO TIMO +
    tanto tienes,tanto vales.
    todos quieren tu dinero,todos,no sólo los bancos

  9. #9
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    Hola a todos, no se si este es el hilo adecuado pero me acabo de quedar a bolos cuando he buscado en un enlace del banco de España la dirección del Servicio de Atención al cliente de Caja Rural de Teruel y ya de paso me he metido en un PDF que hay con su reglamento.

    Pone que se rechazarán las quejas y reclamaciones de asuntos que el cliente conozca desde hace más de dos años. Es decir, que no se puede reclamar por el tema de la clausula suelo si tu hipoteca es anterior a 2011 o qué??? Esto es legal??? Pone claramente que esas quejas serán rechazadas directamente....yo alucino....alguien puede aclarar ésto, please????

  10. #10
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    Avatar de RCB
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    Efectivamente, no se puede reclamar aquello de lo que tuvieras conocimiento y hayan pasado más de dos años.

    Cuando te has enterado tu de que esa cláusula era abusiva? No fue antesdeayer?

    Claro, entonces los dos años empiezan a contar desde antesdeayer, no crees?
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
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    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

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